REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 16 de septiembre de 2022.-
212º y 163º
Vista la anterior solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el ciudadano CECILIO RAMON APONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-838.747, debidamente asistido por la abogada CARMEN CAMPOS, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 147.985, se le da entrada en el libro respetivo y por cuanto este Tribunal observa, que no coincide el Numero Catastral, los linderos Norte y Sur y la dirección del inmueble en cuestión, señalados en el Escrito de Solicitud y Certificado de Empadronamiento con los referidos en el Plano de Mensura y Autorización de Evacuación de Titulo Supletorio, emitidos por la Alcaldía del Municipio Sucre de la ciudad de Cagua del estado Aragua. En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional Insta a la parte interesada a realizar las correcciones en los instrumentos consignados antes mencionados, a los fines legales subsiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ,
JOHANA DEL MAR AYAREZ GARCÍA.
LA SECRETARIA,
YANNI PRADO ORTEGA.
Solicitud. N° T1M-C-7656-2022.-
JDMAG/Ypo.-