REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
212° y 163º
SOLICITUD Nº8357
SENTENCIA Nº 32-26102022
SOLICITANTE: RAFAEL EDUARDO BENITEZ PLAZA, Venezolano, soltero, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.854.376.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano: RAFAEL EDUARDO BENITEZ PLAZA, Venezolano, soltero, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.854.376, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CE001367, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: ADOLFO JOSE HERNANDEZ MENDOZA Y GIOANNI JOSE GONZALEZ BLANCA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.818.342 Y V-28.575.136, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano RAFAEL EDUARDO BENITEZ PLAZA, Venezolano, soltero, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.854.376, sobre unas bienhechurías levantadas sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide CIENTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETRO CUADRADOS (136.96 Mtrs2), y con una área de construcción de, CIENTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETRO CUADRADOS (136.96 Mtrs2), ubicado en: Avenida Lisandro Hernández, Local comercial Nº 07, Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 12,80 Mts. con casa que es/o fue de Olga Paraco; SUR: En 12,80 Mts. Con casa que es/o fue de la familia Iris Breto; ESTE: En 10,70 Mts. Con casa que es/o fue de Jesús Gómez; OESTE: con 10,70 Mts. Con avenida Lisandro Hernández, que es su frente, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Veinticuatro (24) días del mes de Octubre de Dos Mil veintidós (2022)
LA JUEZ.
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.

LA SECRETARIA.
ABG. CARLIZ MALDONADO.

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de diez (10) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA.
ABG. CARLIZ MALDONADO.

Solicitud N°8357
GCGB/CM/AR