En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO interpuesta por los ciudadanos: ANIRYS ROSA ANGELINA NARANJO NATERA y PEDRO JOSE ZERPA VIRGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-25.880.415 y V-21.726.301, asistidos en este acto por la ciudadana IRAIMA JOSEFINA ZERPA BORGES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº153.319.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 19 de Julio del Año 2019, contrajeron matrimonio por ante el Registro Civil del Municipio Sucre, Cagua del Estado Aragua, según consta Acta de Matrimonio anotada bajo el Acta Nº77, Folio 077, Tomo I del Año 2019.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Trece (13) días del mes de Mayo del año 2022. Años 211º de la Independencia y 163º de la Federación.
LA JUEZA
ISNELDA MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA ACC,
ARIADNA CHIONIS
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 14:00 p.m. LA SECRETARIA ACC,
Expediente nro. D-1026-22.-
IM/AC/of.-
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