Al hilo de las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL (AMISTOSA) presentada por los ciudadanos presentada por los ciudadanos: CARINA YELITZA GIMON UZCATEGUI e YSAAC ENRIQUE PEREZ MAGALLANES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V- V- 9.437.031 y V-7.272.560, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada Yoli Torres Franco, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.174.445, inscrita en el I.P.S.A bajo los Nro. 48.118, todo en conformidad con el Artículo 788 del código de Procedimiento Civil. En consecuencia; PROCÉDASE COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE. DEJESE COPIA. CERTIFIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en Turmero, a los VEINTIUNO (21) de MARZO de DOS MIL VEINTIDOS (2.022). Años: 211° de la Independencia y 163° de la Federación.-
LA JUEZA PROVISORIA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA,
ARIADNA CHIONIS
En la misma fecha y siendo las 02:50 de la tarde, se dictó y publicó la anterior Sentencia, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
La Sctria.,
Solicitud Nro. 271-22 .-
ILMV/Ach/mf.-
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