REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, (21) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022).-
211º y 162º
ASUNTO: AP31-S-2021-005582
Por recibido y visto el escrito de solicitud de PARTICIÓN AMIGABLE presentado en fecha veintiséis (26) de noviembre de 2021, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos ANGEL RAFAEL OROPEZA y BEATRIZ MORELBA SANCHEZ ARTIGAS, de nacionalidad Venezolana, mayores de edad, divorciados y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.888.736 y V-6.058.904 respectivamente, adscritos por la Defensora Pública Auxiliar Primera con competencia en materia Civil, Mercantil y Tránsito del Área Metropolitana de Caracas abogada ELIANA LEON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 224.550, por medio de la cual solicitan al Tribunal homologue el acuerdo de partición amistosa de la sociedad conyugal que existió entre ellos; de acuerdo a lo establecido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:
Conoce este Juzgado del escrito de PARTICIÓN y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE COMUNIDAD CONYUGAL y sus recaudos presentados por los ciudadanos ANGEL RAFAEL OROPEZA y BEATRIZ MORELBA SANCHEZ ARTIGAS, anteriormente identificados, en el cual ambas partes acordaron por la vía AMISTOSA, PARTIR y LIQUIDAR LA COMUNIDAD CONYUGAL que existió entre ellos, en los siguientes términos:
Se adjudican en cien por ciento (100 %) a la ciudadana BEATRIZ MORELBA SANCHEZ ARTIGAS, antes identificada, los siguientes bienes:
1).- Bien inmueble, constituido por un (1) lote de terreno y una casa-quinta, destinada a vivienda principal, ubicado en el lugar denominado Puerto Arturo del Barrio “La Estrella” Municipio Los Teques, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos linderos, medias y demás determinaciones constan en copia certificada del documento del Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda de fecha 16/06/2008, N° 23, Tomo 23 Protocolo Único 01.
2).- Un (01) vehículo cuyas características son las siguientes: Placa: AA013KC, Serial de carrocería: 8XAJ210G089508893, Serial de Motor: 3SZ4 Cilindros; Marca DAIHATSU, Modelo: TERIOS AWD SINC/J210LG-GMGFZ, AÑO: 2008, Color: Rojo, Clase: Camioneta Tipo: SPORT/WAGON, Uso: Particular.
En virtud, a las consideraciones anteriormente expresadas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la partición efectuada por los ciudadanos ANGEL RAFAEL OROPEZA y BEATRIZ MORELBA SANCHEZ ARTIGAS en los términos que han quedado expresados. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, adscrito al Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas de esta Circunscripción Judicial, en los Cortijos de Lourdes, a los veintiún (21) días del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022).- AÑOS: 211° de la Independencia y 162° de la Federación.-
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ SUPLENTE
ABG. AMARILIS NIEVES BLANCO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
GINIBER RINCON VICENT.
En esta misma fecha y siendo las ____________ se publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
GINIBER RINCON VICENT.
ASUNTO: AP31-S-2021-005582
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