REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITANTE: MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° V-8.740.108 y domiciliada en Turmero, Estado Aragua.

ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: RAQUEL DALILA MONTILLA LINARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 213.938.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.

EXPEDIENTE N° T3M-M-21-2.022

En fecha 23 de Febrero de 2.022, fue presentada solicitud por ante el Tribunal Distribuidor de turno, contentivo de la Rectificación de Acta de Nacimiento incoada por la ciudadana MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° V-8.740.108 y domiciliada en Turmero, Estado Aragua, debidamente asistida por la Abogado RAQUEL DALILA MONTILLA LINARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 213.938, quien solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento. Este despacho observa:

La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Nacimiento llevado por ante la Prefectura Crespo del Distrito Girardot del Estado Aragua, hoy Registro Civil de la Parroquia Joaquín Crespo, Municipio Girardot del Estado Aragua, correspondiente al año 1.968, Acta N° 2259 del Tomo 3. El error denunciado consiste que al asentar el Acta de Nacimiento de la ciudadana MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, antes identificada, se incurrió en un error material en cuanto al estado civil del padre de la solicitante, ciudadano NULLO VERONESI, siendo asentado como “CASADO”, siendo lo correcto DIVORCIADO”. Asimismo, el apellido de la madre de la solicitante, ciudadana TERESA BARBARESCO MONTES, siendo asentada como “TERESA BARBARESCO DE VERONESI”, siendo lo correcto “TERESA BARBARESCO MONTES”.

Para efecto probatorio el solicitante consignó los siguientes recaudos:

• Copia fotostática de la Cédula de Identidad de la solicitante, ciudadana MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, (folio 3)
• Copia fotostática de las Cédulas de Identidad de los padres de la solicitante, ciudadanos NULLO VERONESI y TERESA BARBARESCO MONTES (folios 4 y 5)
• Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, emanada por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, (folio 6).
• Copia certificada del Acta de Matrimonio de los padres de la solicitante, ciudadanos NULLO VERONESI y TERESA BARBARESCO MONTES, emanada del Registro Civil de la Parroquia Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, (folios del 11 al 13).


Analizados los documentos cursantes en autos como lo son: la Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, emanada por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, (folio 6), en consecuencia, se concluye que ciertamente como lo alegó la solicitante, se incurrió en el error de transcripción al asentar el estado civil del padre de la solicitante, ciudadano NULLO VERONESI, como “CASADO”, siendo lo correcto DIVORCIADO”. Asimismo, el apellido de la madre de la solicitante, ciudadana TERESA BARBARESCO MONTES, como “TERESA BARBARESCO DE VERONESI”, siendo lo correcto “TERESA BARBARESCO MONTES”, por lo que este Tribunal considera procedente la Rectificación de partida de nacimiento solicitada y, así expresamente se decide.

Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° V-8.740.108 y domiciliada en Turmero, Estado Aragua, por lo que donde se asentó el estado civil del padre de la solicitante, ciudadano NULLO VERONESI, como “CASADO”, debe decir “DIVORCIADO”. Asimismo, el apellido de la madre de la solicitante, ciudadana TERESA BARBARESCO MONTES, como “TERESA BARBARESCO DE VERONESI”, debe decir “TERESA BARBARESCO MONTES”. Este Tribunal ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento de la ciudadana MORELLA DEL VALLE VERONESI BARBARESCO, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° V-8.740.108 y domiciliada en Turmero, Estado Aragua, la cual quedó anotada bajo el Acta N° 2259, del Tomo 3, del año 1.968.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la Sentencia que fueren menester a la interesada y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los ( 18 ) días del mes de Marzo de (2022).- Año 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
El Juez,


Héctor E. Tabares Agnelli

La Secretaria Accidental


Janeth Pérez

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.

La Secretaria Accidental,





HET/JP/TT
Sol. Nº T3M-M-21-2.022