D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano VIDAL ANTONIO SILVESTRE CORONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-10.367.815, debidamente asistido por la abogada NOHEMI DURAN NUÑEZ, inscrita en el inpreabogado N°169.465; contra su cónyuge, ciudadana NORMA YNMACULADA CARDOZO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-10.755.765, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, y dentro de las provisiones que contempla la doctrina jurisprudencial emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el N° 1070/2016 de fecha 09 de diciembre de 2016. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Libertador, en fecha: 12 de Diciembre de 1987, según consta en acta anotada bajo el Nro.420, año 1987, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho registro.-
|PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, al Segundo (02) día del mes de Febrero de 2022. Años 210° de la Independencia y 161° de la Federación.
LA JUEZ
 
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
 
 
LA SECRETARIA
 
STEPHANY ADRIANA QUERO BORGES
 
 
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
 
LA SECRETARIA


EXP. Nº TMP-4643-21
BA/SQ/lp.-