REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial

Corte de Apelaciones con competencia en materia de Delitos de
Violencia contra la Mujer del estado Aragua.

Maracay, 11 de mayo de 2022
Años: 212º y 163º

Jueza Ponente: Dra. Yelitza Coromoto Acacio Carmona.

I. Identificación de las partes y la causa.-

Asunto principal: DP01-S-2022-000684
Asunto : DP01-R-2022-000021

Imputado (s): Richard Gregory Escalona Camacho, identificado con la cédula de identidad número V.-17.557.211.

Defensa Pública: Abogado Jesús Rafael Guaramato Guzmán, Defensor Publico Provisorio Segundo en materia de violencia contra la Mujer del estado Aragua.-

Víctima: Mariliz Del Valle Troccoli Alvarez, identificada con la cédula de identidad número V.-8.684.052.-

Vindicta Publica: Raquel Del Valle Moreno Escalona, Fiscal Auxiliar encargada de la Fiscalia Trigésimo Sexta (36º) del Ministerio Público de la circunscripción Judicial del estado Aragua.-

Motivo: Recurso de Apelación de auto.

Procedencia: Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua.

Decisión Nº _____-2022.-
Decisión Juris Nº (No hay sistema).-


II.- Síntesis de la controversia.-

Han subido las presentes actuaciones a esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, distribuidas por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, constante de una (1) pieza con treinta y un (31) folios útiles, signado bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-R-2022-000021 remitido a esta Alzada mediante Oficio Nº 0041-2022 de fecha 27.04.2022, en virtud del recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado Jesús Rafael Guaramato Guzmán, Defensor Publico Provisorio Segundo en materia de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en contra de la decisión de fecha 12.04.2022 emanada del Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial especializado.

En este sentido, esta Alzada recibe las actuaciones en fecha 27.04.2022, y en esta misma fecha dictó auto de entrada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-R-2022-000021, asimismo luego de la distribución por el sistema Juris 2000 le corresponde la ponencia a la Magistrada Dra. Yelitza Coromoto Acacio Carmona, Jueza Superior Suplente integrante de esta Corte de Apelaciones, a fin de que se pronuncie sobre la admisibilidad del presente asunto, como en efecto suscribe la presente decisión.

Asimismo, esta alzada considero necesario, para estudiar la admisibilidad del presente escrito recursivo la remisión del asunto principal, mediante Oficio 0065-2022 de fecha 27.04.2022, dirigido al Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial especializado, siendo estas distribuidas por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial Penal en fecha 06.05.2022 mediante oficio numero 3C-0072-2022, signada bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2022-000684 (nomenclatura interna del tribunal de origen).

Así pues, encontrándose en el lapso legal procede esta Alzada a verificar el cumplimiento de los requisitos de Admisibilidad del recurso de Apelación de auto, de conformidad con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 83 del la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se considera lo siguiente:
1º Se verifica que el abogado Jesús Rafael Guaramato Guzmán, Defensor Publico Provisorio Segundo en materia de violencia contra la Mujer del estado Aragua, está legitimada para interponer el presente recurso de apelación de auto, tal como consta en el acta de audiencia de presentación de detenido de fecha 12.04.2022, la cual riela del folio ocho (08) al folio diecisiete (17) del cuaderno separado del recurso de Apelación de auto, emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en virtud de ser la defensa publica designada al imputado supra identificado. Así se verifica.-
2º A fin de determinar si el recurso fue interpuesto tempestivamente, la Corte observa: Que fue introducido en fecha 20.04.2022, tal como se evidencia del cómputo cursante al folio treinta (30) del cuaderno separado del recurso de Apelación de auto, emanado del Juzgado Tercero Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en el cual se indica que el lapso para interponer el recurso de apelación vencía el día 20.04.2022. Y así se determina.-
De igual forma se observa que la última notificación del recurso corresponde a la representación fiscal, fiscalia Trigésima Sexta (36º) del Ministerio Publico, quien fue notificada del recurso de apelación de auto en fecha 21.04.2022, a los fines de dar contestación al mismo, asimismo, se evidencia en actas que el antes mencionado escrito recursivo fue contestado por la representación fiscal supra identificada, en fecha 26.04.2022.
3º Y por último, se verifica que la sentencia contra la cual se ejerce el recurso en cuestión, no es de aquellas irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley, siendo lo procedente en derecho Admitir el presente Recurso de Apelación de Auto con fundamento en el artículo 130 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia vigente. Y así se decide.

III. Decisión.-

Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

Primero: Se Admite el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el abogado Jesús Rafael Guaramato Guzmán, Defensor Publico Provisorio Segundo en materia de violencia contra la Mujer del estado Aragua, en su carácter de defensor publico del ciudadano Richard Gregory Escalona Camacho, identificado con la cédula de identidad número V.-17.557.211, en contra de la decisión de fecha 12.04.2022 emanada del Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito especializado, conforme al artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable supletoriamente por imperio del ultimo aparte del artículo 83 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.

Segundo: Esta Corte de Apelaciones se pronunciará ante la controversia jurídica dentro de los cinco (5) días siguientes, de conformidad con la parte in fine del artículo 131 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, aplicable vista la especialidad de la materia tal como lo precisa el artículo 83 ídem.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Integrantes de la Corte,




Dr. Alfonso Elías Caraballo Caraballo.
Juez Presidente.




Dra. Mirla Bianexis Malavé Sáez Jueza Superior.




Dra. Yelitza Coromoto Acacio Carmona.
Jueza Superior suplente (Ponente).





Abg. Jecsy Del Carmen Selicato Vasquez.
Secretaria

En la misma fecha se dio fiel cumplimiento a lo ordenado.




Abg. Jecsy del Carmen Selicato Vasquez.
Secretaria.

Asunto: DP01-R-2022-000021.
Nº decisión de Corte: _______-2022.-
AECC/MBMS/YCAC/JDCSV.



















República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial

Corte de Apelaciones con competencia en materia de Delitos de
Violencia contra la Mujer del estado Aragua.

Maracay, 11 de mayo de 2022
Años: 212º y 163º

Asunto principal: DP01-S-2022-000684
Asunto : DP01-R-2022-000021


El día de hoy, miércoles once (11) de mayo del año dos mil veintidós (2022), siendo las dos horas de la tarde (02:00pm.), se reúnen en sede de la Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, los magistrados integrantes Dr. Alfonso Elías Caraballo Caraballo (Juez Presidente), Dra. Mirla Bianexis Malavé Sáez (Jueza Superior) y Dra. Yelitza Coromoto Acacio Carmona (Jueza Superior Suplente/ Ponente), con la finalidad de debatir el proyecto presentado en esta causa; después de la deliberación respectiva el proyecto fue APROBADO POR UNANIMIDAD.
Integrantes de la Corte,



Dr. Alfonso Elías Caraballo Caraballo.
Juez Presidente.





Dra. Mirla Bianexis Malavé Sáez. Jueza Superior.




Dra. Yelitza Coromoto Acacio Carmona.
Jueza Superior Suplente (Ponente).





Abg. Jecsy del Carmen Selicato Vasquez.
Secretaria.
Causa DP01-R-2022-000021.-
AECC/MBMS/YCAC/JDCSV.