REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 24 de Octubre de 2022¬
210º y 161º

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada el ciudadano ALEXIS RAFAEL BERMUDEZ MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-13.625.017; asistido por la abogada YARITZA NOHEMY CASTILLO GOMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado N°142.821, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno propio, ubicado en ANTES; CALLE EL PUENTE, CASA Nº127, SECTOR 08, LOS HORNOS, PARROQUIA SAN MARTIN DE PORRES, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-07-02-U01-038-000-000-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO TRE METROS CON SESNTA CENTIMETROS CUADRADOS (103,60Mts2) y un área de construcción de CIENTO TRES METROS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (103,60Mts2), cuyos linderos son: NORTE: Con la casa Nº128. SUR: Con la casa Nº S/N. ESTE: Con la calle el Puente, su frente. OESTE: Con la casa Nº52, y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano ALEXIS RAFAEL BERMUDEZ MONTENEGRO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-13.625.017, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-7098-22
BAL/SQ/lp