REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITUD Nº8633
SENTENCIA Nº__8-1442023
SOLICITANTE: DALWIN DANIEL AGRAS SALAZAR, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad V-19.604.374.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano: DALWIN DANIEL AGRAS SALAZAR, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad V-19.604.374, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: certificado de empadronamiento N°CE000543, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y ejido, Autorización del INTI, para evacuar titulo supletorio, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos ESCALONA GARCIA FRANCIS CAROLINA Y MEJIAS FLORES IVAN JOSE, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.085.267 y V-5.161.552, respectivamente promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: RAMON MARTINEZ PEÑA, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad V-7.290.824, sobre unas bienhechurías levantada sobre un Lote de terreno propiedad Nacional, con una extensión de terrenos de NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (986,00 Mtrs2), y con una construcción de CIENTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMETROS (163,90 Mtrs2), Ubicado en el sector las Tunitas, Calle Bolívar, Casa Nº 07, parroquia Valles de Tucutunemo, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 20,00 Mts Mts. Con la calle Bolívar que es su frente; SUR. En 20,00 Mts. Con casa que es o fue de Hugo Bordoñes; ESTE: En 49,30 Mts. Con casa que es o fue de la familia Torrealba, OESTE: con 49,30 con casa que es o fue de la familia Flores, y con familia Martínez Peñas, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros.
Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los catorce (14) días del mes de Abril de Dos Mil veintitrés (2.023)
LA JUEZ PROVISORIO

ABOG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA


ABOG. CARLIZ MALDONADO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( 11 ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

LA SECRETARIA

ABOG. CARLIZ MALDONADO
Solicitud N°8633
GCGB/CM/AR-