REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 20 de Diciembre de 2022
212º y 163º
DEMANDANTE: FRANCISCO JOSE HERNANDEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.337.637, y de este domicilio, número de teléfono: 0414-8502611, correo electrónico: eriana1109@gmail.com.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: OSMAL JOSE BETANCOURT NATERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.280.979, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.727, y de este domicilio.
DEMANDADO: ASTRY FELICIA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.862.042, y de este domicilio, número de teléfono: 0426-7983534, domiciliada en la Urbanización "Godofredo González", Casa N° A-13, Avenida Principal de Boquerón, Maturín Estado Monagas.
MOTIVO: LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.
Expediente Nº 16.744
BREVE DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS
La parte demandante, interpuso demanda ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia, en fecha 27/09/2021, admitiéndose la misma en fecha 30 del mismo mes y el mismo año; En fecha 14/10/2021, comparece ante este juzgado la parte demandante, consignando escrito donde le otorga Poder Apud Acta, al ciudadano OSMAL JOSE BETANCOURT NATERA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.727; en fecha 19/01/2022, comparece ante este juzgado el Alguacil titular de este despacho, el ciudadano ARGENIS MALAVE, consignando Boleta de Citación, debidamente firmada por la ciudadana ASTRY FELICIA CARRILLO, ya identificada en autos, en su carácter de parte demandada.
Ahora bien, en vista la diligencia consignada por el ciudadano OSMAL JOSE BETANCOURT NATERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual deja expresa constancia que:
"...no hubo oposición a la liquidación de la comunidad conyugal, ni discusión sobre el carácter o cuota de la demandada, por lo que solicito conforme a lo establecido en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, se fije la oportunidad para el nombramiento de partidor..."
En tal sentido, este juzgador, luego de un revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman la presente causa, denota que efectivamente la parte demandada no compareció ante este juzgado a hacer oposición a la liquidación ni a oponerse sobre si los bienes alegados por la parte demandante en su escrito libelar pertenecieron a la comunidad conyugal, en tal sentido dichos bienes, serán señalados de la siguiente forma:
UNO: Una (01) Parcela de Terreno y la Vivienda sobre ella construida que forma parte de la Urbanización "GODOFREDO GONZALEZ", Casa N° A-13, en la Avenida Principal de Boquerón del Municipio Maturín, Capital del Estado Monagas.
DOS: Un vehículo de las siguientes características: PLACA: AK050AG; CLASE: CAMIONETA, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL AWD/J102LG-GMXFZ, COLOR: GRIS, AÑO: 2005, SERIAL DE CARROCERÍA:8XAJ102G059502479, SERIAL NIV: 8XAJ102G059502479, SERIAL DE CHASIS: 8XAJ102G059502479, SERIAL DE MOTOR: A CILINDROS, TIPO: SPORT WAGON, USO: PARTICULAR, según Certificado de Registro de Vehículo N° 8XAJ102G059502479-1-2, N° DE AUTORIZACIÓN: 0172XS588097 de fecha 11/06/2018.
Por lo que este Tribunal en vista de que no hubo contestación alguna y por ende no hubo oposición a la partición, considera que de conformidad a lo establecido en el primer parágrafo del artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, el Juez emplazará a las partes para el NOMBRAMIENTO DE PARTIDOR de los dos bienes anteriormente señalados, pertenecientes a la comunidad de bienes conyugales para el décimo (10°) día de despacho siguientes al de hoy, a las 10:00 a.m. Y así se decide. Es todo.
Publíquese, regístrese y notifíquese, incluso en el Sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Maturín, a los veinte (20) días de Diciembre del 2022. Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
El Juez,
Gustavo Posada
La Secretaria,
Milagro Palma
En esta misma fecha siendo las 09:50 a.m., se registró, publicó y certificó la anterior decisión. Conste
La Secretaria,
Milagro Palma
Exp Nº 16.744
Abg. GP/IL
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