REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 22 de julio 2022
212°- 163°
Demandante: Pietro Rosario Selvaggio Vinciguerra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.149.957 y de este domicilio.
Apoderado judicial: Pedro Antonio Aguirre Milano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.224.372, INPREABOGADO N° 276.650, según consta de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Segunda de Maturín, estado Monagas, en fecha 11-07-2022, bajo el N° 28, tomo 37, folios 85 hasta el 87 de los libros llevados por ese despacho
Demandada: Laura Daniela De Las Mercedes Sánchez Vahlis, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.620.411 y de este domicilio.
Motivo: Liquidación y partición de la comunidad conyugal
Expediente N° 16.862
Vista la anterior demanda y los recaudos acompañados a la misma, presentada por ante este Juzgado Distribuidor, y una vez realizado el sorteo respectivo, le correspondió a este Despacho, presentada por el abogado Pedro Antonio Aguirre Milano en su condición de apoderado judicial del ciudadano Pietro Rosario Selvaggio Vinciguerra, identificados en el encabezado de la presente decisión; se ordenó darle entrada, numerarse y anotarse en los libros respectivos.
UNICA
Estima conveniente este Tribunal hacer las siguientes consideraciones:
Observa quien aquí dicta sentencia, que el demandante pretende que el Tribunal declare la nulidad del convenimiento que homologó la partición y adjudicación de bienes de la comunidad conyugal, en sentencia por motivo de divorcio de mutuo acuerdo dictada en fecha 06 de octubre del año 2022 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, signada con el expediente N° JMS1-S-2020-030044, la cual acompaño con su escrito de demanda marcada con la letra “E”; alegando lo que dispone la in fine el artículo 173 del Código Civil.
Ahora bien, siendo que la sentencia la promulgó un Tribunal de Primera Instancia, con competencia en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; no puede este Juzgado conocer materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en razón de ello declara inadmisible la presente acción y así se decide
En consecuencia, este ente Jurisdiccional, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, demanda por Liquidación y partición de bienes de la comunidad conyugal presentada por el ciudadano Pietro Rosario Selvaggio Vinciguerra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.149.957 a través de su apoderado judicial abogado Pedro Antonio Aguirre Milano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.224.372, INPREABOGADO N° 276.650 contra la ciudadana Laura Daniela De Las Mercedes Sánchez Vahlis, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.620.411.
Publíquese, regístrese, incluso en el Sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión y notifíquese de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Maturín, 22 de julio 2022. Años: 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,
Gustavo Posada
La Secretaria,
Milagro Palma
En esta misma fecha, siendo las 1:30 p. m., se dictó y publicó la anterior decisión. Conste.
La Secretaria,
Milagro Palma
Expediente Nº 16.862
Abg. GPV/Tatiana C.
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