REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ FÈLIX RIBAS, JOSÈ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA



SOLICITUD: T2M-V-668-22
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: LISET ANAYIBIRI CASTRO PACHECO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-25.525.065.
ABOGADO ASISTENTE: ENERIDA MARGARITA MUÑOZ TROMPIZ Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 206.115.

Se recibió la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, según Distribución Nº 208, presentando los recaudos en fecha 23 de Febrero del 2022 y admitida en fecha 24 de Febrero de 2022, formulada por la ciudadana: LISET ANAYIBIRI CASTRO PACHECO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-25.525.065, actuando en nombre propio y en representación de los coherederos DIANA CAROLINA CASTRO ARZOLA Y JUAN MANUEL CASTRO PACHECO Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.716.567 y V-28.224.752 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio ENERIDA MARGARITA MUÑOZ TROMPIZ Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 206.115, solicitando se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido JUAN RAFAEL CASTRO, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.766.734 quien falleció ab intestato, en el Hospital Central de Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua el día 08 de Febrero del 2022, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo del Estado Aragua, Acta Nro. 453, Tomo Nº 02, Año 2022. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del fallecido: JUAN RAFEL CASTRO, quien fue Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.766.734 a los ciudadanos, LISET ANAYIBIRI CASTRO PACHECO, DIANA CAROLINA CASTRO ARZOLA y JUAN MANUEL CASTRO PACHECO Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números. V-25.525.065, V-17.716.567 y V-28.224.752 respectivamente. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria 24 de Febrero Dos Mil Veintidós (2022). Años 211º de la Independencia y 161º de la Federación.-
LA JUEZ

ABG.: ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO

EL SECRETARIO
ABG.: EDWARD HERNANDEZ


En la misma fecha siendo las 10:30 pm. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-



EL SECRETARIO
ABG.: EDWARD HERNANDEZ




RDRM/EH/AM.
Sol T2M-V-668-22
Unico Universal H.