REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial

Corte de Apelaciones con competencia en materia de Delitos de
Violencia contra la Mujer del estado Aragua.
Maracay, 24 de febrero de 2022
Años: 211º y 163º
Asunto Principal: DJ02—S-2019-000112
Asunto : DP01-R-2022-000006
Jueza Ponente: Dra. Mirla Bianexis Malavé Sáez.
Imputado: Ramses Jurado Martínez, identificado con la cédula de identidad número V.20.760.741.
Defensa Pública: Haime González Luna, Defensora Pública Auxiliar Segunda en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua.-
Víctima: Dinora Josefina Flores, identificada con la cedula numero V.9.667.791.
Apoderado Judicial: Abg. Luís Alfonso Bastidas, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 63.732.-
Vindicta publica: Fiscal Vigésima cuarta (24ª) del Ministerio Publico del estado Aragua.-
Motivo: Recurso de Apelación de auto.
Procedencia: Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua.
Decisión Nº 0018-2022.
Decisión Juris (Sin acceso a Sistema).-

Consideraciones para decidir.-
Han subido las presentes actuaciones a esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, distribuidas por la URDD de este Circuito Judicial procedentes del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, remitido mediante oficio Nº 2C-425-2022 de fecha 16.02.2022, en virtud al recurso de Apelación de Auto interpuesto por la abogada Haime González Luna, Defensora Pública Auxiliar Segunda en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en su carácter de defensora publica del ciudadano Ramses Jurado Martínez, identificado con la cédula de identidad número V.20.760.741, y el abogado Luís Alfonso Bastidas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.732, en su carácter de Apoderado Judicial de la victima Dinora Josefina Flores, identificada con la cédula número V.9.667.791, en contra de la decisión de fecha 31.01.2022 emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial especializado.
En este sentido, esta Alzada recibe las actuaciones en fecha 17.02.2022 en horas de tarde, y en fecha 18.02.2022 dictó auto de entrada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-R-2022-000006, asimismo, luego de la distribución por el sistema Juris 2000 le corresponde la ponencia a la Magistrada Dra. Mirla Bianexis Malavé Sáez, Jueza Superior integrante de esta Corte de Apelaciones a fin de que se pronuncie ante la admisibilidad del presente asunto, solicitando la causa principal signada DJ02-S-2019-000112, la cual fue recibida en esta alzada en fecha 22.02.2022, procediendo la ponente a pronunciarse como en efecto suscribe la presente decisión:
Así pues, encontrándose en el lapso legal procede esta Alzada a verificar el cumplimiento de los requisitos de Admisibilidad del recurso de Apelación de Sentencia, de conformidad con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 83 del la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se considera lo siguiente:
1º Se verifica que la abogada Haime González Luna, Defensora Pública Auxiliar Segunda en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en su carácter de defensora pública del ciudadano Ramses Jurado Martínez, identificado con la cédula de identidad número V.-20.760.741, está legitimada para interponer el presente recurso de apelación de auto. Asimismo se verifica que el abogado Luís Alfonso Bastidas, inscrito en el InpreAbogado bajo el número 63.732, en su carácter de Apoderado Judicial de la victima Dinora Josefina Flores, identificada con la cedula numero V.9.667.791, esta legitimado para interponer el recurso de apelación de autos, según se evidencia en el poder cursante en el folio ciento treinta y tres (133) del asunto principal número DJ02-S-2019-000112. Así se verifica.-
2º A fin de determinar si el recurso fue interpuesto tempestivamente, la Corte observa: Que fue introducido en fecha 01.02.2022, siendo el primer (1er) día de despacho, tal como se evidencia del cómputo cursante al folio cincuenta y uno (51) del cuaderno separado del Recurso de apelación de auto, emanado del Juzgado de Segundo Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua. Y así se determina.-
3º Y por último, se verifica que la sentencia contra la cual se ejerce el recurso en cuestión, no es de aquellas irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley, siendo lo procedente en derecho Admitir el presente Recurso de Apelación de sentencia con fundamento en el artículo 130 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia vigente. Y así se decide.
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Admite el recurso de Apelación de Auto interpuesto por la abogada Haime González Luna, Defensora Pública Auxiliar Segunda en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, en su carácter de defensora pública del ciudadano Ramses Jurado Martínez, identificado con la cédula de identidad número V.-20.760.741, y el Abg. Luís Alfonso Bastidas, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado (InpreAbogado) bajo el número 63.732, en su carácter de Apoderado Judicial de la victima Dinora Josefina Flores, identificada con la cédula número V.9.667.791, en contra de la decisión de fecha 31.01.2022 emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial especializado.
Segundo: Esta Corte de Apelaciones se pronunciará ante la controversia jurídica dentro de los cinco (5) días siguientes, de conformidad con la parte in fine del artículo 131 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Integrantes de la Corte,


Dr. Alfonso Elías Caraballo Caraballo.
Juez Presidente.


Dra. Mirla Bianexis Malavé Sáez Jueza Superior(Ponente).


Dra. Yelitza Coromoto Acacio Carmona.
Jueza Superior suplente.

Dra. Deisy del Carmen Escalante Aguilar
Secretaria
Causa Nº DP01-R-2022-000006.
AECC/MBMS/YCAC/DdelCEA.-