Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Turmero, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de reconocimiento de contenido y firma incoada por los ciudadanos: CESAR ERNESTO REBOLLEDO, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-5.625.944 y la ciudadana: ciudadana: ARLENIS ELIZABETH COLMENARES BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nro. V- 13.270.786.

SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento de venta una bienhechuría construida sobre una parcela de terreno propiedad de FONDUR, ubicada en la calle San Felix Casa Nº 01-B, Sector Rìos de Agua Viva, fundo la Represa, Parroquia Santiago Mariño del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua.

TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la decisión.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Turmero a los Once (11) días del mes de Julio del año Dos Mil Veintidos (2022). Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZA,
ISNELDA MENDIA VILLEGAS.
LA SECRETARIA,
ARIADNA CHIONIS.
En esta misma fecha, siendo las 11:00 de la mañana. Se publicó y se registró la anterior decisión.
La secretaria.
IM/AD/ry
Exp: 1047-22