En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; se declara “CON LUGAR” la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, conforme a lo establecido en la Sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; formulada por el ciudadano: SAEL JOSE AQUINO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-20.450.432, debidamente asistido por la abogada BERIOCA YAQUELIN PADRON LEON, venezolana, mayor de titular de la cedula de identidad N° V-17.472.147 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°201.371, contra la ciudadana WENDY YAMIGRIS URDANETA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-11.977.793; de conformidad con lo dispuesto en Sentencia dictada por la Sala Constitucional, en Sentencia Nº 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, criterio el cual acoge este Tribunal. Así se decide. -
En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 27 de Marzo del 2021, contrajo matrimonio, por ante la Primera autoridad Civil desde la Parroquia Ocumare de la Costa Municipio Costa de Oro Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº de acta 02, AÑO 2021, de los libros de actas de Matrimonios Civiles llevados por ese despacho en el 2021. inserta en estas actuaciones. Así se decide. -
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción del Estado Aragua, a los Nueve (09) días del mes de Noviembre del año 2022. Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
LA JUEZA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA,
ARIADNA CHIONIS
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 01:00 p.m.
LA SECRETARIA.
Expediente Nro. D-1085-22-
IM/Ach/of.-