REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO ARAGUA EN FUNCIONES DE
PRIMERO DE JUICIO
211° y 161°

Maracay,22 de junio de 2022

CAUSA Nº: 1J3365-21

JUEZ: ABG. ELLIGSEN OBREGÓN MARTINEZ
SECRETARIA: ABG. WILMILY JHELIS
FISCAL 33º MP: ABG. GÉNESISRINCÓN.
ACUSADO: YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA,
GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN
DEFENSOR PRIVADO: ABG. VÍCTOR BRICEÑO.

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SENTENCIA ABSOLUTORIA
I
ANTECEDENTES
Compete a esta Juzgadora, valorado los medios de pruebas, así como también los alegatos de las partes; este Tribunal Primero de Juicio, conforme a lo previsto en el artículo 68 del Código Orgánico Procesal Penal. Celebrado el juicio oral y público en audiencias continuas realizadas desde 09 de noviembre de 2021, hasta el día 15 de junio de 2022. Compete a esta Juzgadora, valorado los medios de pruebas, así como también los alegatos de las partes; este Tribunal Primero de Juicio, concluyó queABSUELVE al ciudadanoYORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley orgánica de drogas y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal,acusados por el Ministerio Publico; pasa entonces esta Juez, en conformidad con las previsiones del artículo 347 y 349 del Código Orgánico Procesal penal, pasa a redactar la Sentencia de la siguiente forma:
II
DEL JUICIO ORAL
De la acusación Fiscal: Enunciación De Los Hechos
El Ministerio Públicoen forma oral, imputó al acusadoYORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley orgánica de drogas y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal,realizando la narración de los hechos, señalados en el escrito de acusación fiscal, y fundamentos de su imputación; manifestando entre otras cosas que:
HECHOS OBJETO DEL PROCESO:
“En fecha 23 de julio de 2021, se constituye una comisión los funcionarios OFICIAL JEFE (CPNB) GUERRA OSCAR, OFICIAL AGREGADO (CPNB) GIL KETLEY, MANCILLA JESÚS y los oficiales JAVIER BASTIDAS Y RIVAS ERICKSON, adscritos a la Dirección Nacional Anti-Drogas Base Aragua, del Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana, en labores de patrullaje, específicamente en sector los olivos viejos, calle Soublette, parroquia madre María de San José, Municipio Girardot, Estado Aragua, con la finalidad de realizar labores inherentes al servicio. Donde lograron observar a dos ciudadanos transitando por la zona, a quienes les dieron la voz de alto, los mismos hicieron caso omiso la comisión policial, emprendiendo veloz huida, arrojando hacia el pavimento un bolso intentado ingresar a una vivienda, la cual fue infructuosa…”.
El Fiscal del Ministerio:
“En este acto esta representación fiscal ratifica la acusación, a través del debate oral y público el Ministerio Publico, va a demostrar la responsabilidad de los ciudadanos YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, por los delitos de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, ratificando los medios de pruebas ofrecidos, tanto las testimoniales como documentales, en su oportunidad se demostrara a través de los medios de pruebas la participación del acusado en los hechos y solicitara se decrete Sentencia Condenatoria. Es todo (SIC)
De la exposición o descargo de la defensa:
La defensaPrivada, ciudadano ABG. VÍCTOR BRICEÑO, manifestó, en forma oral, en la Apertura, lo siguiente:
“Buenos tardes, la defensa una vez escuchados los alegatos del represéntate del ministerio público, no tiene otra alternativa plantear 329 del COPP plantear una incidencia, así como lo establece 175 del COPP reformado actualmente en fecha 17 6664, en donde el legislador incluyo un único aparte, establece que en caso de detenciones que se realicen en contra lo expuesto en las leyes acuerdos y tratados , serán considerados nulidades absolutas, en consecuencia el juez e control deberá ordenar la libertad sin restricciones y remitir al ministerio público, porque la defensa invoca el principio, porque en procedimiento no hay testigos en la incautación de la presunta droga, siendo el requisito indispensable para que la fiscalía sostenga un proceso penal, también invoca la sentencia 17-09-2021 número 80 de la sala de casación penal en donde se ratifica que son insuficientes el testimonio de los funcionarios actuantes para determinar la responsabilidad del imputado el numeral 1 del artículo 300 del COPP, por esas ambas vías el juzgador está en el derecho de sobreseer la causa en cualquier etapa del proceso, solo en esa sentencia si no la siguiente sentencia la sala de casación 314- del 2004, sala de casación 345, con ponencia de Carmen Rosa León, tenemos algo muy cercano acá, que es una decisión de la sala de aquí arribo donde el doctor Alejandro perillo sentencia 303 anula un juicio en este mismo circuito, en este caso la sala de alzada, basado en eso la defensa considera inoficioso , improductivo, improcedente continuar con un proceso, donde el único medio de prueba para demostrar la responsabilidad es a través de la testimonia y no existe esos testigos, entonces la defensa va solicitar la libertad plena con base al artículo 175, en caso de que se niegue la libertad plena solicito un cambio de recinto carcelario. Es todo”. (SIC)
Seguidamente se impone al acusado: acusado YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490 del contenido del artículo 49 Ordinal Quinto, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como del artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal, y se le informa igualmente de la calificación jurídica por la cual está siendo acusado por el Ministerio Publico, se le pregunta si desea declarar; así como de los derechos procesales que le asiste en el juicio, quienes sin coerción ni apremio alguna y de manera individual exponen: “ Me declaro inocente. Es todo”.

DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS PARA EL CONTRADICTORIO:
1.- Pruebas del Ministerio Público:

Testimoniales:

EXPERTOS:

1. MARÍA GABRIELA VARGAS.

FUNCIONARIOS:

1. GUERRA OSCAR.
2. GIL KETLEY.
3. MANCILLA JESÚS.
4. JAVIER BASTIDAS.
5. RIVAS ERICKSON.

Documental

1.- EXPERTICIA BOTÁNICA N° 9700-064-DCF-0304-2021.
2.- INSPECCIÓN TÉCNICO POLICIAL.

2.- Testigos De La Defensa

1. BETTY CORONA.
2. MARIELA POLANCO.
3. EDUARDO TORO.

Pruebas prescindidas
Se deja constancia de que se prescinde de Inspección técnica, por cuanto hasta la presente fecha, no consta en las actuaciones. Todo conforme al artículo 340 del Código Orgánico Procesal Penal. Es por lo que quién aquí decide considera que no existe inconveniente alguno para aceptar que no sean incorporadas al debate el resto de las pruebas en esta fase del proceso, valorándose de esta manera una mínima actividad probatoria, conforme a las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, oída como fue la exposición de las partes. Se deja constancia de que las partes estuvieron de acuerdo, no presentando ningún tipo de objeción a la decisión acordada.

DE LAS CONCLUSIONES DE LAS PARTES
De la representación fiscal:
“buenas tardes esta representación fiscal procese a solicitar se emita una sentencia condenatoria en virtud que en el desarrollo del debate se demostró la responsabilidad penal de los ciudadanosYORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO SE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas.. Es todo. (SIC)
De la representación de la Defensa Privada, Abg. VÍCTOR BRICEÑO:
“buenas tardes solicito se acuerde una sentencia absolutoria, en virtud que en ningún momento se logró demostrar la culpabilidad de mi patrocinado. ES TODO (SIC)
Se deja constancia de que las partes NO ejercieron su derecho a réplicasy contrarréplicas.

PRUEBAS EVACUADAS. VALORACIÓN:
Ahora bien, habiendo dado estricto y formal cumplimiento a todas las fases del proceso, con apego al principio de inmediación, debido proceso y derecho de defensa; concluyendo dicho proceso con la decisión de ABSOLVERal ciudadanoacusado YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, de los hechos acusados por el Ministerio Publico, dándose lectura de la parte dispositiva del fallo correspondiente; en conformidad con los criterios sustentados por nuestro Tribunal Supremo de Justicia en consonancia con la doctrina explanada en sus fallos en relación al análisis y valoración de las pruebas aportadas y, debatidas o evacuados en el proceso; este Tribunal, conforme a la norma contenida en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo establecido en el artículo 16 eiusdem, procede a valorar las pruebas objeto del contradictorio, lo que hace con fundamento en la sana crítica, máximas de experiencia, con observancia de los conocimientos científicos, y fundamentalmente con el principio de inmediación que tuvo de las mismas dentro del desarrollo del juicio oral.
Testimoniales:
1.- De la Testimonial del FUNCIONARIO JESÚS MANCILLA, Adscrito Al Dirección De Investigación Penal De La Policía Nacional Bolivariana, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
“yo colecte la evidencia, SE LE CEDE LA PALABRA A LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, p recuerda lugar r, era un acalle cerrada no recuerda p, recuerda la fecha r, 23 de julio, p, era de día o de noche r, de noche p, cuantos funcionarios r, 6 funcionarios, p, recuerda nombre r, guerra gil Javier y yo. P como inicia ese procedimiento r, estábamos hacendó patrullaje p, cuantas personas aprenden r, 2p. motivo del cual aprehende a esas personas r, intentaron correr, quien le inspecciones r gil, p cuan fue su participación r, colecte el bolso, p tiene conocimiento quien realizó la inspección r gil, p que evidencia se incautó. r, una panela y 8 palitos, p, en donde estaba la evidencia r, en el piso, p al momento de verlo lograron ver si tenían algo r, no al momento de vernos salen corriendo y lanzan eso p, en ese procedimiento hicieron acompañar de testigo r, si , p de donde lo consiguieron r, de la calle, SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA PRIVADA p, nombre completo r José Manuel Mancilla Mancilla, p, quien es la persona quien incauta la evidencia r, yo, p uno portaba el bolso y él lo lanzo recuerda cuál de los dos lo lanzo el bolso recuerda r, no p donde lo lanzaron r en la calle, p ellos dicen que ingresaron a la vivienda r, falso, p lo sacaron en ropa íntima r, no recuerdo, p descripción del ambúlenle r, era de dos pisos tenis rejas creo, p usted no asegura que ellos estaba afuera, r si, p que había dentro del bolso r, una panela y 8 cuadritos, p hoque hora eran r 9 o 10 de la noche , p que paso con los testigos hubo testigo r uno, p quien se encargó de la custodia de la evidencia r yo, p en que momento traslada la evidencia para ser evaluada r, al siguiente día, p, recuerda hora r, no, p recuerda como era la calle si había vehículos r, no recuerdo p cuantos funcionarios r, 5, p cuantos vehículos 1 camioneta, p al detenernos para donde lo traslada r, al comando de palo negro, p una vez allá surgen algún inconveniente con testigo r, que recuerdo si, p el testigo reviso el acta sin problema r si SE LE CEDE LA PALABRA A LA JUEZ, p colectaron la evidencia en donde r en la calle p, como ocurrieron los hechos , el jefe realiza la inspección en el piso reviso y veo lo tenemos de evidencia. Es todo.

VALORACIÓN: De la declaración de este funcionario Testimonial del FUNCIONARIO JESÚS MANCILLA, Adscrito Al Dirección De Investigación Penal De La Policía Nacional Bolivariana, quien entre otras cosas expuso que yo colecte la evidencia, recuerda lugar, era un acalle cerrada no recuerda, recuerda la fecha, 23 de julio, era de día o de noche, de noche, cuantos funcionarios, 6 funcionarios, recuerda nombre guerra gil Javier y yo. Como inicia ese procedimiento, estábamos hacendó patrullaje, cuantas personas aprehenden, 2. Motivo del cual aprehende a esas personas, intentaron correr, quien le inspecciones gil, cuál fue su participación, colecte el bolso, tiene conocimiento quien realizó la inspección gil, p que evidencia se incautó. una panela y 8 palitos, en donde estaba la evidencia , en el piso, al momento de verlo lograron ver si tenían algo , no al momento de vernos salen corriendo y lanzan eso, en ese procedimiento hicieron acompañar de testigo, si , de donde lo consiguieron, de la calle, nombre completo José Manuel Mancilla Mancilla, quien es la persona quien incauta la evidencia, yo, uno portaba el bolso y él lo lanzo recuerda cuál de los dos lo lanzo el bolso recuerda , no donde lo lanzaron en la calle, ellos dicen que ingresaron a la vivienda, falso, lo sacaron en ropa íntima , no recuerdo, descripción del ambúlenle, era de dos pisos tenis rejas creo, usted no asegura que ellos estaba afuera, si, que había dentro del bolso, una panela y 8 cuadritos, choque hora eran 9 o 10 de la noche, que paso con los testigos hubo testigo uno, quien se encargó de la custodia de la evidencia, yo, en que momento traslada la evidencia para ser evaluada, al siguiente día, recuerda hora, no, recuerda como era la calle si había vehículos , no recuerdo cuantos funcionarios, 5, cuantos vehículos 1 camioneta, al detenernos para donde lo traslada, al comando de palo negro, una vez allá surgen algún inconveniente con testigo , que recuerdo si, el testigo reviso el acta sin problema, colectaron la evidencia en donde en la calle, como ocurrieron los hechos, el jefe realiza la inspección en el piso reviso y veo lo tenemos de evidencia. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración delos funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide. Y así se valora. Dejándose constancia que esta declaración se analizó en todas y cada una de sus partes; según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con el Artículo 22 y 16 eiusdem.

2.- De la Testimonial del FUNCIONARIO KETTEY GIL, Adscrito Al Dirección De Investigación Penal De La Policía Nacional Bolivariana, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
“realizar inspección corporal a los ciudadanos, ya que al momento de realizar la inspección ya estos ciudadanos habían arrojado el bolso a el pavimento, SE LE CEDE LA PALABRA A LA FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO p lugar y fecha de procedimiento r, 11 de la niche en los olivos viejos p como inicia ese procedimiento, r salimos a realizar una inspección ya que habíamos resido varias llamadas de personas que se quejaban porque habían muchas personas fumando sustancias en la zona al llegar al sitio vemos a esos muchacho p que carro fueron Orinoco identificado , p cuantos funcionarios r 5, p usted me dijo que realizo inspección corporal incautan la evidencia r allí no p, donde incautan la evidencia r en el pavimento, p que funcionario incauto la evidencia , r Jesús mancilla p a cuantos metros de acusado estaba la evidencia r como a 2 metros, p, al momento de decirle que si eran eso de ellos que le dijeron r, que no eran de ellos , p en el procedimiento se hicieron acompañar de testigo r no porque no nos quisieran prestar el apoyo por medio a represarías, SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA PRIVADA. P, describa la calle donde aprehende a los ciudadano r es una calle larga con entrada y salida p, hora r, 11 de la noche p día r, 22 de julio, p cuantos funcionarios r, 5 funcionaron p cuantos vehículos r 1 solo, a ellos se lo llevan detenido en el mismo vehículo r, solicitamos apoyo ya que los ciudadanos no entraban en la unidad p, porque no colocaron eso en el acta, r, nos faltó colocarlos, p quien les presto apoyo r, en un corolla rojo, p, hay tres personas que ratifican aquí objeción tiene que ser más directo, objeto de los 5 funcionarios actuante no ingresaron la casa r no entramos en la casa ya que de la casa no salió nadie, p el bolso se encontraba retirado del sitio donde lo aprehende, r si estaba retirado lo habían arrojado a el pavimento, p quienes los vieron r los 5 lo vimos p, cuáles de los dos fue quien lanzo, al momento de que lo lanzan vestía franela gris short y zapatos deportivo, p porque detienen a los salen corriendo p, al detenerlo no tenían nada de interés criminalística, r, ya que quien se encarga de informarnos si ,lo sacamos o no es el ministerio público, p el fiscal no pudo determinar que era una sola persona quien estaba implicada en el hecho y no los 2, p uno solo tirarle boso r, si, p y los dos no tenían interés criminalística r no, hábleme del testigo que no logran conseguir testigo r, por la hora y a l buscara los vecino no quisieron prestar colaborar por miedo a represarías ya que los vecino manifestaban que tenían miedo, p al detenerlos cuando salen en veloz carrera habían más personas en el sitio que pudiera ser de ellos ese bolso r, no habían más nadie p, ustedes los traslada a donde r, a la sede del despacho, p donde lo traslada r en el vehículo plenamente identificada pm, no hubo testigo, r, no hubo testigo, p, quien se encarga de la colección r, el funcionario Jesús mancilla, p que momento posterior a los hechos traslada la evidencia r, eso se realizó al siguiente día se hizo quien lo colecta es quien hace lo que se incautó. P ustedes en la dirección antidroga no practican experticia r no teníamos la test rápida, p como sabían que eran sustancia si no tenían experticia y reactivo r, al momento de incautar la evidencia vimos que era semilla lo mandamos al laboratorio y ellos se encarga que cantidad de experticia era, p objeción señora juez la fiscal tomo necesaria todas las pruebas del expediente, objeción el cuerpo de investigación policía antidroga está en la obligación de incautar las evidencias, objeción sin lugar, porque no hicieron experticia de barrido del bolso, r, nosotros hacemos las diligencia pertinente en distinta ciudades hacemos los oficio del fiscal aquí solo esperamos que la fiscalía nos autorice si hacemos o no, p, ustedes desacuerdo su conocimiento no realizan eso r, si lo podemos hacer pero si no tenemos oficio de la fiscalía no lo realizamos p, usted dijo que habían recibido llamadas de la zona de venta y compras de sustancias, r, esas son denuncian anónimas que llaman a el despacho, por rumores de la zonas y entre los funcionarios realizamos la inspección p, el procedimiento realizo por rumor o por denuncia r, por rumores los vecinos nos manifiesta que hay que hacerle más recorrido a la zona y vamos a realizar ese recorrido. Es todo.

VALORACIÓN: De la declaración de este funcionario KETLEY GIL, quien entre otras cosas expuso que su trabajo fue realizar inspección corporal a los ciudadanos, ya que al momento de realizar la inspección ya estos ciudadanos habían arrojado el bolso a el pavimento, a preguntas realizadas contesto que lugar y fecha de procedimiento, 11 de la noche en los olivos viejos, como inicia ese procedimiento, salimos a realizar una inspección ya que habíamos resido varias llamadas de personas que se quejaban porque habían muchas personas fumando sustancias en la zona al llegar al sitio vemos a esos muchacho, que carro fueron Orinoco identificado , cuantos funcionarios 5, usted me dijo que realizo inspección corporal incautan la evidencia, allí no, donde incautan la evidencia en el pavimento, que funcionario incauto la evidencia , Jesús mancilla, a cuantos metros de acusado estaba la evidencia como a 2 metros, al momento de decirle que si eran eso de ellos que le dijeron, que no eran de ellos , en ese procedimiento se hicieron acompañar de testigo, no porque no nos quisieran prestar el apoyo por medio a represarías, describa la calle donde aprehende a los ciudadano, es una calle larga con entrada y salida, hora, 11 de la noche día, 22 de julio, cuantos funcionarios, 5 funcionaron, cuantos vehículos, 1 solo, a ellos se lo llevan detenido en el mismo vehículo, solicitamos apoyo ya que los ciudadanos no entraban en la unidad, porque no colocaron eso en el acta, nos faltó colocarlos, quien les presto apoyo, en un corolla rojo, hay tres personas que ratifican, objeto de los 5 funcionarios actuante no ingresaron la casa, no entramos en la casa ya que de la casa no salió nadie, el bolso se encontraba retirado del sitio donde lo aprehende, si estaba retirado lo habían arrojado a el pavimento, quienes los vieron, los 5 lo vimos , cuáles de los dos fue quien lanzo, al momento de que lo lanzan vestía franela gris short y zapatos deportivo, porque detienen a los salen corriendo, al detenerlo no tenían nada de interés criminalística, ya que quien se encarga de informarnos si ,lo sacamos o no es el ministerio público, el fiscal no pudo determinar que era una sola persona quien estaba implicada en el hecho y no los 2, uno solo tirarle boso, si, y los dos no tenían interés criminalística no, hábleme del testigo que no logran conseguir testigo, por la hora y a l buscara los vecino no quisieron prestar colaborar por miedo a represarías ya que los vecino manifestaban que tenían miedo, al detenerlos cuando salen en veloz carrera habían más personas en el sitio que pudiera ser de ellos ese bolso, no habían más nadie, ustedes los traslada a donde, a la sede del despacho, donde lo traslada en el vehículo plenamente identificada, no hubo testigo, no hubo testigo, quien se encarga de la colección, el funcionario Jesús mancilla, que momento posterior a los hechos traslada la evidencia, eso se realizó al siguiente día se hizo quien lo colecta es quien hace lo que se incautó. Ustedes en la dirección antidroga no practican experticia no teníamos la test rápida, como sabían que eran sustancia si no tenían experticia y reactivo, al momento de incautar la evidencia vimos que era semilla lo mandamos al laboratorio y ellos se encarga que cantidad de experticia era, porque no hicieron experticia de barrido del bolso, nosotros hacemos las diligencia pertinente en distinta ciudades hacemos los oficio del fiscal aquí solo esperamos que la fiscalía nos autorice si hacemos o no, ustedes desacuerdo su conocimiento no realizan eso, si lo podemos hacer pero si no tenemos oficio de la fiscalía no lo realizamos, usted dijo que habían recibido llamadas de la zona de venta y compras de sustancias, esas son denuncian anónimas que llaman a el despacho, por rumores de la zonas y entre los funcionarios realizamos la inspección, el procedimiento realizo por rumor o por denuncia r, por rumores los vecinos nos manifiesta que hay que hacerle más recorrido a la zona y vamos a realizar ese recorrido. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide. Y así se valora. Dejándose constancia que esta declaración se analizó en todas y cada una de sus partes; según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con el Artículo 22 y 16 eiusdem.


3.- De la Testimonial del FUNCIONARIOOSCAR GUERRA, quien va deponer ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, la cual corre inserta en los folios 05 al 06 y su vuelto de la pieza I, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
“reconozco contenido y firma, íbamos hacer un dispositivo en la zona cundo nos encontramos con el hecho que sucedió, es todo”. Seguidamente se cede la palabra al ABG.GÉNESISRINCÓNFiscal 33º del Ministerio Público, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿usted recuerda el día del procedimiento? r: más o menos tuve varios procedimientos, ¿recuerda la fecha? r: no, ¿Cuántos funcionarios eran? r: alrededor 4 o 5 no recuerdo muy bien, ¿Cuál fue su participación? r: jefe de la comisión, ¿Cómo inicio el procedimiento? r: sé que era alta horas de la noche, estábamos por la zona, si mal no recuerdo vimos a dos muchachos e intentaron salir corriendo, los que estaban conmigo los detuvieron y le incautaron un bolso, ¿a cuantas personas detuvieron? r: dos, ¿recuerda si le hicieron inspección corporal? r: si, ¿Qué funcionario? R: no recuerdo, ¿Qué le incautaron? R: un bolso, ¿específicamente en donde se encontró? r: en un bolso al lado de donde estaban los aprendidos, ¿logro ver si los funcionarios cargaban ese bolso? r: no logre ver, ¿se hicieron acompañar por testigos? r: no porque era alta de hora de la noche, ¿se encuentra presente en sala las personas que detuvieron? r: no me recuerdo de ellos. Seguidamente se le cede la palabra a la defensa ABG. VÍCTOR BRICEÑO, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿recuerda el sitio donde fue el procedimiento?: r: no me recuerdo porque no soy de la zona, ¿Cuántos funcionarios participaron? R: recuerdo que ramos 4 o 5, ¿Cuántos vehículos se trasladan? r: creo que era un vehículo Orinoco que era alusivo a institución, y no recuerdo serial, ¿Cómo andaban distribuidos los vehículos? r: sé que yo iba en el Orinoco adelante, ¿la hora? r: no recuerdo porque era alta hora de la noche, ¿testigo? r: no recuerdo, ¿Cuál cargaba el bolso? R: no recuerdo, ¿Cómo se dan cuenta? r: mis compañeros cuando se despliegan ven que uno de ellos lanza un bolso, ¿se trasladan por una denuncia? r: porque los jefes hacen un despliegue de la zona delictiva, ¿podría informar si uno de los funcionarios ingreso a la vivienda? R: no ninguno. A continuación, la ciudadana Juez no le realiza preguntas. Es todo.

VALORACIÓN: De la declaración de este funcionarioOSCAR GUERRA, sobre el ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, quien entre otras cosas expuso que reconozco contenido y firma, íbamos hacer un dispositivo en la zona cundo nos encontramos con el hecho que sucedió. A preguntas realizadas contesto que usted recuerda el día del procedimiento. Más o menos tuve varios procedimientos, recuerda la fecha. No. Cuántos funcionarios eran. alrededor 4 o 5 no recuerdo muy bien. Cuál fue su participación. jefe de la comisión. Cómo inicio el procedimiento. Sé que era alta horas de la noche, estábamos por la zona, si mal no recuerdo vimos a dos muchachos e intentaron salir corriendo, los que estaban conmigo los detuvieron y le incautaron un bolso, a cuantas personas detuvieron. dos, recuerda si le hicieron inspección corporal. sí. Qué funcionario. no recuerdo. Qué le incautaron. un bolso. Específicamente en donde se encontró. En un bolso al lado de donde estaban los aprendidos. Logro ver si los funcionarios cargaban ese bolso. no logre ver. Se hicieron acompañar por testigos. No porque era alta de hora de la noche. Se encuentra presente en sala las personas que detuvieron. No me recuerdo de ellos. Recuerda el sitio donde fue el procedimiento. no me recuerdo porque no soy de la zona. Cuántos funcionarios participaron. Recuerdo que ramos 4 o 5. Cuántos vehículos se trasladan. creo que era un vehículo Orinoco que era alusivo a institución, y no recuerdo serial. Cómo andaban distribuidos los vehículos. sé que yo iba en el Orinoco adelante, la hora. no recuerdo porque era alta hora de la noche. testigo. no recuerdo. Cuál cargaba el bolso. no recuerdo. Cómo se dan cuenta. mis compañeros cuando se despliegan ven que uno de ellos lanza un bolso. se trasladan por una denuncia. Porque los jefes hacen un despliegue de la zona delictiva. Podría informar si uno de los funcionarios ingreso a la vivienda. no ninguno. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide. Y así se valora. Dejándose constancia que esta declaración se analizó en todas y cada una de sus partes; según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con el Artículo 22 y 16 eiusdem.

4.- De la Testimonial del FUNCIONARIOJAVIER BASTIDAS, quien va deponer ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, la cual corre inserta en los folios 05 al 06 y su vuelto de la pieza Iquien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:

“Reconozco contenido y firma, nos encontrábamos haciendo patrullaje en el sector los olivos, en horas de la noche, cuando avistamos a unos ciudadanos donde al avistar la comisión salieron corriendo a una vivienda y tiraron un bolso, y el bolso tenia resto de una presunta droga, yo iba manejado la unidad, es todo”. Seguidamente se cede la palabra al ABG.GÉNESISRINCÓNFiscal 33º del Ministerio Público, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿recuerda el lugar del procedimiento? R: sector los olivos viejos, ¿la fecha del procedimiento? r: 23 de julio, los últimos días, ¿a qué hora? r: 8, era de noche, ¿Cuál fue su participación? r: era el conductor de la unidad, ¿Cuántos funcionarios participaron? R: 5, ¿podría indicar como inicio? r: nos encontrábamos haciendo patrullaje en el sector, nos vamos por la vía principal, al momento que cruzamos a la calle, dos individuos ven la patrulla y huyen, se le da la voz de alto y sueltan el bolso, ¿Cuánta personas avistaron? r: frente a la casa, dos nada más, en la esquina habían más persona pero se fueron, ¿le realizo inspección corporal? r: si, ¿recuerda que funcionario? r: no porque estaba dentro de la unidad, ¿Qué evidencia? r: un bolso negro y una panela de presunta marihuana, dentro del bolso, ¿Quién portaba el bolso? R: no recuerdo, ¿se hicieron acompañar de testigos? r: si a mas persona que estaban llegando a la zona, uno de ellos era funcionario, y otro estaba apurado porque la esposa estaba embazada, y se notificó al ministerio público, ¿aparte del bolso se encontró otra evidencia? r: que recuerde no, ¿Cuántas personas fueron detenidas? r: dos, ¿se encuentran en sala? r: sí. Seguidamente se le cede la palabra a la defensa ABG. VÍCTOR BRICEÑO, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿cuántas unidades eran? r: dos unidades, una camioneta y un Orinoco, ¿Cuántos funcionarios? r: 5, en donde iba manejando íbamos 5, ¿cómo se inicia el procedimiento? r: estábamos realizando patrullaje en la zona ingresamos a la calle, ¿era una calle abierta o cerrada? r: abierta, ¿hubo testigo? R: si paramos dos testigos, uno era funcionario fiscal y el otro tenía una diligencia media, ¿firmaron acta de testigo? r: no porque uno tenía una emergencia y el otro era funcionario, ¿Quién se encargó de la cadena de custodia? r: no recuerdo, ¿Cómo son trasladados ellos hasta la sede en palo negro? r: creo que lo trasladamos en la camioneta, ¿Cómo se enteran que ustedes que la sustancia incautada era droga? r: era presunta droga en panela, tenemos tiempo trabajando en la materia por qué el color, olor podemos ver, ¿hicieron prueba orientación? r: de orientación, ¿Cómo es la prueba? r: vienen selladas que la entrega la ONA, ¿si tienen esa prueba? r: si, ¿Cómo sabe que la hizo]? R: porque estábamos en la oficina, no somos expertos no podemos colocar si es o no es, ¿A dónde trasladan la evidencia para la prueba de certeza? r: el encargado, ¿el papel que juega en el procedimiento? r: el conductor de la unidad, Orinoco, ¿Cuántos funcionarios eran? r: GUERRA, GIL, RIVAS y mi persona, ¿el otro carro no participo? r: estaba dando vuelta y le pedimos la colaboración, ¿alguno ingresa al vivienda R: no recuerdo si ingresan o los agarran afuera, no recuerdo porque yo estaba dando la vuelta. A continuación, la ciudadana Juez no le realiza preguntas. Es todo.

VALORACIÓN: De la declaración de este FUNCIONARIOJAVIER BASTIDAS, quien expuso sobre ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, entre otras cosas que Reconozco contenido y firma, nos encontrábamos haciendo patrullaje en el sector los olivos, en horas de la noche, cuando avistamos a unos ciudadanos donde al avistar la comisión salieron corriendo a una vivienda y tiraron un bolso, y el bolso tenia resto de una presunta droga, yo iba manejado la unidad. A preguntas realizadas contesto que recuerda el lugar del procedimiento. Sector los olivos viejos. La fecha del procedimiento. 23 de julio, los últimos días. A qué hora. 8, era de noche. Cuál fue su participación. Era el conductor de la unidad. Cuántos funcionarios participaron. 5. Podría indicar como inicio. Nos encontrábamos haciendo patrullaje en el sector, nos vamos por la vía principal, al momento que cruzamos a la calle, dos individuos ven la patrulla y huyen, se le da la voz de alto y sueltan el bolso. Cuánto personas avistaron. Frente a la casa, dos nada más, en la esquina había más persona pero se fueron. Le realizo inspección corporal. Si, recuerda que funcionario. No porque estaba dentro de la unidad, Qué evidencia. un bolso negro y una panela de presunta marihuana, dentro del bolso, Quién portaba el bolso, no recuerdo, se hicieron acompañar de testigos, si a mas persona que estaban llegando a la zona, uno de ellos era funcionario, y otro estaba apurado porque la esposa estaba embazada, y se notificó al ministerio público, aparte del bolso se encontró otra evidencia. Que recuerde no, Cuántas personas fueron detenidas. Dos, se encuentran en sala: sí. Cuántas unidades eran dos unidades, una camioneta y un Orinoco, Cuántos funcionarios. 5, en donde iba manejando íbamos 5, cómo se inicia el procedimiento estábamos realizando patrullaje en la zona ingresamos a la calle, era una calle abierta o cerrada r: abierta, hubo testigo: si paramos dos testigos, uno era funcionario fiscal y el otro tenía una diligencia media, firmaron acta de testigo, no porque uno tenía una emergencia y el otro era funcionario, Quién se encargó de la cadena de custodia. No recuerdo, Cómo son trasladados ellos hasta la sede en palo negro, creo que lo trasladamos en la camioneta, Cómo se enteran que ustedes que la sustancia incautada era droga era presunta droga en panela, tenemos tiempo trabajando en la materia por qué el color, olor podemos ver, hicieron prueba orientación, de orientación, Cómo es la prueba. vienen selladas que la entrega la ONA, si tienen esa prueba, Cómo sabe que la hizo: porque estábamos en la oficina, no somos expertos no podemos colocar si es o no es, A dónde trasladan la evidencia para la prueba de certeza, el encargado, el papel que juega en el procedimiento, el conductor de la unidad, Orinoco, Cuántos funcionarios eran: GUERRA, GIL, RIVAS y mi persona, el otro carro no participo: estaba dando vuelta y le pedimos la colaboración, alguno ingresa al vivienda, no recuerdo si ingresan o los agarran afuera, no recuerdo porque yo estaba dando la vuelta. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide. Y así se valora. Dejándose constancia que esta declaración se analizó en todas y cada una de sus partes; según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con el Artículo 22 y 16 eiusdem.

5.- De la Testimonial del FUNCIONARIOERICKSON RIVAS, quien va deponer ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, la cual corre inserta en los folios 05 al 06 y su vuelto de la pieza I, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
“Reconozco contenido y firma, mi actuación fue reguardar el área, es todo”. Seguidamente se cede la palabra al ABG.GÉNESISRINCÓNFiscal 33º del Ministerio Público, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿recuerda la fecha? r: 23-06-2021, ¿recuerda el lugar r: los olivos viejos, ¿a qué hora? r: de la noche 8 o 9 ¿Cuántos funcionarios participaron? r: éramos 5 en la unidad, ¿Cuál fue su función? r: resguardar el área, ¿Cómo inicio el procedimiento? r: se le dio una voz de alto a los sujetos e hicieron caso omiso, ¿Por qué se trasladaron a la zona? r: íbamos haciendo un recorrido, ¿Cuántas personas avistaron? r: 2, ¿recuerda si le realizo inspección corporal? r: si, ¿Qué funcionario? r: GIL, ¿estuvo presente en la inspección? r: si, ¿Qué evidencia se incautó de la inspección? r: ninguna, ¿y que evidencia se le incauto en el procedimiento? r: un bolso tipo colgante tenia presuntamente droga,. ¿Dónde es encontró? r: en la vía, ¿alguno de los ciudadanos lo tenía? r: uno de los dos lo tiro, ¿se hicieron acompañar por testigos? r: hubo un testigo y se negó a firmar porque era bombero, ¿Cuántas personas detienen? R: dos, ¿alguna de las personas le manifestó algo de ese bolso? r: no. Seguidamente se le cede la palabra a la defensa ABG. VÍCTOR BRICEÑO, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿cuantos funcionarios participaron y cuantos estaban en el vehículo? r: 5 funcionarios y un Orinoco, para el traslado se apersono una segunda patrulla, ¿la patrulla estaba con ustedes? r: no, ¿quién detiene a los jóvenes? r el funcionario GIL, ¿y el jefe de la comisión? r: ÓSCAR GUERRA, ¿Cuál de los dos portaba el bolso? r: no sé, ¿a qué distancia se encontraba de ellos el bolso? r: pocos metros, ellos intentaron ingresar a una vivienda y el bolso quedo en la calle, ¿alguno de ustedes ingreso a la vivienda? R: no, ¿inician el procedimiento por patrullaje o por llamada? r: patrullaje, denuncia del sector, estábamos haciendo recorrido, ya que en el sector había diferentes denuncias ¿podríamos decir que son rumores? R: trabajo de inteligencia, ¿cuantos envoltorios habían? r: recuerdo uno tipo panela y otros envoltorios no recuerdo cantidad exacta, ¿Quién se encarga de la colección de la evidencia? r: MANCILLA JESÚS, ¿Cómo saben ustedes que la sustancia que encuetan era presunta droga? r: la experiencia te hace presumir que fue lo que se incautó, ¿Dónde lo trasladan a la sede de palo negro? r: patrulla ¿Qué tipo de patrulla? r: una silverado, ¿se realiza una prueba de orientación? R: si claro, se lleva al laboratorio, ¿tienen laboratorio? r: CICPC la guardia, ¿no recuerda cuál de los dos sitios llevaron? r: no, ¿después de palo negro la llevan caña de Azúcar, en esos dos espacios no había certeza que fuera froga? r: había la presunción, tiene un olor peculiar, la descripción es muy parecida lo que podríamos llamar marihuana, ¿pudo haberse alterado la prueba? r: no, ¿Por qué? r: se le notifica a la fiscalía inmediatamente se hace la aprensión y se llevan a la sede la fiscalía se notifica, ¿recuerda cómo era la calle? r: era una calle lineal y había un cruce, ¿Por qué no logran colectar un testigo? r: el testigo estaba con su esposa venían del hospital y se opuso a declarar, ¿ese testigo lo trasladan a palo negro? r: se negó a firmar, ¿y por qué se negó a firmar? r: que temía por su ida, que le iba a traer un problema, lo normal de un testigo siempre temor, ¿recuerda el nombre del testigo? r: no, ¿la hora del procedimiento? r: horas de la noche, 8 o 9, ¿nadie ingresa a la casa? R: no, ¿no recuerdas cuál de los dos cargaba el bolso? r: no ¿le incauta algo más en la ropa? R: no, ¿habían más persona s en la zona R: no. A continuación, la ciudadana Juez no le realiza preguntas. Es todo.
VALORACIÓN:De la Testimonial del FUNCIONARIOERICKSON RIVAS, quien va deponer ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, la cual corre inserta en los folios 05 al 06 y su vuelto de la pieza I, quien entre otras cosas expuso que Reconozco contenido y firma, mi actuación fue reguardar el área. A preguntas realizadas contestó que: recuerda la fecha. r: 23-06-2021, .recuerda el lugar r: los olivos viejos, .a qué hora. r: de la noche 8 o 9 .Cuántos funcionarios participaron. r: éramos 5 en la unidad, .Cuál fue su función. r: resguardar el área, .Cómo inicio el procedimiento. r: se le dio una voz de alto a los sujetos e hicieron caso omiso, .Por qué se trasladaron a la zona. r: íbamos haciendo un recorrido, .Cuántas personas avistaron. r: 2, .recuerda si le realizo inspección corporal. r: si, .Qué funcionario. r: GIL, .estuvo presente en la inspección. r: si, .Qué evidencia se incautó de la inspección. r: ninguna, .y que evidencia se le incauto en el procedimiento. r: un bolso tipo colgante tenia presuntamente droga,. .dónde es encontró. r: en la vía, .alguno de los ciudadanos lo tenía. r: uno de los dos lo tiro, .se hicieron acompañar por testigos. r: hubo un testigo y se negó a firmar porque era bombero, .Cuántas personas detienen. R: dos, .alguna de las personas le manifestó algo de ese bolso. r: no. .cuantos funcionarios participaron y cuantos estaban en el vehículo. r: 5 funcionarios y un Orinoco, para el traslado se apersono una segunda patrulla, .la patrulla estaba con ustedes. r: no, .quién detiene a los jóvenes. r el funcionario GIL, .y el jefe de la comisión. r: ÓSCAR GUERRA, .Cuál de los dos portaba el bolso. r: no sé, .a qué distancia se encontraba de ellos el bolso. r: pocos metros, ellos intentaron ingresar a una vivienda y el bolso quedo en la calle, .alguno de ustedes ingreso a la vivienda. R: no, .inician el procedimiento por patrullaje o por llamada. r: patrullaje, denuncia del sector, estábamos haciendo recorrido, ya que en el sector había diferentes denuncias .podríamos decir que son rumores. R: trabajo de inteligencia, .cuantos envoltorios habían. r: recuerdo uno tipo panela y otros envoltorios no recuerdo cantidad exacta, .Quién se encarga de la colección de la evidencia. r: MANCILLA JESÚS, .Cómo saben ustedes que la sustancia que encuetan era presunta droga. r: la experiencia te hace presumir que fue lo que se incautó, .Dónde lo trasladan a la sede de palo negro. r: patrulla .Qué tipo de patrulla. r: una silverado, .se realiza una prueba de orientación. R: si claro, se lleva al laboratorio, .tienen laboratorio. r: CICPC la guardia, .no recuerda cuál de los dos sitios llevaron. r: no, .después de palo negro la llevan caña de Azúcar, en esos dos espacios no había certeza que fuera froga. r: había la presunción, tiene un olor peculiar, la descripción es muy parecida lo que podríamos llamar marihuana, .pudo haberse alterado la prueba. r: no, .Por qué. r: se le notifica a la fiscalía inmediatamente se hace la aprensión y se llevan a la sede la fiscalía se notifica, .recuerda cómo era la calle. r: era una calle lineal y había un cruce, .Por qué no logran colectar un testigo. r: el testigo estaba con su esposa venían del hospital y se opuso a declarar, .ese testigo lo trasladan a palo negro. r: se negó a firmar, .y por qué se negó a firmar. r: que temía por su ida, que le iba a traer un problema, lo normal de un testigo siempre temor, .recuerda el nombre del testigo. r: no, .la hora del procedimiento. r: horas de la noche, 8 o 9, .nadie ingresa a la casa. R: no, .no recuerdas cuál de los dos cargaba el bolso. r: no .le incauta algo más en la ropa. R: no, .habían más persona s en la zona R: no. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide. Y así se valora. Dejándose constancia que esta declaración se analizó en todas y cada una de sus partes; según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con el Artículo 22 y 16 eiusdem.


6.- De la Testimonial del funcionario FUNCIONARIA MARÍA GABRIELA VARGAS, quien va deponer de la EXPERTICIA QUÍMICA, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
N° EXPERTICIA 0304-21 DE FECHA 23-07-21 ,3 EVIDENCIA ,1 bolso tipo bandolero 1 ENVOLTORIO DE MATERIA SINTÉTICO TRASLUCIDO y 8 envoltorios se le hace exámenes el bolso se le hizo barrido de semilla dando positivo para marihuana, a la panela de 700 miligramo dando positivo a marihuana, los 8 envoltorio de peso 180 gramo dando positivo a marihuana ,SE LE CEDE LA PALABRA A LA FISCAL DEL MINISTERIO Publico, numero de experticia de fecha r, 0304-21 de fecha 23-07-21 pm método aplicado r, prueba de orientación reacción de quica p, resultado r, las evidencia eran de fragmento vegétale dando positivo a marihuana p, peso neto de ellos r, de 130 gramos , p, fue prueba orientación o de certeza r, certeza, p, al bolso se le hizo barrido r si dando positivo a marihuana, SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA PRIVADA ABG VÍCTOR Briceño, que tipo de experticia realizo r, experticia botánica p, de certeza orientación r certeza, p, con qué tipo de prueba le llego la evidencia r, para realizar las experticia debe llevar un oficio, p, en la manera inicia usted pude determinar si era droga r, no. p cuando se realiza esta situación debe saber si e o no droga r, no es obligatorio ellos presumen y luego uno determina si es o no droga p, donde está el laboratorio donde trabaja r, CICPC sector 9, objeción señora juez ella viene a declarar solo lo de la sustancia Abg. Víctor, objeción sin lugar la experticia no establece donde se incautó la droga r, para llegar esta experticia de certeza debo tener una experticia de orientación, p, esa droga tiene la posibilidad de contaminarse antes de llegar al laboratorio , r es una probabilidad muy poca los funcionarios no están en deber de destapar la evidencia, podrían hacer una incisión muy pequeña, p, cuantos envoltorio habían r, dentro del bolso el envoltorio tipo panela y 8 envoltorio individual, p, tiene peso de cada uno, r, ellos se reúnen la característica y sacamos peso neto, p, esa droga venia en determinado tipo de papel r, envoltorio material sintético color azul traslucido con emboplas, p, tiene 3 tipo de envoltorio r, si, p, como esa prueba deja huellas y deja si tiene 3 envoltorio, r, se manipulo al contacto d la persona de meter y sacar el envoltorio, SE LE CEDE LA PALABRA A LA JUEZ, el tribunal no le va a realizar preguntas. Estodo.

VALORACIÓN:De la Testimonial del funcionario FUNCIONARIA MARÍA GABRIELA VARGAS, quien va deponer de la EXPERTICIA QUÍMICA, N° EXPERTICIA 0304-21 DE FECHA 23-07-21 ,3 EVIDENCIA ,1 bolso tipo bandolero 1 ENVOLTORIO DE MATERIA SINTÉTICO TRASLUCIDO y 8 envoltorios se le hace exámenes el bolso se le hizo barrido de semilla dando positivo para marihuana, a la panela de 700 miligramo dando positivo a marihuana, los 8 envoltorio de peso 180 gramo dando positivo a marihuana. Numero de experticia de fecha r, 0304-21 de fecha 23-07-21 pm método aplicado r, prueba de orientación reacción de quica p, resultado r, las evidencia eran de fragmento vegétale dando positivo a marihuana p, peso neto de ellos r, de 130 gramos , p, fue prueba orientación o de certeza r, certeza, p, al bolso se le hizo barrido r si dando positivo a marihuana. qué tipo de experticia realizo r, experticia botánica p, de certeza orientación r certeza, p, con qué tipo de prueba le llego la evidencia r, para realizar las experticia debe llevar un oficio, p, en la manera inicia usted pude determinar si era droga r, no. p cuando se realiza esta situación debe saber si e o no droga r, no es obligatorio ellos presumen y luego uno determina si es o no droga p, donde está el laboratorio donde trabaja r, CICPC sector 9, objeción señora juez ella viene a declarar solo lo de la sustancia Abg. Víctor, objeción sin lugar la experticia no establece donde se incautó la droga r, para llegar esta experticia de certeza debo tener una experticia de orientación, p, esa droga tiene la posibilidad de contaminarse antes de llegar al laboratorio , r es una probabilidad muy poca los funcionarios no están en deber de destapar la evidencia, podrían hacer una incisión muy pequeña, p, cuantos envoltorio habían r, dentro del bolso el envoltorio tipo panela y 8 envoltorio individual, p, tiene peso de cada uno, r, ellos se reúnen la característica y sacamos peso neto, p, esa droga venia en determinado tipo de papel r, envoltorio material sintético color azul traslucido con emboplas, p, tiene 3 tipo de envoltorio r, si, p, como esa prueba deja huellas y deja si tiene 3 envoltorio, r, se manipulo al contacto d la persona de meter y sacar el envoltorio. De la declaración realizada por la experto, quien es una persona calificada en razón de su ciencia, de su técnica, sus conocimientos de arte, queda demostrado que efectivamente la sustancia incautada en el procedimiento se trataba de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por lo que con ello se demuestra la corporeidad del delito, declaración que esta juzgadora le da pleno valor probatorio teniendo en cuenta la personalidad del experto, los fundamentos científicos con que se realizó el dictamen y su uniformidad al momento de responder las preguntas realizadas por las partes y por el Tribunal, por lo que quedo evidentemente demostrado el cuerpo del delito, ya que quedó demostrado que la incautación realizada corresponde a drogas ilícitas, configurándose el tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Declaración que si puede ser concatenada con la de los funcionarios actuantes y que comparecieron al Debate, solo en relación al contenido de la sustancia incautada de carácter ilícito, según el resultado de la experticia. Declaración que el tribunal la da pleno valor probatorio y se analiza en toda y cada una de sus partes; según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con los artículos 22 y 16 del Código Orgánico Procesal Penal.

7.- De la Testimonial de la ciudadana MARIELA POLANCO, titular de la cedula de identidad V-14.577.421, TESTIGO DE LA DEFENSA, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
“yo estaba en la casa del al frente en la parte de arriba en un balcón cundo llegaron dos patrullas se bajaron como con 10 funcionarios comenzaron a darle patadas al portón, se asoma la dueña de la casa al balcón y ellos le dice que por favor le abriera, no me metieron todos, uno salió en blue jean y en franela estaba descalzo, el otro salió en short también estaba descalzo, se escucharon unos gritos no se llevara, y lo apararon al frente y se los metieron en la patulla y se los llevaron, es todo”. Seguidamente se le cede la palabra a la defensa ABG. VÍCTOR BRICEÑO, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿a qué hora aproximada ocurrieron esos hechos? r: a las 11ó 12 de la noche, ¿Dónde estaba ubicada? R: en la parte de arriba en la casa de al frente, ¿de allí podía observar claramente la vivienda y la calle donde sucedieron los hechos? R: si, ¿cuantos vehículos policiales se acercaron? R: 2, uno se paró frente a la casa y otro a la vivienda, ¿los podía describir? R; uno de negro que decía anti droga y uno doble cabina, ¿usted pudo observar si los hoy detenidos venían llegando a ese inmueble? R: la casa estaba apagada, nosotros teníamos una hora sentadas en el balcón, ¿en el momento que llegaron los funcionarios había alguien? R: no llego nadie, la casa estaba cerrada, ¿Cuántos funcionarios habían? r: 10 pero no entraron todos, ¿ellos logran entrar a la casa? r: ellos le estaban dando patadas al balcón y ella bajo, ¿Cuánto funcionarios ingresaron? r: 5, los demás se quedaron afuera, ¿Cómo andaba vestidos? R: de negros, y otros con chalecos beige, ¿no pudo observar a que cuerpo pertenecían? r: no ¿pudo observar el tipo de armamento? r: tenían armas largas, ¿Cuándo salen del inmueble con quién sale? r: los sacaron los muchachos uno en pantalón blue jean, ¿Dónde lo colocan? r: en la pared de la casa donde yo estaba y se escuchaba gritos de personas que decían porque se los llevan, ¿más o menos cuanto duro el procedimiento? r: minutos se los montan en la doble cabina y se lo llevan, ¿logro ver si los funcionarios cuando sacan a los muchachos de la casa sacaron un bolso o algún material? r: no, ¿esos funcionarios se hicieron acompañar de algún testigo de la zona? R: no, ¿podría decir la descripción? R: casa dos plantas, un portón, con una santa maría, y esta la puerta ¿es una casa hermética? R: totalmente cerrada. Seguidamente se cede la palabra al ABG.GÉNESISRINCÓNFiscal 33º del Ministerio Público, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿lugar en donde ocurrieron los hechos? r: en los olivos viejos, ¿usted vive allí? R: no, ¿Qué hacía? R: en la casa de mi amiga que me estaba pintando el cabello, ¿tiene algún parentesco? R: no, ¿lo conoce? r: uno de los muchachos se graduó conmigo de, ¿tiene conocimiento a que se decida? R: Gabriel estaba estudiando arquitectura, ¿cómo se enteró? R: porque yo estaba allí, ¿a qué distancia? R: al frente de la casa, ¿usted vio si le hicieron inspección corporal? R: no, ¿usted estaba al momento de la aprehensión? r: si estaba arriba ¿Cuántos funcionarios? R: eran como 7, ¿Cuántos ingresaron? r: como 5, los otros funcionarios estaban afuera, ¿tiene conocimiento quien vive? r: la señora el muchacho aproximadamente 6 personas, ¿es primera vez que en ese sector ocurren esos hechos? r: no, ¿después que realizaron el procediendo pregunto R: si, ¿Qué escucho? R: que le habían sembrado droga, ¿logro ver si los funcionarios se hicieron acompañar de testigos? R: todos lo que estaban allí eran policías, no andaba nadie de civil, ¿tiene conocimiento si por ese sector hay venta de sustancias? r: no. A continuación, la ciudadana Juez le realiza las siguientes preguntas: ¿la casa estaba totalmente cerrada r: estaba cerrada, ¿Quiénes salieron de civil de la casa? r: solo los dos muchachos, y la señora se asomó por el balcón, ¿no había otra persona de civil dentro de esa casa? r: no. Es todo.

VALORACIÓN: De la Testimonial de la ciudadana MARIELA POLANCO, titular de la cedula de identidad V-14.577.421, TESTIGO DE LA DEFENSA. Quien entre otras cosas expuso que yo estaba en la casa del al frente en la parte de arriba en un balcón cundo llegaron dos patrullas se bajaron como con 10 funcionarios comenzaron a darle patadas al portón, se asoma la dueña de la casa al balcón y ellos le dice que por favor le abriera, no me metieron todos, uno salió en blue jean y en franela estaba descalzo, el otro salió en short también estaba descalzo, se escucharon unos gritos no se llevara, y lo apararon al frente y se los metieron en la patulla y se los llevaron. .a qué hora aproximada ocurrieron esos hechos. r: a las 11ó 12 de la noche, .Dónde estaba ubicada. R: en la parte de arriba en la casa de al frente, .de allí podía observar claramente la vivienda y la calle donde sucedieron los hechos. R: si, .cuantos vehículos policiales se acercaron. R: 2, uno se paró frente a la casa y otro a la vivienda, .los podía describir. R; uno de negro que decía anti droga y uno doble cabina, .usted pudo observar si los hoy detenidos venían llegando a ese inmueble. R: la casa estaba apagada, nosotros teníamos una hora sentadas en el balcón, .en el momento que llegaron los funcionarios había alguien. R: no llego nadie, la casa estaba cerrada, .Cuántos funcionarios habían. r: 10 pero no entraron todos, .ellos logran entrar a la casa. r: ellos le estaban dando patadas al balcón y ella bajo, .Cuánto funcionarios ingresaron. r: 5, los demás se quedaron afuera, .Cómo andaba vestidos. R: de negros, y otros con chalecos beige, .no pudo observar a que cuerpo pertenecían. r: no .pudo observar el tipo de armamento. r: tenían armas largas, .Cuándo salen del inmueble con quién sale. r: los sacaron los muchachos uno en pantalón blue jean, .Dónde lo colocan. r: en la pared de la casa donde yo estaba y se escuchaba gritos de personas que decían porque se los llevan, .más o menos cuanto duro el procedimiento. r: minutos se los montan en la doble cabina y se lo llevan, .logro ver si los funcionarios cuando sacan a los muchachos de la casa sacaron un bolso o algún material. r: no, .esos funcionarios se hicieron acompañar de algún testigo de la zona. R: no, .podría decir la descripción. R: casa dos plantas, un portón, con una santa maría, y esta la puerta .es un casa hermética. R: totalmente cerrada. .lugar en donde ocurrieron los hechos. r: en los olivos viejos, .usted vive allí. R: no, .Qué hacía. R: en la casa de mi amiga que me estaba pintando el cabello, .tiene algún parentesco. R: no, .lo conoce. r: uno de los muchachos se graduó conmigo de, .tiene conocimiento a que se decida. R: Gabriel estaba estudiando arquitectura, .cómo se enteró. R: porque yo estaba allí, .a qué distancia. R: al frente de la casa, .usted vio si le hicieron inspección corporal. R: no, .usted estaba al momento de la aprehensión. r: si estaba arriba .Cuántos funcionarios. R: eran como 7, .Cuántos ingresaron. r: como 5, los otros funcionarios estaban afuera, .tiene conocimiento quien vive. r: la señora el muchacho aproximadamente 6 personas, .es primera vez que en ese sector ocurren esos hechos. r: no, .después que realizaron el procediendo pregunto R: si, .Qué escucho. R: que le habían sembrado droga, .logro ver si los funcionarios se hicieron acompañar de testigos. R: todos lo que estaban allí eran policías, no andaba nadie de civil, .tiene conocimiento si por ese sector hay venta de sustancias. r: no. .la casa estaba totalmente cerrada r: estaba cerrada, .Quiénes salieron de civil de la casa. r: solo los dos muchachos, y la señora se asomó por el balcón, .no había otra persona de civil dentro de esa casa. r: no. De la declaración antes mencionada, en cuanto a cómo abordan el sitio del suceso, no le queda claro a esta Juzgadora como fue las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos, por cuanto se observa que existen contradicciones se deja constancia del sitio del suceso. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto esta declaración se puede adminicular con la declaración del testigo EDUARDO TORO, en virtud de que los mismos se encontraban en el sitio del suceso, al momento de ocurrir los hechos, lo cual también fue afirmado por los funcionarios aprehensores, sin embargo, las referidas declaraciones contradicen las circunstancias de modo, tiempo y lugar que manifiestan los funcionarios en cuanto a cómo ocurrió la aprehensión de los hoy acusados. Y así se valora. Dejándose constancia que esta declaración se analizó en todas y cada una de sus partes; según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con el Artículo 16 eiusdem.
8.- De la Testimonial de la ciudadana EDUARDO TORO, titular de la cedula de identidad V-17.016.751,, TESTIGO DE LA DEFENSA, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
“yo venía de farmatodo, hay un operativo me abordan unos funcionarios, me piden la colaboración que sirva de testigo, me niego ya que mi esposa se sentía mal, pongo a discutir con los funcionarios, luego voy al comando se iban a montar a mi carro, llego al comando de palo negro, ellos redactan documento, no quise firmar el documento, tuve un percance, veo que en el mostrador están una balanza con unos bolsos, leo cada una de las hojas, no tengo conocimiento de lo que paso adentro de la casa, al final en el comando firmo un documento que allí es donde me explican lo que sucedió, en esa discusión llegamos a un acuerdo, de lo que paso, es todo”. Seguidamente se le cede la palabra a la defensa ABG. VÍCTOR BRICEÑO, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿a qué hora ocurrieron los hechos? R: a las 11: 30, ¿en que se encontraba? R: en un aveo, había varias camionetas, ¿en el momento que desciende del carro, vio a los ciudadanos? R: no, ¿usted ingresa con quién? R: con funcionarios, ¿usted vio que de esa casa sacaron algo? R: no vi nada, lo único que si sacaron una escalera, ¿se acuerda como era los inmuebles? R: no me acuerdo no alcance a ver bien ¿ellos te informaron por qué ibas al inmueble? R: asumí que era testigo, ¿qué cuerpo policial? R: sé que era PNB anti droga, ¿cuantos funcionarios habían en la zona? R: varios funcionarios, eran 8 o 10 funcionarios, ¿recuerda cómo estaban vestidos? R: chaleco antibalas, estaba oscuro, ¿recuerda el armamento de los funcionarios? R: no, ¿lograste ver que esa entrada y salida de la casa manipuló algo? R: no vi, ¿usted dice que no estabas de acuerdo con el acta, decían que ellos le habían explicado todo sobre el procedimiento? R: le dije que no iba a firmar porque eso no fue así, ¿te presionaron para firmar eso? R: si, me dijeron que me iban a meter preso, ¿tuviste miedo de declarar? R: si, me tiembla las piernas ya que es primera vez que paso por eso, si tengo miedo, ¿conoces a ellos? no lo conozco. Seguidamente se cede la palabra al ABG.GÉNESISRINCÓNFiscal 33º del Ministerio Público, quien le realiza las siguientes preguntas: ¿puedes indicar tu nombre? Eduardo Toro, ¿a qué hora ocurrieron los hechos? R: 11 a 11:30 de la noche venia de farmatodo, venia por la calle canal a mitad de calle me freno y veo el gentío, no quería participar en lo que estaba sucediendo, ¿vives cerca? R: si, a dos cuadras, ¿lo conoces de vista? R: no, ¿estuviste de acuerdo? no estaba de acuerdo, ya que mi esposa venia saliendo del covid-19, por eso salí por el malestar de mi esposa, ¿cómo accede hacer testigo de ese procedimiento? R: prácticamente me llevaron obligado, me toco ir porque me iban a montar 2 funcionarios en el carro para ir a lo del procedimiento, ¿cuándo te piden que seas testigo te explicaron dónde iban hacer el procedimiento, si fue en la calle o en un casa? R: yo asumo lo que estaba pasando, ¿en el lugar de los hechos eran una casa o una calle? la conversación fue en la calle, luego ingreso a la casa, ¿no visualizo? R: luego que subo a la escalera subo llego a un cuarto, ¿cuantos funcionarios habían? R: varios, entre nervios no alcance contar, ¿lograste ver si habían algo de interés criminalístico, no lograste ver si hicieron la aprehensión de algún ciudadano? R: no vi nada, ¿lograste leer lo que decía el procedimiento? R: no lo leí, solo puedo decir que al ver lo que decaí, estaba escrito que yo estuve en ese procedimiento eran 4 copias, 3 eran declaraciones, yo me dedique leer y firmaba no coincidía con la primera, y tuvieron que redactar otro documento, que cuerpo policial, algo de antidroga, ¿dónde se encontraba los ciudadanos presente en sala? R: no los vi, luego en el comando si me explicaron que era rapidito, ¿al momento que usted ingreso a la vivienda que hicieron los funcionario? R: uno iba caminando delante de mí, luego bajaron no vi nada, ¿tiene conocimiento de si vio otro testigo? R: si el mostro un carnet militar y lo dejaron ir, ¿tiene conocimiento si a los ciudadanos hicieron inspección corporal? R: no vi, ¿tiene conocimiento de quien era la vivienda de donde ingresaron? R: si es de la mamá de uno de ellos ya que en una vez le compre agua, ¿tiene conocimiento si los ciudadanos presente en sala vivían allí? R: no sabía que vivían, presumo que viven allí. A continuación, la ciudadana no Juez le realiza las siguientes preguntas. Es todo.

VALORACIÓN:De la Testimonial de la ciudadana EDUARDO TORO, titular de la cedula de identidad V-17.016.751,, TESTIGO DE LA DEFENSA, quien entre otras cosas expuso que yo venía de farmatodo, hay un operativo me abordan unos funcionarios, me piden la colaboración que sirva de testigo, me niego ya que mi esposa se sentía mal, pongo a discutir con los funcionarios, luego voy al comando se iban a montar a mi carro, llego al comando de palo negro, ellos redactan documento, no quise firmar el documento, tuve un percance, veo que en el mostrador están una balanza con unos bolsos, leo cada una de las hojas, no tengo conocimiento de lo que paso adentro de la casa, al final en el comando firmo un documento que allí es donde me explican lo que sucedió, en esa discusión llegamos a un acuerdo, de lo que paso. .a qué hora ocurrieron los hechos. R: a las 11: 30, .en que se encontraba. R: en un aveo, había varias camionetas, .en el momento que desciende del carro, vio a los ciudadanos. R: no, .usted ingresa con quien. R: con funcionarios, .usted vio que de esa casa sacaron algo. R: no vi nada, lo único que si sacaron una escalera, .se acuerda como era los inmuebles. R: no me acuerdo no alcance a ver bien .ellos te informaron por qué ibas al inmueble. R: asumí que era testigo, .que cuerpo policial. R: sé que era PNB anti droga, .cuantos funcionarios habían en la zona. R: varios funcionarios, eran 8 o 10 funcionarios, .recuerda como estaban vestidos. R: chaleco antibalas, estaba oscuro, .recuerda el armamento de los funcionarios. R: no, .lograste ver que esa entrada y salida de la casa manipularon algo. R: no vi, .usted dice que no estabas de acuerdo con el acta, decían que ellos le habían explicado todo sobre el procedimiento. R: le dije que no iba a firmar porque eso no fue así, .te presionaron para firmar eso. R: si, me dijeron que me iban a meter preso, .tuviste miedo de declarar. R: si, me tiembla las piernas ya que es primera vez que paso por eso, si tengo miedo, .conoces a ellos. No lo conozco. .puedes indicar tu nombre. Eduardo Toro, .a qué hora ocurrieron los hechos. R: 11 a 11:30 de la noche venia de farmatodo, venia por la calle canal a mitad de calle me freno y veo el gentío, no quería participar en lo que estaba sucediendo, .vives cerca. R: si, a dos cuadras, .lo conoces de vista. R: no, .estuviste de acuerdo. No estaba de acuerdo, ya que mi esposa venia saliendo del covid-19, por eso salí por el malestar de mi esposa, .como accede hacer testigo de ese procedimiento. R: prácticamente me llevaron obligado, me toco ir porque me iban a montar 2 funcionarios en el carro para ir a lo del procedimiento, .cuando te piden que seas testigo te explicaron dónde iban hacer el procedimiento, si fue en la calle o en un casa. R: yo asumo lo que estaba pasando, .en el lugar de los hechos eran una casa o una calle. La conversación fue en la calle, luego ingreso a la casa, .no visualizo. R: luego que subo a la escalera subo llego a un cuarto, .cuantos funcionarios habían. R: varios, entre nervios no alcance contar, .lograste ver si habían algo de interés criminalístico, no lograste ver si hicieron la aprehensión de algún ciudadano. R: no vi nada, .lograste leer lo que decía el procedimiento. R: no lo leí, solo puedo decir que al ver lo que decaí, estaba escrito que yo estuve en ese procedimiento eran 4 copias, 3 eran declaraciones, yo me dedique leer y firmaba no coincidía con la primera, y tuvieron que redactar otro documento, que cuerpo policial, algo de antidroga, .donde se encontraba los ciudadanos presente en sala. R: no los vi, luego en el comando si me explicaron que era rapidito, .al momento que usted ingreso a la vivienda que hicieron los funcionario. R: uno iba caminando delante de mí, luego bajaron no vi nada, .tiene conocimiento de si vio otro testigo. R: si el mostro un carnet militar y lo dejaron ir, .tiene conocimiento si a los ciudadanos hicieron inspección corporal. R: no vi, .tiene conocimiento de quien era la vivienda de donde ingresaron. R: si es de la mamá de uno de ellos ya que en una vez le compre agua, .tiene conocimiento si los ciudadanos presenten en sala vivían allí. R: no sabía que vivían, presumo que viven allí. . De la declaración antes mencionada, en cuanto a cómo abordan el sitio del suceso, no le queda claro a esta Juzgadora como fue las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos, por cuanto se observa que existen contradicciones se deja constancia del sitio del suceso. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto esta declaración se puede adminicular con la declaración del testigo MARIELA POLANCO, en virtud de que los mismos se encontraban en el sitio del suceso, al momento de ocurrir los hechos, lo cual también fue afirmado por los funcionarios aprehensores, sin embargo, las referidas declaraciones contradicen las circunstancias de modo, tiempo y lugar que manifiestan los funcionarios en cuanto a cómo ocurrió la aprehensión de los hoy acusados.

9.- De la Testimonial de la ciudadana BETTY CORONA, titular de la cedula de identidad V-17.016.751, quien es TESTIGO, TESTIGO DE LA DEFENSA, quien debidamente juramentado, expuso lo siguiente:
“tocan la puerta Gabriel estaba descalzo como siempre estaba en su casa pasa u carro y lo paran y le dicen para que sean testigo pasa un ratico pasa los funcionarios dicen que dejen el chisme entran en ningún momento sacaron nada, es todo”. Seguidamente se cede la palabra a la defensa privada, ABG: VÍCTOR BRICEÑO, quien le realiza las siguientes preguntas: yo estaba sentada afuera comiendo afuera en la casa de al frente y esperando a mi hiso que llegara del trabajo, eran de 8 a 10 funcionarios, si la puerta estaba cerrada donde ellos iban a entrar, no se veía si había alguien y quien entro fue John Jairo que llego a las 7 y 30 del trabajo los otros muchachos ya estaban dentro de la casa, los funcionarios entran y sacan a los muchachos que estaba en la casa, los funcionarios algunos con franela negra y otros con chaqueta beige y las patrullas decían antidroga, no vi que los funcionarios sacaron nada, eran de 8 a 10 funcionarios que entraron a la casa, solo escuchaba gritos adentro de la casa, el testigo lo dejaron adentro del vehículo, pero no vi si lo bajaron o no para ser testigo del procedimiento, montan a los muchachos a la patrulla pidieron los zapatos, a mí no me dijeron no Qué me acercara ya que ellos no me veían , yo no sabía lo que había sucedido luego al pasar de los días pregunte el muchacho sobe, Gabriel se congrega en la iglesia donde yo voy, yo conozco a Gabriel casi desde que nació, y el señor John Jairo trabaja en la polar, no hay rumores de que ellos hayan hecho algo, la gente ni lo conocían ya que no salían de la casa nunca habíamos tenido problema con ellos.Seguidamente se cede la palabra al ABG.GÉNESISRINCÓNFiscal 33º del Ministerio Público, quien le realiza las siguientes preguntas:Los hechos calle Soublette, tengo 52 años viviendo allí, desde pequeños, no es primera vez que suceden hecho así, si a Gabriel y John Jairo si lo conozco, Gabriel vive con su mama y su hermana y John Jairo con su esposa y la mama, eran 11 de la noche, yo estaba afuera y me entro porque estaba sentada afuera, los funcionarios le daban golpes y golpes para que le abrieran, entran y sacan a ellos, estaba a una casa de por medio de donde ocurrieron los hechos, de 8 a 10 funcionario, yo me quede asombrada no sabía que pasaba, nunca vi que sacaron nada, no vi si le hicieron inspección corporal no vi evidencia, me encontraba sola con mis nietos, luego que paso el procedimiento a los días pregunte qué había pasado, y yo estaba en ese momento y no sacaron nada, Seguidamente se cede la palabra a la JUEZ quien le realiza las siguientes preguntas: los funcionarios llegaron a esa casa específicamente, si ellos llegaron directo a esa casa. Es todo.

VALORACIÓN:De la Testimonial de la ciudadana BETTY CORONA, titular de la cedula de identidad V-17.016.751, quien es TESTIGO, TESTIGO DE LA DEFENSA, quien entre otras cosas expuso que:tocan la puerta Gabriel estaba descalzo como siempre estaba en su casa pasa u carro y lo paran y le dicen para que sean testigo pasa un ratico pasa los funcionarios dicen que dejen el chisme entran en ningún momento sacaron nada. A preguntas realizadas contesto, yo estaba sentada afuera comiendo afuera en la casa de al frente y esperando a mi hiso que llegara del trabajo, eran de 8 a 10 funcionarios, si la puerta estaba cerrada donde ellos iban a entrar, no se veía si había alguien y quien entro fue John Jairo que llego a las 7 y 30 del trabajo los otros muchachos ya estaban dentro de la casa, los funcionarios entran y sacan a los muchachos que estaba en la casa, los funcionarios algunos con franela negra y otros con chaqueta beige y las patrullas decían antidroga, no vi que los funcionarios sacaron nada, eran de 8 a 10 funcionarios que entraron a la casa, solo escuchaba gritos adentro de la casa, el testigo lo dejaron adentro del vehículo, pero no vi si lo bajaron o no para ser testigo del procedimiento, montan a los muchachos a la patrulla pidieron los zapatos, a mí no me dijeron no Qué me acercara ya que ellos no me veían , yo no sabía lo que había sucedido luego al pasar de los días pregunte el muchacho sobe, Gabriel se congrega en la iglesia donde yo voy, yo conozco a Gabriel casi desde que nació, y el señor John Jairo trabaja en la polar, no hay rumores de que ellos hayan hecho algo, la gente ni lo conocían ya que no salían de la casa nunca habíamos tenido problema con ellos.Los hechos calle Soublette, tengo 52 años viviendo allí, desde pequeños, no es primera vez que suceden hecho así, si a Gabriel y John Jairo si lo conozco, Gabriel vive con su mama y su hermana y John Jairo con su esposa y la mama, eran 11 de la noche, yo estaba afuera y me entro porque estaba sentada afuera, los funcionarios le daban golpes y golpes para que le abrieran, entran y sacan a ellos, estaba a una casa de por medio de donde ocurrieron los hechos, de 8 a 10 funcionario, yo me quede asombrada no sabía que pasaba, nunca vi que sacaron nada, no vi si le hicieron inspección corporal no vi evidencia, me encontraba sola con mis nietos, luego que paso el procedimiento a los días pregunte qué había pasado, y yo estaba en ese momento y no sacaron nada, los funcionarios llegaron a esa casa específicamente, si ellos llegaron directo a esa casa. De la declaración antes mencionada, en cuanto a cómo abordan el sitio del suceso, no le queda claro a esta Juzgadora como fue las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos, por cuanto se observa que existen contradicciones se deja constancia del sitio del suceso. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto esta declaración se puede adminicular con la declaración del testigo MARIELA POLANCO y EDUARDO TORO, en virtud de que los mismos se encontraban en el sitio del suceso, al momento de ocurrir los hechos, lo cual también fue afirmado por los funcionarios aprehensores, sin embargo, las referidas declaraciones contradicen las circunstancias de modo, tiempo y lugar que manifiestan los funcionarios en cuanto a cómo ocurrió la aprehensión de los hoy acusados.

Documentales
1.- EXPERTICIA BOTÁNICA N° 9700-064-DCF-0304-2021.

VALORACIÓN:EXPERTICIA BOTÁNICA N° 9700-064-DCF-0304-2021, fue incorporado legalmente al juicio por su lectura, y ratificado en el Juicio. En lo referente a este punto, este Tribunal acoge lo establecido por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en la sentencia Nro. 26 con ponencia del Magistrado JUAN LUIS IBARRA, de fecha 13 de junio del 2.003, en la cual señala: “…. Los elementos intrínsecos a que se hace referencia a los fines de poder llegar a la operación lógica de la apreciación de las pruebas por parte del tribunal, según su libre convicción, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia y estos son:…. CUARTO: INCORPORACIÓN: Los elementos de convicción sólo pueden ser incorporados al Juicio Oral y Público conforme a la ley…”.-
EXPERTICIA BOTÁNICA N° 9700-064-DCF-0304-2021, fue incorporado por su lectura al contradictorio, por cuanto fue ofrecido y admitido por el tribunal de control respectivo, tal como consta en el caso sub-examine; en razón de ello y en sintonía con el criterio jurisprudencial antes trascrito, es por lo que esta sentenciadora, procede a valorar el medio de prueba en referencia. Ahora bien, EXPERTICIA BOTÁNICA N° 9700-064-DCF-0304-2021, como medio probatorio se analizó en todas y cada una de las partes, conforme a las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias, tal como lo exige el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, a través de la inmediación de conformidad con el artículo 16 eiusdem.
El contenido de las pruebas documentales incorporados por su lectura al Debate, se aprecian mayormente para demostrar la corporeidad delictual, y estas mismas aunadas a las declaraciones anteriores sirven para determinar la responsabilidad penal delos acusados y así se aprecia y se valora, analizándose en todas y cada una de sus partes, según la sana crítica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, a través de la inmediación de conformidad con el Artículo 22 y 16 del texto adjetivo penal.
CAPITULO IV
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
(Motivación)
Habiendo este Tribunal realizado el análisis y el estudio exhaustivo de los medios de prueba que fueron objeto del debate oral y público, teniendo como aplicación de la justicia, los principios de valoración y apreciación de las pruebas contenidos en el Artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, tales como: la sana crítica, la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, procediéndoles a tomar el respectivo Juramento de Ley a los distintos medios de Prueba así como lo indicado en Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Sentencia Nro. 1768 de fecha 23-11-11 con Ponencia de la Presidenta Magistrada Dra. LUIS ESTELA MORALES LAMUÑO que nos indica entre sus máximas “…La obligación de motivar el fallo impone que la misma esté precedida de la argumentación que la fundamente, atendiendo congruentemente a las pretensiones, pues de lo contrario implicaría que las partes no podrían obtener el razonamiento de hecho o de derecho en que se basa el dispositivo, se impediría conocer el criterio jurídico que sigue el juez para dictar la decisión… (Fin de la cita)”.Así mismo sobre la motivación ha señalado la Sala de Casación Penal en decisión de fecha la sentencia N° 401 de fecha 02 de Noviembre de 2004, en la cual se dejó establecido que: “Cuando el juez aprecia los elementos probatorios está obligado a verificar que estos deben ser lo suficientemente contundentes como para desvirtuar la presunción de inocencia que acompaña por Derecho Constitucional y legal a todo acusado, es decir, no puede quedar ninguna duda en tal apreciación que contraríe dicho principio constitucional; y simultáneamente ha de tomar en cuenta que el cúmulo probatorio debe llevar a la absoluta subsunción de los hechos en la disposición típica, de manera que el juicio de reproche, al ser sobrepuesto en la misma, se ajuste con tal perfección que la conducta efectivamente pueda ser atribuida al autor configurando el injusto típico y por ende culpable” . (Fin de la cita).
Igualmente ha señalado la a Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en decisión N° 513, de fecha 02 de Diciembre de 2010, lo siguiente: “El juez cuando realiza la motivación fáctica de la sentencia, debe valorar el mérito probatorio del testimonio y determinar si en éste existen o no errores importantes, tomando en consideración las condiciones objetivas y subjetivas de percepción del testigo, confrontando la deposición del testigo con las demás pruebas aportadas al proceso, para así otorgarle credibilidad y eficacia probatoria. Así, nuestro texto adjetivo penal establece respecto a la valoración de la prueba, el sistema de la libre convicción razonada que exige como presupuesto fundamental la existencia de la prueba, de manera que el juez sólo puede formar su convicción con las pruebas aportadas al proceso y practicadas en el juicio oral, y es precisamente, en la prueba judicial sobre la que descansa toda la experiencia jurídica dirigida a ratificar o desvirtuar la inocencia del justiciable.” (Fin de la Cita), Hace que este Tribunal considere lo siguiente:

HECHOS OBJETOS DEL PROCESO Y QUE EL TRIBUNAL ESTIMA NO ACREDITADOS:
“En fecha 23 de julio de 2021, se constituye una comisión los funcionarios OFICIAL JEFE (CPNB) GUERRA OSCAR, OFICIAL AGREGADO (CPNB) GIL KETLEY, MANCILLA JESÚS y los oficiales JAVIER BASTIDAS Y RIVAS ERICKSON, adscritos a la Dirección Nacional Anti-Drogas Base Aragua, del Cuerpo de la Policía Nacional Bolivariana, en labores de patrullaje, específicamente en sector los olivos viejos, calle Soublette, parroquia madre María de San José, Municipio Girardot, Estado Aragua, con la finalidad de realizar labores inherentes al servicio. Donde lograron observar a dos ciudadanos transitando por la zona, a quienes les dieron la voz de alto, los mismos hicieron caso omiso la comisión policial, emprendiendo veloz huida, arrojando hacia el pavimento un bolso intentado ingresar a una vivienda, la cual fue infructuosa. Hechos que considera esta Juzgadora, no quedaron plenamente demostrados durante la celebración del Juicio Oral y Público, razón por la cual se dicta Sentencia Absolutoria.
ADMINICULACIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA:
Este Tribunal una vez realizado el análisis y el estudio exhaustivo de los medios de prueba que fueron objeto del debate oral y público, y en aplicación de los principios de valoración y apreciación de las pruebas contenidos en el Artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber, la sana crítica, la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, mediante la valoración de las pruebas controvertidas, y traídas al proceso observa lo siguiente:A través de los medios probatorios evacuados en el contradictorio Primeramente es necesario señalar que a través de los medios probatorios evacuados en el contradictorio, tal como De la declaración de este funcionario Testimonial del FUNCIONARIO JESÚS MANCILLA, Adscrito Al Dirección De Investigación Penal De La Policía Nacional Bolivariana, quien entre otras cosas expuso que yo colecte la evidencia, recuerda lugar, era un acalle cerrada no recuerda, recuerda la fecha, 23 de julio, era de día o de noche, de noche, cuantos funcionarios, 6 funcionarios, recuerda nombre guerra gil Javier y yo. Como inicia ese procedimiento, estábamos hacendó patrullaje, cuantas personas aprehenden , 2. Motivo del cual aprehende a esas personas, intentaron correr, quien le inspecciones gil, cuál fue su participación, colecte el bolso, tiene conocimiento quien realizó la inspección gil, p que evidencia se incautó. una panela y 8 palitos, en donde estaba la evidencia , en el piso, al momento de verlo lograron ver si tenían algo , no al momento de vernos salen corriendo y lanzan eso, en ese procedimiento hicieron acompañar de testigo, si , de donde lo consiguieron, de la calle, nombre completo José Manuel Mancilla, quien es la persona quien incauta la evidencia, yo, uno portaba el bolso y él lo lanzo recuerda cuál de los dos lo lanzo el bolso recuerda , no donde lo lanzaron en la calle, ellos dicen que ingresaron a la vivienda, falso, lo sacaron en ropa íntima , no recuerdo, descripción del ambúlenle, era de dos pisos tenis rejas creo, usted no asegura que ellos estaba afuera, si, que había dentro del bolso, una panela y 8 cuadritos, choque hora eran 9 o 10 de la noche, que paso con los testigos hubo testigo uno, quien se encargó de la custodia de la evidencia, yo, en que momento traslada la evidencia para ser evaluada, al siguiente día, recuerda hora, no, recuerda como era la calle si había vehículos , no recuerdo cuantos funcionarios, 5, cuantos vehículos 1 camioneta, al detenernos para donde lo traslada, al comando de palo negro, una vez allá surgen algún inconveniente con testigo , que recuerdo si, el testigo reviso el acta sin problema, colectaron la evidencia en donde en la calle, como ocurrieron los hechos, el jefe realiza la inspección en el piso reviso y veo lo tenemos de evidencia. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos.
De la declaración de este funcionario KETLEY GIL, quien entre otras cosas expuso que su trabajo fue realizar inspección corporal a los ciudadanos, ya que al momento de realizar la inspección ya estos ciudadanos habían arrojado el bolso a el pavimento, a preguntas realizadas contesto que lugar y fecha de procedimiento, 11 de la noche en los olivos viejos, como inicia ese procedimiento, salimos a realizar una inspección ya que habíamos resido varias llamadas de personas que se quejaban porque habían muchas personas fumando sustancias en la zona al llegar al sitio vemos a esos muchacho, que carro fueron Orinoco identificado , cuantos funcionarios 5, usted me dijo que realizo inspección corporal incautan la evidencia, allí no, donde incautan la evidencia en el pavimento, que funcionario incauto la evidencia , Jesús mancilla, a cuantos metros de acusado estaba la evidencia como a 2 metros, al momento de decirle que si eran eso de ellos que le dijeron, que no eran de ellos , en ese procedimiento se hicieron acompañar de testigo, no porque no nos quisieran prestar el apoyo por medio a represarías, describa la calle donde aprehende a los ciudadano, es una calle larga con entrada y salida, hora, 11 de la noche día, 22 de julio, cuantos funcionarios, 5 funcionaron, cuantos vehículos, 1 solo, a ellos se lo llevan detenido en el mismo vehículo, solicitamos apoyo ya que los ciudadanos no entraban en la unidad, porque no colocaron eso en el acta, nos faltó colocarlos, quien les presto apoyo, en un corolla rojo, hay tres personas que ratifican, objeto de los 5 funcionarios actuante no ingresaron la casa, no entramos en la casa ya que de la casa no salió nadie, el bolso se encontraba retirado del sitio donde lo aprehende, si estaba retirado lo habían arrojado a el pavimento, quienes los vieron, los 5 lo vimos , cuáles de los dos fue quien lanzo, al momento de que lo lanzan vestía franela gris short y zapatos deportivo, porque detienen a los salen corriendo, al detenerlo no tenían nada de interés criminalística, ya que quien se encarga de informarnos si ,lo sacamos o no es el ministerio público, el fiscal no pudo determinar que era una sola persona quien estaba implicada en el hecho y no los 2, uno solo tirarle boso, si, y los dos no tenían interés criminalística no, hábleme del testigo que no logran conseguir testigo, por la hora y a l buscara los vecino no quisieron prestar colaborar por miedo a represarías ya que los vecino manifestaban que tenían miedo, al detenerlos cuando salen en veloz carrera habían más personas en el sitio que pudiera ser de ellos ese bolso, no habían más nadie, ustedes los traslada a donde, a la sede del despacho, donde lo traslada en el vehículo plenamente identificada, no hubo testigo, no hubo testigo, quien se encarga de la colección, el funcionario Jesús mancilla, que momento posterior a los hechos traslada la evidencia, eso se realizó al siguiente día se hizo quien lo colecta es quien hace lo que se incautó. Ustedes en la dirección antidroga no practican experticia no teníamos la test rápida, como sabían que eran sustancia si no tenían experticia y reactivo, al momento de incautar la evidencia vimos que era semilla lo mandamos al laboratorio y ellos se encarga que cantidad de experticia era, porque no hicieron experticia de barrido del bolso, nosotros hacemos las diligencia pertinente en distinta ciudades hacemos los oficio del fiscal aquí solo esperamos que la fiscalía nos autorice si hacemos o no, ustedes desacuerdo su conocimiento no realizan eso, si lo podemos hacer pero si no tenemos oficio de la fiscalía no lo realizamos, usted dijo que habían recibido llamadas de la zona de venta y compras de sustancias, esas son denuncian anónimas que llaman a el despacho, por rumores de la zonas y entre los funcionarios realizamos la inspección, el procedimiento realizo por rumor o por denuncia r, por rumores los vecinos nos manifiesta que hay que hacerle más recorrido a la zona y vamos a realizar ese recorrido. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide.
De la declaración de este funcionario OSCAR GUERRA, sobre el ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, quien entre otras cosas expuso que reconozco contenido y firma, íbamos hacer un dispositivo en la zona cundo nos encontramos con el hecho que sucedió. A preguntas realizadas contesto que usted recuerda el día del procedimiento. Más o menos tuve varios procedimientos, recuerda la fecha. No. Cuántos funcionarios eran. Alrededor 4 o 5 no recuerdo muy bien. Cuál fue su participación. Jefe de la comisión. Cómo inicio el procedimiento. Sé que era alta horas de la noche, estábamos por la zona, si mal no recuerdo vimos a dos muchachos e intentaron salir corriendo, los que estaban conmigo los detuvieron y le incautó un bolso, a cuantas personas detuvieron. Dos, recuerda si le hicieron inspección corporal. Sí. Qué funcionario. No recuerdo. Qué le incautaron. Un bolso. Específicamente en donde se encontró. En un bolso al lado de donde estaban los aprendidos. Logro ver si los funcionarios cargaban ese bolso. no logre ver. Se hicieron acompañar por testigos. No porque era alta de hora de la noche. Se encuentra presente en sala las personas que detuvieron. No me recuerdo de ellos. Recuerda el sitio donde fue el procedimiento. no me recuerdo porque no soy de la zona. Cuántos funcionarios participaron. Recuerdo que ramos 4 o 5. Cuántos vehículos se trasladan. creo que era un vehículo Orinoco que era alusivo a institución, y no recuerdo serial. Cómo andaban distribuidos los vehículos. sé que yo iba en el Orinoco adelante, la hora. no recuerdo porque era alta hora de la noche. testigo. no recuerdo. Cuál cargaba el bolso. no recuerdo. Cómo se dan cuenta. mis compañeros cuando se despliegan ven que uno de ellos lanza un bolso. se trasladan por una denuncia. Porque los jefes hacen un despliegue de la zona delictiva. Podría informar si uno de los funcionarios ingreso a la vivienda. no ninguno. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide.
De la declaración de este FUNCIONARIOJAVIER BASTIDAS, quien expuso sobre ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, entre otras cosas que Reconozco contenido y firma, nos encontrábamos haciendo patrullaje en el sector los olivos, en horas de la noche, cuando avistamos a unos ciudadanos donde al avistar la comisión salieron corriendo a una vivienda y tiraron un bolso, y el bolso tenia resto de una presunta droga, yo iba manejado la unidad. A preguntas realizadas contesto que recuerda el lugar del procedimiento. Sector los olivos viejos. La fecha del procedimiento. 23 de julio, los últimos días. A qué hora. 8, era de noche. Cuál fue su participación. era el conductor de la unidad. Cuántos funcionarios participaron. 5. Podría indicar como inicio. Nos encontrábamos haciendo patrullaje en el sector, nos vamos por la vía principal, al momento que cruzamos a la calle, dos individuos ven la patrulla y huyen, se le da la voz de alto y sueltan el bolso. Cuánta personas avistaron. Frente a la casa, dos nada más, en la esquina habían más persona pero se fueron. Le realizo inspección corporal. si, recuerda que funcionario. No porque estaba dentro de la unidad, Qué evidencia. un bolso negro y una panela de presunta marihuana, dentro del bolso, Quién portaba el bolso, no recuerdo, se hicieron acompañar de testigos, si a mas persona que estaban llegando a la zona, uno de ellos era funcionario, y otro estaba apurado porque la esposa estaba embazada, y se notificó al ministerio público, aparte del bolso se encontró otra evidencia. Que recuerde no, Cuántas personas fueron detenidas. dos, se encuentran en sala: sí. cuántas unidades eran dos unidades, una camioneta y un Orinoco, Cuántos funcionarios. 5, en donde iba manejando íbamos 5, cómo se inicia el procedimiento estábamos realizando patrullaje en la zona ingresamos a la calle, era una calle abierta o cerrada r: abierta, hubo testigo: si paramos dos testigos, uno era funcionario fiscal y el otro tenía una diligencia media, firmaron acta de testigo, no porque uno tenía una emergencia y el otro era funcionario, Quién se encargó de la cadena de custodia. no recuerdo, Cómo son trasladados ellos hasta la sede en palo negro, creo que lo trasladamos en la camioneta, Cómo se enteran que ustedes que la sustancia incautada era droga era presunta droga en panela, tenemos tiempo trabajando en la materia por qué el color, olor podemos ver, hicieron prueba orientación, de orientación, Cómo es la prueba. vienen selladas que la entrega la ONA, si tienen esa prueba, Cómo sabe que la hizo: porque estábamos en la oficina, no somos expertos no podemos colocar si es o no es, A dónde trasladan la evidencia para la prueba de certeza, el encargado, el papel que juega en el procedimiento, el conductor de la unidad, Orinoco, Cuántos funcionarios eran: GUERRA, GIL, RIVAS y mi persona, el otro carro no participo: estaba dando vuelta y le pedimos la colaboración, alguno ingresa al vivienda, no recuerdo si ingresan o los agarran afuera, no recuerdo porque yo estaba dando la vuelta. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide.
De la Testimonial del FUNCIONARIO FUNCIONARIOERICKSON RIVAS, quien va deponer ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, DE FECHA 23-07-2021, la cual corre inserta en los folios 05 al 06 y su vuelto de la pieza I, quien entre otras cosas expuso que Reconozco contenido y firma, mi actuación fue reguardar el área. A preguntas realizadas contestó que: recuerda la fecha. r: 23-06-2021, .recuerda el lugar r: los olivos viejos, .a qué hora. r: de la noche 8 o 9 .Cuántos funcionarios participaron. r: éramos 5 en la unidad, .Cuál fue su función. r: resguardar el área, .Cómo inicio el procedimiento. r: se le dio una voz de alto a los sujetos e hicieron caso omiso, .Por qué se trasladaron a la zona. r: íbamos haciendo un recorrido, .Cuántas personas avistaron. r: 2, .recuerda si le realizo inspección corporal. r: si, .Qué funcionario. r: GIL, .estuvo presente en la inspección. r: si, .Qué evidencia se incautó de la inspección. r: ninguna, .y que evidencia se le incauto en el procedimiento. r: un bolso tipo colgante tenia presuntamente droga,. .dónde es encontró. r: en la vía, .alguno de los ciudadanos lo tenía. r: uno de los dos lo tiro, .se hicieron acompañar por testigos. r: hubo un testigo y se negó a firmar porque era bombero, .Cuántas personas detienen. R: dos, .alguna de las personas le manifestó algo de ese bolso. r: no. .cuantos funcionarios participaron y cuantos estaban en el vehículo. r: 5 funcionarios y un Orinoco, para el traslado se apersono una segunda patrulla, .la patrulla estaba con ustedes. r: no, .quién detiene a los jóvenes. r el funcionario GIL, .y el jefe de la comisión. r: ÓSCAR GUERRA, .Cuál de los dos portaba el bolso. r: no sé, .a qué distancia se encontraba de ellos el bolso. r: pocos metros, ellos intentaron ingresar a una vivienda y el bolso quedo en la calle, .alguno de ustedes ingreso a la vivienda. R: no, .inician el procedimiento por patrullaje o por llamada. r: patrullaje, denuncia del sector, estábamos haciendo recorrido, ya que en el sector había diferentes denuncias .podríamos decir que son rumores. R: trabajo de inteligencia, .cuantos envoltorios habían. r: recuerdo uno tipo panela y otros envoltorios no recuerdo cantidad exacta, .Quién se encarga de la colección de la evidencia. r: MANCILLA JESÚS, .Cómo saben ustedes que la sustancia que encuetan era presunta droga. r: la experiencia te hace presumir que fue lo que se incautó, .Dónde lo trasladan a la sede de palo negro. r: patrulla .Qué tipo de patrulla. r: una silverado, .se realiza una prueba de orientación. R: si claro, se lleva al laboratorio, .tienen laboratorio. r: CICPC la guardia, .no recuerda cuál de los dos sitios llevaron. r: no, .después de palo negro la llevan caña de Azúcar, en esos dos espacios no había certeza que fuera froga. r: había la presunción, tiene un olor peculiar, la descripción es muy parecida lo que podríamos llamar marihuana, .pudo haberse alterado la prueba. r: no, .Por qué. r: se le notifica a la fiscalía inmediatamente se hace la aprensión y se llevan a la sede la fiscalía se notifica, .recuerda cómo era la calle. r: era una calle lineal y había un cruce, .Por qué no logran colectar un testigo. r: el testigo estaba con su esposa venían del hospital y se opuso a declarar, .ese testigo lo trasladan a palo negro. r: se negó a firmar, .y por qué se negó a firmar. r: que temía por su ida, que le iba a traer un problema, lo normal de un testigo siempre temor, .recuerda el nombre del testigo. r: no, .la hora del procedimiento. r: horas de la noche, 8 o 9, .nadie ingresa a la casa. R: no, .no recuerdas cual de los dos cargaba el bolso. r: no .le incauta algo más en la ropa. R: no, .habían más persona s en la zona R: no. De la declaración antes mencionada se deja constancia del sitio del suceso, siendo así esta declaración se puede adminicular con la declaración de los funcionarios actuantes en el procedimiento, de acuerdo a las actas de procedimiento. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto existen serias contradicciones, que generan dudas en la apreciación de la comisión de los hechos, a quien aquí decide.
De la Testimonial del funcionario FUNCIONARIA MARÍA GABRIELA VARGAS, quien va deponer de la EXPERTICIA QUÍMICA, N° EXPERTICIA 0304-21 DE FECHA 23-07-21 ,3 EVIDENCIA ,1 bolso tipo bandolero 1 ENVOLTORIO DE MATERIA SINTÉTICO TRASLUCIDO y 8 envoltorios se le hace exámenes el bolso se le hizo barrido de semilla dando positivo para marihuana, a la panela de 700 miligramo dando positivo a marihuana, los 8 envoltorio de peso 180 gramo dando positivo a marihuana. Numero de experticia de fecha r, 0304-21 de fecha 23-07-21 pm método aplicado r, prueba de orientación reacción de quica p, resultado r, las evidencia eran de fragmento vegétale dando positivo a marihuana p, peso neto de ellos r, de 130 gramos , p, fue prueba orientación o de certeza r, certeza, p, al bolso se le hizo barrido r si dando positivo a marihuana. que tipo de experticia realizo r, experticia botánica p, de certeza orientación r certeza, p, con qué tipo de prueba le llego la evidencia r, para realizar las experticia debe llevar un oficio, p, en la manera inicia usted pude determinar si era droga r, no. p cuando se realiza esta situación debe saber si e o no droga r, no es obligatorio ellos presumen y luego uno determina si es o no droga p, donde está el laboratorio donde trabaja r, CICPC sector 9, objeción señora juez ella viene a declarar solo lo de la sustancia Abg. Víctor, objeción sin lugar la experticia no establece donde se incautó la droga r, para llegar esta experticia de certeza debo tener una experticia de orientación, p, esa droga tiene la posibilidad de contaminarse antes de llegar al laboratorio , r es una probabilidad muy poca los funcionarios no están en deber de destapar la evidencia, podrían hacer una incisión muy pequeña, p, cuantos envoltorio habían r, dentro del bolso el envoltorio tipo panela y 8 envoltorio individual, p, tiene peso de cada uno, r, ellos se reúnen la característica y sacamos peso neto, p, esa droga venia en determinado tipo de papel r, envoltorio material sintético color azul traslucido con emboplas, p, tiene 3 tipo de envoltorio r, si, p, como esa prueba deja huellas y deja si tiene 3 envoltorio, r, se manipulo al contacto d la persona de meter y sacar el envoltorio. . De la declaración realizada por la experto, quien es una persona calificada en razón de su ciencia, de su técnica, sus conocimientos de arte, queda demostrado que efectivamente la sustancia incautada en el procedimiento se trataba de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por lo que con ello se demuestra la corporeidad del delito, declaración que esta juzgadora le da pleno valor probatorio teniendo en cuenta la personalidad del experto, los fundamentos científicos con que se realizó el dictamen y su uniformidad al momento de responder las preguntas realizadas por las partes y por el Tribunal, por lo que quedo evidentemente demostrado el cuerpo del delito, ya que quedó demostrado que la incautación realizada corresponde a drogas ilícitas, configurándose el tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Declaración que si puede ser concatenada con la de los funcionarios actuantes y que comparecieron al Debate, solo en relación al contenido de la sustancia incautada de carácter ilícito, según el resultado de la experticia.
De la Testimonial de la ciudadana MARIELA POLANCO, titular de la cedula de identidad V-14.577.421, TESTIGO DE LA DEFENSA. Quien entre otras cosas expuso que yo estaba en la casa del al frente en la parte de arriba en un balcón cundo llegaron dos patrullas se bajaron como con 10 funcionarios comenzaron a darle patadas al portón, se asoma la dueña de la casa al balcón y ellos le dice que por favor le abriera, no me metieron todos, uno salió en blue jean y en franela estaba descalzo, el otro salió en short también estaba descalzo, se escucharon unos gritos no se llevara, y lo apararon al frente y se los metieron en la patulla y se los llevaron. .a qué hora aproximada ocurrieron esos hechos. r: a las 11ó 12 de la noche, .Dónde estaba ubicada. R: en la parte de arriba en la casa de al frente, .de allí podía observar claramente la vivienda y la calle donde sucedieron los hechos. R: si, .cuantos vehículos policiales se acercaron. R: 2, uno se paro frente a la casa y otro a la vivienda, .los podía describir. R; uno de negro que decía anti droga y uno doble cabina, .usted pudo observar si los hoy detenidos venían llegando a ese inmueble. R: la casa estaba apagada, nosotros teníamos una hora sentadas en el balcón, .en el momento que llegaron los funcionarios había alguien. R: no llego nadie, la casa estaba cerrada, .Cuántos funcionarios habían. r: 10 pero no entraron todos, .ellos logran entrar a la casa. r: ellos le estaban dando patadas al balcón y ella bajo, .Cuánto funcionarios ingresaron. r: 5, los demás se quedaron afuera, .Cómo andaba vestidos. R: de negros, y otros con chalecos beige, .no pudo observar a que cuerpo pertenecían. r: no .pudo observar el tipo de armamento. r: tenían armas largas, .Cuándo salen del inmueble con quién sale. r: los sacaron los muchachos uno en pantalón blue jean, .Dónde lo colocan. r: en la pared de la casa donde yo estaba y se escuchaba gritos de personas que decían porque se los llevan, .más o menos cuanto duro el procedimiento. r: minutos se los montan en la doble cabina y se lo llevan, .logro ver si los funcionarios cuando sacan a los muchachos de la casa sacaron un bolso o algún material. r: no, .esos funcionarios se hicieron acompañar de algún testigo de la zona. R: no, .podría decir la descripción. R: casa dos plantas, un portón, con una santa maría, y esta la puerta .es un casa hermética. R: totalmente cerrada. .lugar en donde ocurrieron los hechos. r: en los olivos viejos, .usted vive allí. R: no, .Qué hacía. R: en la casa de mi amiga que me estaba pintando el cabello, .tiene algún parentesco. R: no, .lo conoce. r: uno de los muchachos se graduó conmigo de, .tiene conocimiento a que se decida. R: Gabriel estaba estudiando arquitectura, .cómo se enteró. R: porque yo estaba allí, .a qué distancia. R: al frente de la casa, .usted vio si le hicieron inspección corporal. R: no, .usted estaba al momento de la aprehensión. r: si estaba arriba .Cuántos funcionarios. R: eran como 7, .Cuántos ingresaron. r: como 5, los otros funcionarios estaban afuera, .tiene conocimiento quien vive. r: la señora el muchacho aproximadamente 6 personas, .es primera vez que en ese sector ocurren esos hechos. r: no, .después que realizaron el procediendo pregunto R: si, .Qué escucho. R: que le habían sembrado droga, .logro ver si los funcionarios se hicieron acompañar de testigos. R: todos lo que estaban allí eran policías, no andaba nadie de civil, .tiene conocimiento si por ese sector hay venta de sustancias. r: no. .la casa estaba totalmente cerrada r: estaba cerrada, .Quiénes salieron de civil de la casa. r: solo los dos muchachos, y la señora se asomó por el balcón, .no había otra persona de civil dentro de esa casa. r: no. De la declaración antes mencionada, en cuanto a cómo abordan el sitio del suceso, no le queda claro a esta Juzgadora como fue las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos, por cuanto se observa que existen contradicciones se deja constancia del sitio del suceso. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto esta declaración se puede adminicular con la declaración del testigo EDUARDO TORO Y BETTY CORONA, en virtud de que los mismos se encontraban en el sitio del suceso, al momento de ocurrir los hechos, lo cual también fue afirmado por los funcionarios aprehensores, sin embargo, las referidas declaraciones contradicen las circunstancias de modo, tiempo y lugar que manifiestan los funcionarios en cuanto a cómo ocurrió la aprehensión de los hoy acusados.
De la Testimonial de la ciudadana EDUARDO TORO, titular de la cedula de identidad V-17.016.751,, TESTIGO DE LA DEFENSA, quien entre otras cosas expuso que yo venia de farmatodo, hay un operativo me abordan unos funcionarios, me piden la colaboración que sirva de testigo, me niego ya que mi esposa se sentía mal, pongo a discutir con los funcionarios, luego voy al comando se iban a montar a mi carro, llego al comando de palo negro, ellos redactan documento, no quise firmar el documento, tuve un percance, veo que en el mostrador están una balanza con unos bolsos, leo cada una de las hojas, no tengo conocimiento de lo que paso adentro de la casa, al final en el comando firmo un documento que allí es donde me explican lo que sucedió, en esa discusión llegamos a un acuerdo, de lo que paso. .a que hora ocurrieron los hechos. R: a las 11: 30, .en que se encontraba. R: en un aveo, habían varias camionetas, .en el momento que desciende del carro, vio a los ciudadanos. R: no, .usted ingresa con quien. R: con funcionarios, .usted vio que de esa casa sacaron algo. R: no vi nada, lo único que si sacaron una escalera, .se acuerda como era el inmuebles. R: no me acuerdo no alcance a ver bien .ellos te informaron el porque ibas al inmueble. R: asumí que era testigo, .que cuerpo policial. R: se que era PNB anti droga, .cuantos funcionarios habían en la zona. R: varios funcionarios, eran 8 o 10 funcionarios, .recuerda como estaban vestidos. R: chaleco antibalas, estaba oscuro, .recuerda el armamento de los funcionarios. R: no, .lograste ver que esa entrada y salida de la casa manipularon algo. R: no vi, .usted dice que no estabas de acuerdo con el acta, decían que ellos le habían explicado todo sobre el procedimiento. R: le dije que no iba a firmar porque eso no fue así, .te presionaron para firmar eso. R: si, me dijeron que me iban a meter preso, .tuviste miedo de declarar. R: si, me tiembla las piernas ya que es primera ves que paso por eso, si tengo miedo, .conoces a ellos. no lo conozco. .puedes indicar tu nombre. Eduardo Toro, .a que hora ocurrieron los hechos. R: 11 a 11:30 de la noche venia de farmatodo, venia por la calle canal a mitad de calle me freno y veo el gentío, no quería participar en lo que estaba sucediendo, .vives cerca. R: si, a dos cuadras, .lo conoces de vista. R: no, .estuviste de acuerdo. no estaba de acuerdo, ya que mi esposa venia saliendo del covid-19, por eso salí por el malestar de mi esposa, .como accede hacer testigo de ese procedimiento. R: prácticamente me llevaron obligado, me toco ir porque me iban a montar 2 funcionarios en el carro para ir a lo del procedimiento, .cuando te piden que seas testigo te explicaron donde iban hacer el procedimiento, si fue en la calle o en un casa. R: yo asumo lo que estaba pasando, .en el lugar de los hechos eran una casa o una calle. la conversación fue en la calle, luego ingreso a la casa, .no visualizo. R: luego que subo a la escalera subo llego a un cuarto, .cuantos funcionarios habían. R: varios, entre nervios no alcance contar, .lograste ver si habían algo de interés criminalístico, no lograste ver si hicieron la aprehensión de algún ciudadano. R: no vi nada, .lograste leer lo que decía el procedimiento. R: no lo leí, solo puedo decir que al ver lo que decaí, estaba escrito que yo estuve en ese procedimiento eran 4 copias, 3 eran declaraciones, yo me dedique leer y firmaba no coincidía con la primera, y tuvieron que redactar otro documento, que cuerpo policial, algo de antidroga, .donde se encontraba los ciudadanos presente en sala. R: no los vi, luego en el comando si me explicaron que era rapidito, .al momento que usted ingreso a la vivienda que hicieron los funcionario. R: uno iba caminando delante de mi, luego bajaron no vi nada, .tiene conocimiento de si vio otro testigo. R: si el mostro un carnet militar y lo dejaron ir, .tiene conocimiento si a los ciudadanos hicieron inspección corporal. R: no vi, .tiene conocimiento de quien era la vivienda de donde ingresaron. R: si es de la mamá de uno de ellos ya que en una vez le compre agua, .tiene conocimiento si los ciudadanos presente en sala vivían allí. R: no sabía que vivían, presumo que viven allí. De la declaración antes mencionada, en cuanto a cómo abordan el sitio del suceso, no le queda claro a esta Juzgadora como fue las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos, por cuanto se observa que existen contradicciones se deja constancia del sitio del suceso. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto esta declaración se puede adminicular con la declaración del testigo MARIELA POLANCO y BETTY CORONA, en virtud de que los mismos se encontraban en el sitio del suceso, al momento de ocurrir los hechos, lo cual también fue afirmado por los funcionarios aprehensores, sin embargo, las referidas declaraciones contradicen las circunstancias de modo, tiempo y lugar que manifiestan los funcionarios en cuanto a cómo ocurrió la aprehensión de los hoy acusados.
De la Testimonial de la ciudadana BETTY CORONA, titular de la cedula de identidad V-17.016.751, quien es TESTIGO,, TESTIGO DE LA DEFENSA, quien entre otras cosas expuso que : tocan la puerta Gabriel estaba descalzo como siempre estaba en su casa pasa u carro y lo paran y le dicen para que sean testigo pasa un ratico pasa los funcionarios dicen que dejen el chisme entran en ningún momento sacaron nada. A preguntas realizadas contesto, yo estaba sentada afuera comiendo afuera en la casa de al frente y esperando a mi hiso que llegara del trabajo, eran de 8 a 10 funcionarios, si la puerta estaba cerrada donde ellos iban a entrar, no se veía si había alguien y quien entro fue John Jairo que llego a las 7 y 30 del trabajo los otros muchachos ya estaban dentro de la casa, los funcionarios entran y sacan a los muchachos que estaba en la casa, los funcionarios algunos con franela negra y otros con chaqueta beige y las patrullas decían antidroga, no vi que los funcionarios sacaron nada, eran de 8 a 10 funcionarios que entraron a la casa, solo escuchaba gritos adentro de la casa, el testigo lo dejaron adentro del vehículo, pero no vi si lo bajaron o no para ser testigo del procedimiento, montan a los muchachos a la patrulla pidieron los zapatos, a mí no me dijeron no Qué me acercara ya que ellos no me veían , yo no sabía lo que había sucedido luego al pasar de los días pregunte el muchacho sobe, Gabriel se congrega en la iglesia donde yo voy, yo conozco a Gabriel casi desde que nació, y el señor John Jairo trabaja en la polar, no hay rumores de que ellos hayan hecho algo, la gente ni lo conocían ya que no salían de la casa nunca habíamos tenido problema con ellos.Los hechos calle Soublette, tengo 52 años viviendo allí, desde pequeños, no es primera vez que suceden hecho así, si a Gabriel y John Jairo si lo conozco, Gabriel vive con su mama y su hermana y John Jairo con su esposa y la mama, eran 11 de la noche, yo estaba afuera y me entro porque estaba sentada afuera, los funcionarios le daban golpes y golpes para que le abrieran, entran y sacan a ellos, estaba a una casa de por medio de donde ocurrieron los hechos, de 8 a 10 funcionario, yo me quede asombrada no sabía que pasaba, nunca vi que sacaron nada, no vi si le hicieron inspección corporal no vi evidencia, me encontraba sola con mis nietos, luego que paso el procedimiento a los días pregunte qué había pasado, y yo estaba en ese momento y no sacaron nada, los funcionarios llegaron a esa casa específicamente, si ellos llegaron directo a esa casa. De la declaración antes mencionada, en cuanto a cómo abordan el sitio del suceso, no le queda claro a esta Juzgadora como fue las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurren los hechos, por cuanto se observa que existen contradicciones se deja constancia del sitio del suceso. No obstante, este Tribunal le da pleno valor probatorio a su declaración, sin embargo, observa que no emergen elementos de responsabilidad en su contra, por cuanto esta declaración se puede adminicular con la declaración del testigo MARIELA POLANCO y EDUARDO TORO, en virtud de que los mismos se encontraban en el sitio del suceso, al momento de ocurrir los hechos, lo cual también fue afirmado por los funcionarios aprehensores, sin embargo, las referidas declaraciones contradicen las circunstancias de modo, tiempo y lugar que manifiestan los funcionarios en cuanto a cómo ocurrió la aprehensión de los hoy acusados. Se evidencia que de la declaración de lso órganos de prueba, no existe una relación circunstanciada de las declaraciones, por cuanto existen contradicciones en la declaración de los funcionarios aprehensores y lo afirmado en esta sala de audiencias por los testigos promovidos por el Ministerio Publico y el testigo promovido por la Defensa, razón por la cual no quedan establecidas plenamente las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, lo que le genera serias dudas a esta Juzgadora.
Consideraeste Tribunal que en relación a los órganos de prueba promovidos por la Fiscalía del Ministerio Publico, considera quien aquí decide que durante el debate no hubo un señalamiento directo y conteste que permita a esta Juzgadora desvirtuar el principio de presunción de inocencia que debe amparar al acusado YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, por cuanto ciertamente el mismo durante la investigación realizada durante la fase preparatoria fue señalado como el autor del delito, sin embargo, no es menos cierto que estos medios probatorios debe permitir al Juez durante el debate oral obtener un convencimiento cierto sobre determinados hechos. No siendo el caso que nos ocupa, por cuanto de los medios de pruebas evacuados durante el contradictorio, no existe un prueba que permitan a esta juzgadora tener una certeza jurídica sobre la culpabilidad del ciudadano YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, ya que aun cuando el mismo fue señalado durante la investigación, tales señalamientos no constituyen en este momento plena prueba sobre los hechos imputados. Debiendo esta Juzgadora decidir en base a lo alegado en el juicio para de esta manera enlazar el hecho indicador con la exposición de los medios probatorios que fueron evacuados.
Esta Juzgadora, luego de analizados los diferentes medios de pruebas evacuados en el debate oral y público, considera que existe falta de certeza jurídica en razón de que no concurre plena prueba que demuestre la responsabilidad del acusado en el hecho que se le imputa, pues no se encuentran suficientes elemento de convicción. Ya que de la valoración de los órganos de prueba evacuados durante el desarrollo del Debate, logro concluir este Tribunal, que no quedo suficientemente comprobada la responsabilidad penal del YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSERAMON SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, en los hechos controvertidos, es por estas razones que considera esta juzgadora que no emergió relación de causalidad que hicieran presumir su participación en el hecho.
Ahora bien, en atención al análisis del tipo delictivo imputado, esta juzgadora considera que no se puede entrar a analizar la participación, culpabilidad y responsabilidad penal del acusado, quedando la culpabilidad de los mismos desvirtuada o por lo menos no probada, sumado a ello no existen otros órganos de prueba que puedan esclarecer los hechos objetos de esta controversia judicial, y dado que no existen otras experticias o actividades de investigación que pudieran extraer algún elemento de culpabilidad o de responsabilidad penal sobre los ilícitos penales presentados por los entes acusadores a quienes le corresponde la carga de la prueba como representantes del estado, es por lo que en consecuencia este Órgano Jurisdiccional concluye que el acusado YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, se hace acreedor del principio IN DUBIO PRO REO, en razón de que esta juzgadora ha tenido dudas sobre el carácter incriminatorio de las pruebas practicadas y evacuadas en este debate judicial, razón por la cual este Tribunal, debe ABSOLVER de los hechos atribuidos por la Fiscalía 33º del Ministerio Publico del estado Aragua, al ciudadano YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, y así se decide.

DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadanoYORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490, de la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley orgánica de drogas y del delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancioando en el articulo 286 del Codigo Penal. Se ordena el cese de toda medida de coerción personal que pesa sobre los ciudadanos YORJAIRO ANTONIO MORALES LLOVERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.443.102, y GABRIEL EDUARDO JOSÉRAMÓN SERVEN, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-27.168.490. Se deja constancia que el texto íntegro de la presente sentencia fue publicado dentro del lapso legal. Por lo que las partes quedan debidamente notificadas. Cúmplase en Maracay,a los22días del mes dejuniodel añode Dos Mil veintidós.(2022).
LA JUEZ,

ABG. ELLIGSEN OBREGÓN MARTINEZ.

LA SECRETARIA,

ABG. WILMILY JHELIS

Causa N° 1J3365-22
EROM/