DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara “CON LUGAR” la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos, ALEXIS ENRIQUE OROPEZA ROJAS y ROSA EUGENIA CEDEÑO GUERRA, Venezolanos, Mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V-9.430.549 y V-10.457.445, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio YRU ALEJANDRA BORGES GUERRA, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.130.469, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 228.049. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial civil contraído en fecha 28 de Agosto del 1987, contrajeron matrimonio civil, por ante el Consejo Municipal de la Parroquia Turmero del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se evidencia de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 87, Año 1987.

Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, a los Diez y Nueve (19) días del mes de Septiembre del año 2022. Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
LA JUEZA
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS
LA SECRETARIA,
ARIADNA CHIONIS


En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia, siendo las 1:00p.m.

LA SECRETARIA


Expediente Nº D-1081-22.-
ILMV/Achm/of.-