REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
212° y 163º
SOLICITUD: Nº8417
SENTENCIA: Nº 59 -25112022
SOLICITANTE: GLADYS COROMOTO PARISCA CABALLERO, Venezolana, soltera, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.834.498
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: GLADYS COROMOTO PARISCA CABALLERO, venezolana, soltera, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.834.498, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: certificado de empadronamiento N°CE0001475, Levantamiento parcelario, autorización emanada por el Instituto Nacional de Tierras, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: DAVILA SUAREZ MARIA GABRIELA y VAZQUEZ DE OJEDA YSABEL, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.960.604 y V-7.663.018, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana GLADYS COROMOTO PARISCA CABALLERO, venezolana, soltera, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.834.498, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide TRESCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS, (390,00 Mtrs2), y con una área de construcción de TRESCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS, (390,00 Mtrs2), ubicado en: calle San Luis casa Nº 08, Sector San Luis, Tocoron, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 20,80 Mts. con casa que es/ o fue de la familia Sumoza; SUR: En 20,80 Mts. Con casa que es/ o fue de la familia Hernández; ESTE: En 18,75 Mts. Con calle San Luis su frente; OESTE: con 18,75 Mts. Con casa que es/ o fue de la familia Bracho, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Veinticinco (25) días del mes de Noviembre de Dos Mil veintidós (2022)
LA JUEZ
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.

LA SECRETARIA
ABG. CARLIZ MALDONADO.

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de (12) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

LA SECRETARIA
ABG. CARLIZ MALDONADO.


Solicitud N°8417
GCGB/CM/VF.-