REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Villa de Cura, 10 de Agosto de 2023
Años 213° y 164°
SOLICITUD: Nº8869
SENTENCIA N°: 9-10¬¬¬¬¬82023
SOLICITANTES: por los ciudadanos: ELIZABETH VALECILLOS DE BLANCO; YOSMERLY HELYBETH BLANCO VALECILLOS Y JOHN HENRY BLANCO VALECILLOS venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.308.620, V-29.503.652, V-20.119.381
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: ELIZABETH VALECILLOS DE BLANCO; YOSMERLY HELYBETH BLANCO VALECILLOS Y JOHN HENRY BLANCO VALECILLOS venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°V-6.308.620, V-29.503.652, V- 20.119.381, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: Certificado de empadronamiento N°CE000999, Levantamiento parcelario, Gaceta (INTI), emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, Autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: ASCANIO TORREALBA CESAR JAIR Y NUÑEZ BOLIVAR NELSON JESUS, titulares de las cédulas de identidad N°V-31.107.641 y N°V-15.651.720 respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos: ELIZABETH VALECILLOS DE BLANCO; YOSMERLY HELYBETH BLANCO VALECILLOS Y JOHN HENRY BLANCO VALECILLOS venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.308.620, V-29.503.652,V-20.119.381, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno de su propiedad con una extensión de terrenos que mide: SEISCIENTOS TREITA METROS CUADRADOS CON DIECIOCHO CENTIMETROS (630.18mts2) ubicado en: Calle Negro Primero cruce con Calle 23 de Enero Nº24. Sector pueblo nuevo, Parroquia Magdaleno, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 10.40+10.40 Mts. Con calle 23 de Enero; SUR: En 20.20 Mts. Con casa que es/ o fue de Nidea González; ESTE: En 20.00+20.90 Mts. Con casa que es/ o fue de Saira García; OESTE: En 41.80 Mts. Con calle Negro Primero que es su frente, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los diez (10) días del mes de Agosto del Dos Mil veintitrés (2023).
LA JUEZA
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.
LA SECRETARIA
ABOG: CARLIZ MALDONADO.
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de (11) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA
SOLICITUD Nº8869 ABOG: CARLIZ MALDONADO.
GCGB/CM/VF.
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