SOLICITUD: Exp. T1M-M-S-7822-2022
PARTE SOLICITANTE: ERNESTO CLARO BENÍTEZ BORGES, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de cédula de identidad N°V-4.367.254.
ABOGADA QUE LO ASISTE: CLARA ALVARADO inscrita en el INPREABOGADO con el N°117.143.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Vista la Solicitud formulada por el Ciudadano ERNESTO CLARO BENÍTEZ BORGES, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, titular de cédula de identidad N°V-4.367.254, en Despacho Virtual de este Tribunal, actuando en nombre propio y en representación de su Padre y Hermanos, ERNESTO BENÍTEZ SOLORZANO, PLÁCIDA JOSEFINA BENÍTEZ DE MORA, JOSÉ PORFIRIO BENÍTEZ BORGES, ERNESTO FERNANDO BENÍTEZ BORGES, ABIGAIL BENÍTEZ DE RODRÍGUEZ, DORIS BENÍTEZ BORGES, ANA CRISTINA BENÍTEZ BORGES Y ERNESTO CLARO BENÍTEZ BORGES venezolanos, mayores de edad, titulares de cédulas de identidad N°V-12.168.724, N°V-3.203.953, N°V-348.849, N°V-2.753.040, N°V-3.203.638, N°V-3.742.186, N°V-3.937.355 y N°V-4.367.254 respectivamente; asistido debidamente por la Abogada en ejercicio CLARA ALVARADO inscrita en el IPSA con el N°117.143 y vistas igualmente las declaraciones de los Ciudadanos BORGES LAGARDE CARMELO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, cédula de Identidad NºV-1.786.185 y ALVARADO RODRÍGUEZ TEOFILO MELQUIADES, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de cédula de Identidad NºV-3.744.788; ambos de este domicilio. Este Tribunal PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los Derechos sobre los bienes dejados por la De Cujus JOSEFINA BORGES DE BENÍTEZ quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad N°V-2.847.180, fallecida Ab-intestato en fecha Dieciséis (16) del mes de Enero de Mil Novecientos Sesenta y Nueve (1969), a los Ciudadanos: ERNESTO BENÍTEZ SOLORZANO Cónyuge Supérstite, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N°V-12.168.724, y sus hijos PLÁCIDA JOSEFINA BENÍTEZ DE MORA, JOSÉ PORFIRIO BENÍTEZ BORGES, ERNESTO FERNANDO BENÍTEZ BORGES, ABIGAIL BENÍTEZ DE RODRÍGUEZ, DORIS BENÍTEZ BORGES, ANA CRISTINA BENÍTEZ BORGES Y ERNESTO CLARO BENÍTEZ BORGES venezolanos, mayores de edad, titulares de cédulas de identidad, N°V-3.203.953, N°V-348.849, N°V-2.753.040, N°V-3.203.638, N°V-3.742.186, N°V-3.937.355 y N°V-4.367.254, respectivamente; y así se decide; En consecuencia, expídase Copias Certificadas que fuesen menester de la presente Solicitud.- Devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales a la Parte interesada a los fines de ley, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño con sede en Turmero, a los CATORCE (14) Días del mes de MARZO de Dos Mil Veintidos (2.022). Años 211º de la Independencia, 163º de la Federación y 23° de la Revolución Bolivariana.

JUEZA,

Abg. YRIS JACQUELINE VÁSQUEZ.-
SECRETARIA,

Abg. JHEYSA ALFONZO CASTRO.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 11:05 am. Asimismo se le da cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondiente, en prueba de haber recibido la misma.
La Secretaria
Exp. T1M-M-S-7822-2022