REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 17 de Marzo de 2022.
211º y 162º

Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto se observa que ya fueron notificadas tanto las partes como los terceros mediante consignación de cartel el 30/01/2020; y vencido como se encuentran los seis (06) días concedidos como término de la distancia en el presente expediente, en consecuencia, se advierte a las partes que a partir del día siguiente a la fecha del presente auto comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días hábiles para que procedan a oponerse al Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conforme lo dispone el artículo 169 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y vencido dicho lapso la causa quedará abierta a pruebas.