REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO ARAGUA EN FUNCIONES DE QUINTO DE JUICIO
Maracay, 21 de JULIO del 2022
210° y 162°

CAUSA: Nº 5J-2180-14
JUEZ: Abg. ZOE E. MONTAÑEZ GAMEZ
SECRETARIA: Abg. MILEIDY PINEDA
ACUSADO: YORMAN MANUEL SANCHEZ HERNANDEZ
DEFENSOR PRIVADA: Abg. YULISMAR RODRIGUEZ
FISCAL 15° DEL M.P. Abg. HENRY SILVA

DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 406.1 DEL CÓDIGO PENAL.
SOBRESEIMIENTO Y EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR MUERTE DEL ACUSADO ARTÍCULOS 300 NUMERAL 3°, 304, 305, 306 TODOS DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL Y ARTICULO 49 NUMERAL 1º DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Siendo la oportunidad procesal para ello este tribunal constituido en sala, visto que en la causa fue acreditada la partida de defunción del acusado procede a constituirse y visto que ha surgido una circunstancia como es el fallecimiento del procesado en la etapa de juicio, lo ajustado a derecho es decretar el SOBRESEIMIENTO Y EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR MUERTE DEL ACUSADO, por lo cual procede el tribunal a dictar el presente auto, el cual es del tenor siguiente:
CAPITULO I
Revisada la causa y observando que media una causal de sobreseimiento se observa que en la presente causa los hechos por los cuales fue en su oportunidad acusado el ciudadano HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 406.1 DEL CÓDIGO PENAL. En virtud de los hechos ocurridos en fecha 13 de diciembre del año 2009, los imputados YORMAN MANUEL SANCHEZ HERNANDEZ y JHOELMY JAVIER ALMEIDA LOPEZ, concurren al sector Curiepe, calle 5 de julio, vía publica municipio Santos Michelena, Las Tejerías, estado Aragua, no afrontando riesgo desenfundan armas de fuego y disparan contra la humanidad de niño CARLOS EDUARDO BRAVO, de 10 años de edad, pues, este se encontraba en la bodega del lugar esperado para comprar al igual que otros niños y adolescentes presentes en el lugar, no estaba armado y por la corta edad que tenia no podía resistir ni escapar de las agresiones físicas que sufrió de parte de los hoy imputados, quienes le causaron la muerte por heridas producidas por proyectil de arma de fuego en área craneal, con fractura, laceración y hemorragia cerebral, que conllevo a la muerte. Contraviniendo los más elementales sentimientos de humanidad, además de haber premeditado el homicidio del niño al sorprenderlo mientras este esperaba para comprar en la bodega y recibe el impacto del proyectil de arma de fuego en el área craneal.
Seguidamente el Tribunal en fecha 01 de agosto del 2014, procedió a efectuar la apertura al juicio oral y público al encausado YORMAN MANUEL SANCHEZ HERNANDEZ
Seguidamente el Tribunal en fecha 25 de agosto del 2014, realiza la continuación del juicio oral y público, con la comparecencia del acusado de autos.
Seguidamente el tribunal en fecha 26 de septiembre del 2014, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos.
Seguidamente el tribunal en fecha 17 de octubre del 2014, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos.
Seguidamente el tribunal en fecha 30 de octubre del 2014, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos.
Seguidamente el tribunal en fecha 25 de noviembre del 2014, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos.
Seguidamente el tribunal en fecha 12 de diciembre del 2014, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos.
Seguidamente el tribunal en fecha 06 de enero del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 27 de enero del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 12 de febrero del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 10 de marzo del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos.
Seguidamente el tribunal en fecha 09 de abril del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 30 de abril del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 19 de mayo del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 09 de junio del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 02 de julio del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 28 de julio del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 18 de agosto del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 10 de septiembre del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 01 de octubre del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 27 de octubre del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 19 de noviembre del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 25 de noviembre del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 10 de diciembre del 2015, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos
Seguidamente el tribunal en fecha 12 de enero del 2016, realiza la continuación del juicio oral y público con la comparecencia del acusado de autos, fijándose la nueva fecha para el día 26-01-2016, fecha esta donde dejó de comparecer el acusado, por no materializarse los traslados-
Cursa inserta al folio 307 de la presente causa, Certificado de Acta de Defunción, suscrita por la Registradora Civil del Municipio Girardot, la cual quedo asentada en el folio Nª 159, Acta nº: 159, Dia 28, Mes 10, Año: 2019.
Visto lo anterior y conforme lo establece el artículo 49 numeral 1º del Código Orgánico Procesal penal, habiendo fallecido para el momento de celebrarse el debate oral y público el Imputado YORMAN MANUEL SANCHEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad V-193.269.217, antes identificado, lo ajustado a derecho es Decretar el Sobreseimiento de la causa y Extinción de la Acción Penal por Muerte del imputado, pues ha mediado con su fallecimiento una causal de extinción, y así se decide.

CAPITULO II
DISPOSITIVA

Con fundamento a los argumentos expuestos, Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en Funciones de Quinto de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR MUERTE DEL IMPUTADO Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SEGUIDA AL CIUDADANO quien en vida respondiera al nombre de YORMAN MANUEL SANCHEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad V-193.269.217, todo de conformidad con los artículos 49 numeral 1º y articulo 300 numeral 3º ambos del Código Orgánico Procesal Penal y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Por cuanto consta la certificación y presentes como se encuentran las partes en audiencia se acordó emitir el presente sobreseimiento por lo que han quedado debidamente notificadas en audiencia en cuanto al pronunciamiento del Sobreseimiento y extinción de la acción penal por muerte del imputado, se ordena remitir el expediente al archivo definitivo , en su oportunidad legal , y así se decide.
Dada firmada y sellada en la sede del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal en funciones de Quinto de juicio a los veintiún (21) días del mes de julio del año 2022.
Regístrese, Publíquese, déjese copia, cúmplase. Remítase la causa al archivo en su oportunidad. Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. ZOE MONTAÑEZ GAMEZ
LA SECRETARIA.
ABG. MILEIDY PINEDA

Causa 5J-2180-14
Causa Fiscal MP-06-F15-0627-09
ZEMG.