REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FEÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
213º y 164º

La Victoria, 10 de Agosto de 2023

SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº 6381-23
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
PARTES: MARIANO RAFAEL GONZALEZ Y MIRIAM JOSEFINA TORRES DE GONZALEZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad V-808.454 Y V- 3.935.098, respectivamente
ABOGADO ASISTENTE: GUILLERMO ANTONIO AVILA TRILLO , I.P.S.A. N° 190.139

I
En fecha 18 de Julio de 2023, comparecieron por ante este tribunal los ciudadanos MARIANO RAFAEL GONZALEZ Y MIRIAM JOSEFINA TORRES DE GONZALEZ mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad V-808.454 Y V- 3.935.098,respectivamente asistidos por el abogado ANTONIO AVILA TRILLO , I.P.S.A. N° 190.139 , solicitando el Divorcio conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, manifestando que desde hace más de diez (10) AÑOS están separados y no han hecho vida en común desde entonces, cesando toda vinculación personal entre ellos. Y expresando que, durante dicha unión Matrimonial, no procrearon hijos, que no hay bienes que liquidar . Folios (01 al 06)

Admitida la Solicitud el 21 de Julio de 2023 y se libró boleta de notificación al Ministerio Publico. Folios (07 y 08)

En fecha 27 de Julio fue debidamente Notificado el Fiscal 38 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante Boleta, según se evidencia de diligencia consignada por el Alguacil Titular de éste Despacho. Folios (09 y 10)

De la revisión de las Actas que conforman el presente Expediente, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sin que hubiera existido reconciliación alguna entre los Ciudadanos MARIANO RAFAEL GONZALEZ Y MIRIAM JOSEFINA TORRES DE GONZALEZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad V-808.454 Y V- 3.935.098, respectivamente resultando procedente el Divorcio por ellos solicitado. Y así se decide.

-II-
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: MARIANO RAFAEL GONZALEZ Y MIRIAM JOSEFINA TORRES DE GONZALEZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad V-808.454 Y V- 3.935.098, respectivamente . En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha 17 de Enero de 2000, según se evidencia de la Certificación del Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil de San Mateo, Municipio Bolívar, Estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 117, Folio N°33, en los Libros de Matrimonios, llevados por dicho despacho.


PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los 10 días de Agosto de 2023. Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.

LA JUEZ SUPLENTE,


ABG. LIZLLANA RIVAS LEÓN



EL SECRETARIO,

ABG. ESTEBAN ZIEMS


En ésta misma fecha se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10:00a.m.




EL SECRETARIO,

ABG. ESTEBAN ZIEMS




















EXP 6381-23
LCRL/EZ/cobos