REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, Primero (1ero) de Diciembre del 2022.
212º y 163º
DEMANDANTES: EFREN RAFAEL SALAS ROJAS, MARGARITA DEL VALLE SALAS DE HERRERA, ANGEL RAFAEL SALAS ROJAS, JOSEFA MARGARITA SALAS DE SULBARAN, LUZMINIA ELENA SALAS DE HERNANDEZ y ANA SALAS DE VISCAINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.334.759, V-3.695.543, V-3.023.920, V-3.694.150, V-4.026.361 y V-1.174.976, y de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES: HERNÁN JOSÉ TAMAYO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.379.463, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.799, JESUS ENRIQUE UZCATEGUI BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.326.483, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.614 y NIRYEN FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.111.475, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 205.361 y el ciudadano ISRRAEL JOSE PEREZ ACEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.306.385, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.635 y de este domicilio.
DEMANDADOS: EDGAR JESUS DIAZ OLIVEROS, FRANCISCO JAVIER DIAZ OLIVEROS y ESTHER MARINA DIAZ OLIVEROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.148.128, V-13.915.128 y V-14.858.093, domiciliados en la Urbanización La Llovizna, Manzana 02, Calle 02, Casa N° 24, Sector Zona Industrial, Maturín, Estado Monagas; el segundo domiciliado en la Urbanización Aves del Paraíso, Calle N° 08, Casa N° 222, Sector Zona Industrial, de esta ciudad de Maturín; y la tercera domiciliada en la Urbanización El Abanico, Calle 02, Casa N° 09, Sector Alto de los Godos, Maturín Estado Monagas.
APODERADOS JUDICIALES: CARLOS EDUARDO CANELÓN, JOSÉ ALEJANDRO GONZÁLEZ TORRES, ZAIDA JOSEFINA RODULFO CASTAÑO, YARITZA COROMOTO SALAS y GUSTAVO SOSA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad N° V-16.809.177, V-9.901.877, V-9.298.198, V-9.286.033 y V-8.374.179, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 149.409, 201.020, 138.969, 199.492 y 43.142.
CO-DEMANDADA: YUSMAR TERESA PINO OCANTO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.538.436, domiciliada en el Sector Palo Negro, Avenida Rivas, Local comercial Autopartes Papayos, de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas.
APODERADO JUDICIAL: JESUS EDUARDO LUNA ABREU, titular de la cédula de identidad N° V-12.148.659, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.637 y el ciudadano FREDDY ALBERTO CAMPOS BERMUDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.899.323, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.041 y de este domicilio.
MOTIVO: NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL.
Expediente Nº 16.479
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado en ejercicio, HERNAN TAMAYO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 54.799, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el presente juicio por motivo de NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL; este Tribunal en atención a lo solicitado y en virtud de la ejecución forzosa decretada de fecha 17/11/22 de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 27/09/22, la cual ha quedado definitivamente firme; ordena levantar la MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, y MEDIDA INNOMINADA decretadas en fecha 02/10/2018, y oficiar lo conducente. Líbrese los oficios correspondientes.-
El Juez,
Abg. Gustavo Posada Villa.
La Secretaria,
Abg. Milagro Palma.
GPV/MP/mjc
Exp.16.479
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