Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Turmero, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana ANY DELFINA SANS BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.741.117, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio HAYES SAVINO LORENZO ANTONIO, titular de la cedula de identidad NºV-17.969.771, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº250.431, contra la ciudadana CARMEN EVELIA DEUS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-347.326, debidamente asistida por la Abogada SIXTA ARTEAGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº34.906 respectivamente, con el carácter de vendedora.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento contentivo de Documento de venta, de un (01) bien Inmueble constituido por un terreno, casa y las bienhechurías en ellas construidas, situada en El Callejón Cañafistola, Turmero, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, el terreno tiene un área de DOS MIL SETECIENTOS DOCE CON SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2.712,66MTS2), la casa tiene un área de construcción de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON TRECE METROS CUADRADOS (234,13Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con callejón en medio y solar de Julia Zarramera; SUR: Con solar y casa de Gregorio Hurtado; ESTE: Solar y casa del vendedor; OESTE: Con acequia que atraviesa el solar, signado con el Numero Catastral 04-02-02-08-18-04.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la decisión.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Turmero a los Diez y Siete (17) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veinte y Dos (2022). Años 211° de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZA,
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA
ARIADNA CHIONIS
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En esta misma fecha, siendo las 11:00 de la mañana. Se publicó y se registró la anterior decisión.
Expediente Nro.1030-22.
IM/AC/of.-
LA SECRETARIA
ARIADNA CHIONIS
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