REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Villa de Cura, 26 de Septiembre de 2022
Años 212° y 163°
SOLICITUD Nº8270
SENTENCIA Nº24-2692022
SOLICITANTE: LIDIA CRISTINA OCHOA CARRILLO, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.651.407.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: LIDIA CRISTINA OCHOA CARRILLO, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.651.407, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CE000932, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos IVAN JOSE MEJIAS FLORES Y WILSON JOEL ZAPATA PEREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.161.552 y V-16.975.134, respectivamente promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: LIDIA CRISTINA OCHOA CARRILLO, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.651.407, sobre unas bienhechurías levantada sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide DOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS, (258,34.Mtrs2), y con una área de construcción de NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (93.47Mts2) ubicado en: Av. Lisandro Hernández, casa Nº05, Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 14,75 Mts. Av. Lisandro Hernández que es su frente; SUR: En 14,75 Mts. Con casa que es o fue de la familia Patrocinio y la familia Mendoza; ESTE: En 16,91 Mts. Con casa que es o fue de la familia Morales; OESTE: con18, 12 Mts. Con casa que es o fue de la familia Mendoza, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Veintiséis (26) días del mes de Septiembre de Dos Mil veintidós (2022)
LA JUEZA
ABOG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA

LA SECRETARIA
ABOG. CARLIZ MALDONADO

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA
ABOG. CARLIZ MALDONADO



Solicitud N°8270
GCGB/CM/AR.-