Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada la ciudadana VILMA MORELA GUERRERO CHACON, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-7.214.794; asistido por el abogado ALIRIO PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N°132.249, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), ubicado en ANTES; CALLE ZARAZA, Nº46, BARRIO 13 DE JUNIO; AHORA CALLE ZARAZA ACCEDIENDO POR LA AVENIDA COROPO, Nº46, BARRIO 13 DE JUNIO, MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-17-01-U01-016-002-035-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO VEINTIUN METROS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (121,42Mts2) y un área de construcción de DOSCIENTOS METROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (200,36Mts2), cuyos linderos son: NORTE: Con Inmueble Nº46-B, lote 36. SUR: Con Inmueble Nº44, lote 34. ESTE: Con Inmueble Nº51, lote 05. OESTE: Con cale Zaraza, su frente; y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana VILMA MORELA GUERRERO CHACON, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-7.214.794, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase