República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, 15 de marzo de 2022
211º y 163º
A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en la presente solicitud intervienen como partes las siguientes personas:

SOLICITANTE: DEXIMAR ALVAREZ BOUTTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.706.933 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: YARITZA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 219.392 y de este domicilio.
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO.
Solicitud N° 15.911
UNICO
Vista la Solicitud, realizada por la ciudadana DEXIMAR ALVAREZ BOUTTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.706.933 y de este domicilio, asistida por la Abogada en Ejercicio YARITZA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 219.392 y de este domicilio, se le da entrada y anótese en el libro de entrada de solicitudes, y este tribunal procede a realizar una revisión sobre su admisión o no; es pertinente para este Tribunal observar en el escrito de solicitud presentado por la solicitante, se lee lo siguiente: “…cuya Bienhechurías tiene un Área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA METROS CUADRADOS (151,88 metros 2)…omisis…” ahora bien es pertinente aclarar por este Juzgado que las descripciones y medidas de las Bienhechurías que se pretenden declarar, mediante solicitud de titulo supletorio deben coincidir de manera exacta tanto como su expresión en números y letras, una vez evaluado todas esas consideraciones es pertinente para este juzgado considerar que es procedente LA INADMISIBILIDAD de la presente solicitud y así se decide.
Por todos lo antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, intentado por por la ciudadana DEXIMAR ALVAREZ BOUTTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-22.706.933 y de este domicilio, asistida por la Abogada en Ejercicio YARITZA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 219.392 y de este domicilio;. Así decide.-
Publíquese en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página www.monagas.scc.org.ve. Regístrese y déjese copia de la presente sentencia en los copiadores llevados ante este tribunal.
Dado firmado y sellado en la sala de despacho de este Juzgado Segundo Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a los 15 días del mes de Marzo del año 2022.- Años 211° de la independencia y 163° de la Federación.-

LA JUEZ

MAGLENIS RUIZ
LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN


En la misma fecha, siendo las 09:00 a.m. se publicó la anterior Sentencia Interlocutoria con fuerza Definitiva. Conste.-
LA SECRETARIA

MARIA ALEJANDRA GUZMAN


MRM/MAG/Josemartinez
Solicitud. Nº 15.911