REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SAN SEBASTIÁN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
212º y 163º

EXPEDIENTE: Nº 466-05
DEMANDANTE: YENNY COROMOTO OJEDA SEIJAS, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-13.576.193, domiciliada en El Sector El Limón, Calle Rivas, casa N° 30, San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua.

DEMANDADO: JOSÉ FRANCISCO CASTILLO PADRÓN, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-13.477.925, domiciliado en El Barrio El Paraíso, Callejón Los Cocos, San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua.

MOTIVO: REVISIÓN POR AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
NARRATIVA
Vista y analizadas como han sido las actuaciones que conforman el presente Expediente, con motivo de la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, (Exp. 466-05) incoada por la Ciudadana YENNY COROMOTO OJEDA SEIJAS en contra del ciudadano JOSÉ FRANCISCO CASTILLO PADRÓN ambos plenamente identificados en autos, a favor de su hija; la cual fue Homologada en fecha 28 de Febrero del año Dos Mil Cinco (2005), este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, acuerda DECLARAR TERMINADA la presente causa, motivado a que en fecha Veinte de Mayo del año Dos Mil Nueve la Ciudadana YENNY COROMOTO OJEDA SEIJAS solicito FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUETENCIÓN, sustanciándose la demanda en expediente signado bajo el N° 851-09. En tal razón se ordena el archivo de la presente causa para la posterior remisión en su debida oportunidad al archivo judicial correspondiente. Provéase lo conducente.----------------------

- - -Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. San Sebastián, a los Dieciséis (16) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.----------------------------------------------------- La Jueza,

Rosalba Arcuri de Ramírez. El Secretario Temporal,

Raúl Mota Martínez.
- - - En esta misma fecha, siendo la 01:00 p.m. se publicó la anterior decisión y se cumplió con lo demás ordenado.----------------------------------------------------------------------------------------------------
El Secretario Temporal,

RADR/raul
Exp. 466-05