REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-

Maracay, 25 de Enero de 2022.
211° y 162°
Por cuanto de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente Expediente, este Tribunal observa, visto que en fecha 18.10.2017 cursa a los autos insertos en el cuaderno de medidas del expediente de marras, homologación del Convencimiento suscrito entre las partes intervinientes en la presente causa, ciudadana MARIA INMACULADA MOSCATO NARVAEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.099.423, como parte actora y los ciudadanos LAYMAR MOSCATO DI PIETRO, ERNESTO MOSCATO DI PIETRO, PASCUAL MOSCATO DI PIETRO, MARIA TERESA MOSCATO MARICHAL, GINA ALEXANDRA MOSCATO GOYO y ARMANDO MOSCATO ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.142.482, V-9.662.654, V-11.985.827, V-12.140.345, V-7.241.955 y V-23.798.413 respectivamente, como parte demandada, y por cuanto, de la revisión exhaustiva se verifica, que en fecha 28.05.2021 este Juzgado homologa la transacción celebrada entre los sujetos procesales ut supra identificados, visto que la transacción realizada en fecha 18 de Octubre de 2017 cursante a los folios 114 al 119 del cuaderno de medidas, resulta evidente que los contratantes no determinaron con precisión, el objeto de la transacción, en consecuencia, siendo homologada por este Juzgado la transacción judicial celebrada entre las partes intervinientes, en fecha 28.05.2021 tal y como se desprende a los folios 84 al 97 de la pieza II del presente expediente, es por lo que, hechas estas consideraciones, esta Juzgadora, considera pertinente LEVANTAR LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado, en fecha 08.08.2017, cursante a los folios 12 al 20 del cuaderno de medidas, sobre los siguientes

inmuebles que se describen a continuación:
● Un inmueble que consiste en casa y terreno propio ubicado en la avenida Miranda Oeste, Nº 202, Municipio Girardot el cual tiene un área de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CON SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (249,75 Mts), cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con fondo de la parcela, en SIETE METROS (7 Mts); SUR: Con la Calle Miranda, en SEIS METROS CON CINCUENTA DECIMETROS (6,50 Mts) que es su frente; Con Inmueble que es o fue de DOMINGO MAYORCA, en TREINTA Y SIETE METROS (37 Mts); OESTE: Con inmueble que es o fue de FELICIA AREVALO, en igual contenido de Metros. Dicho inmueble le pertenece al ciudadano ARMANDO MOSCATO GUARINO, según documento registrado ante la oficina de Registro Subalterno del Municipio Girardot del estado Aragua, en fecha 23.04.1973, quedando anotado bajo el Nº 18, Folio 74 y Vto, Protocolo 1º, Tomo 4º.

● Una parcela de terreno situada en la avenida Miranda Oeste, Nº 202, Municipio Girardot, con una superficie de VEINTITRES METROS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRATOS (23,40 Mts), la cual se encuentra enclavada dentro de los siguientes linderos y Medidas: NORTE: Con fondo de la Parcela, con SEIS METROS (6 Mts); SUR: Con la Avenida Miranda, que es su frente, en igual cantidad de Metros; ESTE: Con inmueble que es o fue de DOMINGO MAYORCA, en TRES METROS CON NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS (3,90 Mts); OESTE: Con inmueble que es o fue de FELICIA AREVALO, en igual cantidad de metros Dicho inmueble le pertenece al ciudadano ARMANDO MOSCATO GUARINO, según documento registrado ante la oficina de Registro Subalterno del Municipio Girardot del estado Aragua, en fecha 23.04.1973, quedando anotado bajo el Nº 18, Folio 74 y Vto, Protocolo 1º, Tomo 4º.

● Una casa y su correspondiente terreno propio, el cual mide SEIS METROS (6 Mts) de frente y VEINTINUEVE METROS (29 Mts) de fondo, ubicado en la Avenida Miranda Oeste, Nº 210, Municipio Girardot, alinderado de la siguiente manera: NORTE: con inmueble de ALEJANDRA SERRANO; SUR: Su frente la citada Avenida Miranda; ESTE: Casa de FELICIANO DELGADO; OESTE: Calle La Romana. Dicho inmueble le pertenece al ciudadano ARMANDO MOSCATO GUARINO, según documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 18.01.1979, bajo el Nº 11, Folio 33, Protocolo 1º, Tomo 1º.

● Un apartamento Distinguido con el Nº 11-A, Planta Nº 11, Ubicado en el “Conjunto Centro Residencial El Limón” situado en la calle Unión, Nº 05, El Limón, Municipio Mario Briceño Iragorry, Maracay Estado Aragua, el cual tiene una superficie de CINCUENTA Y SEIS METROS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS (56,40 Mts2), el cual se encuentra enclavado dentro de los siguientes linderos: NORTE: con fachada Norte del Edificio; SUR: Con el apartamento 11-B y fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del Edificio y OESTE: con fachada oeste del Edificio. Dicho inmueble le pertenece al ciudadano ARMANDO MOSCATO GUARINO, según documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 18.05.1993, bajo el Nº 50, Protocolo Primero, Tomo 6.
En consecuencia, se ordena, remitir copia certificada de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 28.05.2021, asimismo, se acuerda oficiar al Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua y al Registro Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, a los fines que estampe la debida nota marginal correspondiente en el libro respectivo. Líbrese oficio.Cúmplase.
LA JUEZA

YZAIDA JOSEFINA MARIN ROCHE.
EL SECRETARIO,

PEDRO MIGUEL VALERA.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Se libro oficio No._017-22 y N° 018-22.-
EL SECRETARIO,

PEDRO MIGUEL VALERA.











EXP. 42.632
YJMR/PMV/JD