-II -
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18 de diciembre de 2015, adminiculada con el expediente N° 15-1085, y la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia y Paz Comunal en su artículo 8° numeral 8, presentada personalmente por los ciudadanos HECTOR NIEBLA HERNANDEZ y BONIX CASANDRA TOLEDO ARISTIMUÑO, cubano y venezolana, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 72041801980 y V-11.201.231, respectivamente, debidamente asistidos para éste acto por la abogada LISBETH BORGES, inscrita en el inpreabogado bajo el nro.209.700. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 09 de enero de 2009, ante el Registro del Estado Civil de Trinidad provincia de Sancti Spiritus, según consta en acta N° 289, tomo 86, inscripción 289, año 2009, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los 04 días del mes de abril de 2023. Años 210° de la Independencia y 161° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.

LA SECRETARIA




Exp. N° TMP-5159-23.-
BA/SQ