REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
212° y 163º
SOLICITUD: Nº8418
SENTENCIA: Nº 12-06122022
SOLICITANTE: SANDY GERMAIN NIEVES BARRETO, Venezolano, soltero, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.436.197
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: SANDY GERMAIN NIEVES BARRETO, venezolano, soltero, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.436.197, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: certificado de empadronamiento N°CE000445, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, gaceta oficial del Instituto Nacional de Tierras, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: AMERICA DEL ROSARIO SALVATIERRA AGUILAR Y ANTHONY FRANCISCO LEON PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.397.478, Y V-24.420.228, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: SANDY GERMAIN NIEVES BARRETO, venezolano, soltero, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.834.498, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un Lote de terreno propiedad Nacional, con una extensión de terrenos que mide TRESCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (303,80 Mtrs2), y con una área de construcción de DOSCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES CENTIMETRO CUADRADOS (210,63 Mtrs2), ubicado en: calle Páez, casa Nº 33, Sector Pueblo Nuevo, Magdaleno, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 15,50 Mts. con calle El Stadium; SUR: En 15,50 Mts. Con casa que es/o fue de María Melchor; ESTE: En 19,60 Mts. Con casa que es/o fue de la familia González; OESTE: con 19,60 Mts. Con calle Páez que es su frente, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Seis (06) días del me Diciembre de Dos Mil veintidós (2022)
LA JUEZ PROVISORIA
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.

LA SECRETARIA
ABG. CARLIZ MALDONADO.

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA
ABG. CARLIZ MALDONADO.



Solicitud N°8418
GCGB/CM/AR