V. DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos SIDNEY ANGELICA DEL VALLE y JOSE GREGORIO ROJAS GAINZA, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.763.357 y 14.104.195, respectivamente; debidamente asistidos por el abogado en ejercicio GLENDA AMEZAGA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº152.011, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fecha 15 de septiembre de 2001, por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rita del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, tal como consta en copia certificada del acta de matrimonio que fue consignada a los autos, signada con el Nº244, folio Nº87, del año 2001.
Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los veintidós (22) días del mes de Julio de 2022. Años 210° de la Independencia y 161° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA

LA SECRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LA SECRETARIA