REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
212° y 163°
SOLICITUD: Nº8348
SENTENCIA: N°¬¬¬¬¬30-25102022
SOLICITANTE: OLGA JOSEFINA CAMPOS, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.275.532
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: OLGA JOSEFINA CAMPOS venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.275.532, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CE001311,Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: LESBIA ASUNCION BRICEÑO PEREZ Y JOSE FRANCISCO CORDOVA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.686.277 y V-11.550.498, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: OLGA JOSEFINA CAMPOS, Venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nros. V-7.275.532, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide: CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON DIECISIETE CENTIMETROS CUADRADOS (161,17mts2) ubicado en Calle Táchira, Casa Nº46, Sector Guayabal, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 9.26 Mts. Con Casa que es/o fue de Rosa Ana; SUR: En 10,10 Mts. Con calle Táchira que es su frente; ESTE: En 16,65 con casa que es/o fue de Julián Antonio Carrillo Campo; OESTE: En 16,65Mts. Con Casa que es/o fue de Alberto Urquisa, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Veinticinco (25) días del mes de Octubre (10) del Dos Mil veintidós (2022)
LA JUEZ.
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.
LA SECRETARIA.
ABG. CARLIZ MALDONADO.
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de Diez (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA.
ABG. CARLIZ MALDONADO.
SOLICITUD Nº_8348_
YCGG/CM/YGC
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