REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la
Coordinación Laboral del Estado Aragua

Maracay, veintisiete (27) de julio dos mil veintidós
212º y 163º

ASUNTO: DP11-L-2022-000023

PARTE ACTORA: SOLANGE JOSEFINA OCHOA RIOBUENO y RAFAEL ANGEL MONTOYA VALERA cedulas identidad Nros V-9.645.419 y V-20.895.895
ABOGADOS ASISTENTE PARTE ACTORA: abogados Andrea Vanessa Lima Viveros y Jesús Abrahan Ochoa Girón, Matriculas de Inpreabogado N° 145.301 y 171.345
PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo AMORTIGUADORES Y TRIPOIDES ARAGUA I C.A. y/o GERARDO UZCATEGUI ESAA y KATHERINE SANCHEZ cedulas V-9.658.652 V-18.746.524,
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: José Miguel Roa Moronta Inpreabogado N° 122.157
MOTIVO: DEMANDA POR PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS

ACTA
En el día de hoy veintisiete (27) de julio dos mil veintidós, siendo las 10:00 a.m. oportunidad para que tenga lugar la celebración de la PROLONGACION AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente juicio por DEMANDA POR PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS, una vez hecho el anuncio a las puertas de este Tribunal comparece: por la parte actora el apoderado judicial abogado Jesús Abrahan Ochoa Girón, Matricula de Inpreabogado N° 171.345. En este estado el Tribunal deja expresa constancia que siendo las 10:28am, luego de un lapso prudencial de la NO COMPARECENCIA A ESTA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA, de la parte demandada Entidad de Trabajo Sociedad Mercantil, AMORTIGUADORES Y TRIPOIDES ARAGUA I C.A., ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, ni de los ciudadanos GERARDO UZCATEGUI ESAA titular de la cedula de identidad Nro V-9.658.652 y KATHERINE SANCHEZ titular de la cedula de identidad Nro V-18.746.524, ni por si ni por representante legal alguno generándose en consecuencia los efectos consagrados en la norma contenida en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que de conformidad con lo previsto en el, acogiendo el criterio vigente aplicado en Sentencia dictada por la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 15 de Octubre de 2004, con ponencia del Magistrado ALFONZO VALBUENA CORDERO, Caso: Ricardo Alí Pinto Gil contra Coca Cola FEMSA de Venezuela S.A. antes Panamco de Venezuela S.A., da por concluida la Audiencia Preliminar y en tal sentido ordena remitir la causa al Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial, asimismo se ordena en este acto la incorporación de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia preliminar a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio; estableciendo este Tribunal en este mismo acto que la presente causa será remitida a la Coordinación Judicial para la Distribución por ante los Juzgado de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral, al día hábil siguiente al de hoy. Dándose por cerrado el acto a la 10:35am. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. LÍBRESE OFICIO.

LA JUEZA,

Abog. SHEILA ROMERO GONZALEZ.


APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
ABOG ZULAY CASTRO
Nota: Se deja constancia que la presente actuación fue impresa en papel reciclado por lo que vale su contenido a efectos de la tramitación de este procedimiento, es decir, “vale” solo el anverso de la hoja.-

SRG/zc.-