DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por la abogada RISLY BARRIOS DUARTE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº290.475, actuando en su carácter de apoderada de los ciudadanos MARIZOL MORA y FELIPE ANTONIO ROJAS SANCHEZ, venezolanos, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.438.694 y V-6.301.778, respectivamente, según se evidencia en instrumento de Poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica de la Victoria, estado Aragua asentada bajo el Nº52, tomo Nº2, folios Nros 157 hasta el 159 de fecha 13 de Enero de 2022, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fecha 20 de Agosto del año 2009, por ante Registro Civil de la Parroquia Francisco de Miranda del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, como consta en copia certificada del acta de matrimonio que fue consignada a los autos, signada con el Nº100, folio N°260, tomo I, del año 2009, de los libros de Registro de Matrimonio respectivos. Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los tres (03) días del mes de Mayo de 2022. Años 210° de la Independencia y 161° de la Federación.
LA JUEZ
 
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
 
LA SECRETARIA
 
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
 
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LA SECRETARIA