REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN, LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE EJECUCION
SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 16 de Mayo del 2022
212º y 163º
CAUSA N°: EA- 3436-2019
JUEZ: DR.ANGEL ANTONIO MERCADO
SECRETARIA: ABG. CHAYNA ALVAREZ
FISCAL DEL M .P: FISCAL 17° ABG. JENNI MONTI
DEFENSA PRIVADA ABG. VICTOR MALDONADO Y ANA FELIX DIAZ CHIRINOS
SANCIONADO: LUIS FELIPE MADRID ZAMBRANO.
DELITO: ROBO AGRAVADO
DECISION: ORDEN DE UBICACION
Revisadas como han sido las actuaciones relacionadas al sancionado LUIS FELIPE MADRID ZAMBRANO, venezolano, nacido en fecha 23/08/00 hoy día con 21 años, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-29.576.727 residenciado en BARRIO LA CANDELARIA, CALLE PRINCIPAL, CASA N° 119, MUNICIPIO CAMATAGUA, ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, se observa lo siguiente:
En fecha 05/02/2019 se recibe oficio N° URDD-96711-2019 procedente de la Oficina del Alguacilazgo de esta sede circuito, mediante el cual remiten anexas las actuaciones que conforman la causa N° 2JA-1218-18 procedentes Tribunal Segundo en Funciones de Juicio de la Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, contentiva del asunto penal que obra contra la adolescente LUIS FELIPE MADRID ZAMBRANO a quien se le fueron impuestas las medidas en audiencia por Admisión de Hechos, las medidas de cumplimiento simultaneo de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA por el tiempo de DOS (02) AÑOS y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (6) MESES, motivo por el cual por auto de fecha 07/01/2019 declara la firmeza de la sentencia definitiva.
En fecha 08/02/2019 se dicta Auto de Ejecución de medidas, y en consecuencia se impone en fecha 13/05/2019
En fecha 07/10/2021 se decreta el CESE POR CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES.
Ahora bien, en la presente causa se observa que en fecha 09/03/2021 se recibe la última constancia de cumplimiento de la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA del mismo modo no se observan constancias ACTUALIZADAS de cumplimiento de la medida, es por lo que este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del estado Aragua, decreta librar ORDEN DE UBICACION al ciudadano: LUIS FELIPE MADRID ZAMBRANO y en consecuencia ordena librar los oficios al CENTRO DE COORDINACION POLICIAL CAMATAGUA, ESTADO ARAGUA; y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente señaladas, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECRETA LA UBICACION del ciudadano LUIS FELIPE MADRID ZAMBRANO, venezolano, nacido en fecha 23/08/00 hoy día con 21 años, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-29.576.727 residenciado en BARRIO LA CANDELARIA, CALLE PRINCIPAL, CASA N° 119, MUNICIPIO CAMATAGUA, ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, y a tales efectos, acuerda librar oficios al CENTRO DE COORDINACION POLICIAL CAMATAGUA, DEL ESTADO ARAGUA. Notifíquese a la parte fiscal y defensoril. Cúmplase.
EL JUEZ,
DR. ANGEL ANTONIO MERCADO
LA SECRETARIA,
ABG. CHAYNA ALVAREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente auto. Se libraron Boletas de Notificación Nº 290-22. Orden de Ubicación N° 045-22 y Oficios N° 162-22.
LA SECRETARIA,
ABG. CHAYNA ALVAREZ
Causa N°: EA- 3436-2019