EXP. N° 4530-2021
PARTE ACTORA: OCTAVIO DAVID BLANCO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, de cédula de identidad N°V-15130.395, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: YELITZA COROMOTO SÁNCHEZ DE BLANCO y TULIO OCTAVIO BLANCO LEON, venezolanos, mayores de edad, de cédula de identidad N°V-4.855.866 y V-3.201.439 respectivamente, de este domicilio.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente identificado con el N° 4530-2021 nomenclaturas de este Juzgado, se constata que desde la fecha 05 de mayo de 2021, fecha en la que este tribunal admite la presente causa. (ver folio 15); la Parte Actora no le ha dado el debido impulso procesal para la práctica de la Notificación ordenada y en virtud de que han transcurrido con creces más de Un (1) Año, queda entendido su falta de interés en el presente juicio. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE DECIDE.
Dado, firmado y sellado a los diecinueve (19) días del mes de JULIO de 2022. Años: 212° de la Independencia, 163° de la Federación y 23° de la Revolución.
JUEZA,
YRIS JACQUELINE VÁSQUEZ.-
SECRETARIA
JHEYSA ALFONZO
En la misma fecha, previa el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 1:07 p.m.-
SECRETARIA,
Exp. T1M-M-D-4530-2021
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