REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Cagua, 18 de octubre de 2022.-
212º y 163º

Vista la anterior subsanación de solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana: LUISA ELENA RODRÍGUEZ FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.743.211, debidamente asistida por el abogado YUBRANI GUZMAN, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 227.889, este Tribunal observa, que la solicitante, no subsano, correctamente, la incongruencia que se observa, que en el libelo de solicitud, certificado de empadronamiento, ficha catastral y el plano de mensura, referente a los linderos señalados en los mismos, igualmente se constata, que no coincide la dirección señalada en el Plano de Mensura con la indicada en el Escrito de Solicitud, Certificado de Empadronamiento y Autorización de Evacuación de Titulo Supletorio. En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional insta por segunda vez consecutiva a la parte interesada a subsanar dichas omisiones, apercibiéndole a la misma que de no subsanar correctamente, se declarara inadmisible la presente solicitud Título Supletorio. Cúmplase.
LA JUEZ,

JOHANA DEL MAR AYAREZ GARCÍA

LA SECRETARIA,

YANNI PRADO ORTEGA

Solicitud. N° T1M-C-7648-2022

JDMAG/Ypo