EXP. N°4380-19
PARTE ACTORA: INGRID MARBELLA CICILIANI, venezolana, mayor de edad, de cédula de identidad N°V-6.280.028, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: CARLOS EDUARDO GRANDEZ, venezolano, mayor de edad, de cédula de identidad N°V-5.971.972 de este domicilio.
MOTIVO: DIVORCIO POR DESAFECTO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente identificado con el N° 4380-19 nomenclatura de este Juzgado, se constata que desde la fecha 20 de Junio de 2019, fecha en la que se ordena Notificar a la Cónyuge Demandada (ver folio 16); la Parte Actora no le ha dado el debido impulso procesal para la práctica de la Notificación ordenada y en virtud de que han transcurrido con creces más de Un (1) Año, queda entendido su falta de interés en el presente juicio. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y ASI SE DECIDE.
Dado, firmado y sellado a los DIECISIETE (17) días del mes de JUNIO de 2022. Años: 211° de la Independencia, 163° de la Federación y 23° de la Revolución.

JUEZA,

YRIS JACQUELINE VÁSQUEZ.-
SECRETARIA,

JHEYSA ALFONZO.-
En la misma fecha, previa el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 11:15 a.m.-

SECRETARIA,
Exp.4380-19