REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
MARACAY, 15 DE DICIEMBRE DE 2023
212º y 164º

Expediente No. T5M-M-2211-23
PARTES SOLICITANTES: JOSE GREGORIO MEDINA VILLEGAS y LUZ MARIA ROMERO BELLORIN. Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.807.130 y V-9.276.250, respectivamente, asistidos por el abogado: JESUS LAYA, Inscrito en el Inpreabogado Nº 61.162
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
MOTIVO: PARTICION DE BIENES CONYTUGALES
En fecha 14 de Diciembre de 2023, se recibe mediante Distribución No. 336, escrito de Solicitud de PARTICION AMISTOSA presentada por los ciudadanos: JOSE GREGORIO MEDINA VILLEGAS y LUZ MARIA ROMERO BELLORIN. Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.807.130 y V-9.276.250, respectivamente, asistidos por el abogado: JESUS LAYA, Inscrito en el Inpreabogado Nº 61.162
Ahora bien, visto el escrito de Solicitud de PARTICIÓN DE BIENES CONYUGALES DE FORMA AMISTOSA, presentado por las partes interesadas (folio 1 ) en los términos y condiciones siguientes:
“…..1.-Un (01) APARTAMENTO, destinado como vivienda principal distinguido con las letras y números D-8D3D6, código catastral Nº 01-05-06-06-U1-016-013-004-000-H03-006, ubicado en la planta tercera (3), Piso 3, del Edificio Nº 8 que forma parte del Desarrollo habitacional denominado ¨conjunto Residencial El Lago II¨, Sector D, el cual se encuentra situado en el sector 13 de Enero, Mata Redonda, Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, la Ubicación, Linderos, medidas y demás determinaciones constan en el documento de Parcelamiento, condominio y aclaratoria debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua en fecha 07 de octubre de 1994 bajo el Nº 23, Tomo 3, Folios 64 al 73, Protocolo Primero. El inmueble tiene una superficie de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42,00Mts2) y consta de las siguientes dependencias: Dos Habitaciones, Un baño, Salón-Comedor, Cocina, Lavadero y sus linderos son: NORTE: fachada norte del Edificio; SUR: Con vacío del Edificio y sistema de circulación vertical; ESTE: Con el apartamento ultimo numero termine D-8-3-7; y OESTE: Con apartamento D-8-3-5; tal como señala el documento de condominio y conforme al mismo corresponde un porcentaje de condominio con respecto a la totalidad del conjunto Residencial del Lago II, Sector D, de CERO ENTEROS, TRES MIL CUATROCIENTOS SETANTA Y DOS DIEZ MILESIMAS POR CIENTO (0,3472%) y de 3,125% con respecto al Edificio Ocho (8) del cual forma parte el apartamento adquirido según documento debidamente protocolizado ante la Oficina del Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 04 de Mayo de 2022, bajo el Nº 2022.251; Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 281.4.1.66.4494 y corresponde al Libro Real del año 2022 y su respectiva aclaratoria de fecha 04 de Mayo de 2022, la cual se encuentra Registrada bajo el Nº 2022.51, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el Nº 281.4.1.6.4494, correspondiente al Libro de Folio real del año 2022

2.-Una Vivienda Familiar, la cual está construida en un terreno propiedad municipal, constituido por una casa, ubicada en la Avenida Papelera, Casa Nº 4, Barrio Bolívar, Maracay, Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, Inscrito con el Nº Catastral: 01-05-03-06-U1-017-016-015-000-000-000, cuya medidas son DOCE METROS (12,00Mts) de frente por OCHO METROS (8,00Mts) de fondo, para una extensión total de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (96,00Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de José Belazarte; SUR: Con Avenida la Papelera que es su frente; ESTE: Con casa que es o fue de Fricelio Manama y OESTE: Con casa que es fue de Luis Bonilla, documento que consta debidamente Autenticado por la Notaria Publica Primera de Maracay en fecha 28 de Diciembre de 2021, quedando inserto bajo el Nº 26, Tomo 99, Folio 85 al 87, de los libros de Autenticaciones llevados ante esa Notaria

Ahora bien, en fecha 30 de Noviembre de 2023 quedo disuelto el Vínculo conyugal según sentencia dictada en el Expediente T5M-M-2195-23 por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en el cual en el Libelo de la demanda se describe los bienes adquiridos en nuestra comunidad conyugal…//… Es por lo Procedemos de MUTUO Y AMISTOSO ACUERDO A LA PARTICIÓN DE LOS BIENES QUE INTEGRO DICHA COMUNIDAD CONYUGAL de la siguiente manera:

PRIMERO
Yo: JOSE GREGORIO MEDINA VILLEGAS, plenamente identificado, ADJUDICO, para su plena y exclusiva propiedad y posesión a LUZ MARIA ROMERO BELLORIN, ya identificada plenamente todos mis derechos y acciones, cediendo mi 50% que me corresponde sobre el bien distinguido por Un (01) APARTAMENTO, destinado como vivienda principal distinguido con las letras y números D-8D3D6, código catastral Nº 01-05-06-06-U1-016-013-004-000-H03-006, ubicado en la planta tercera (3), Piso 3, del Edificio Nº 8 que forma parte del Desarrollo habitacional denominado ¨conjunto Residencial El Lago II¨, Sector D, el cual se encuentra situado en el sector 13 de Enero, Mata Redonda, Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, la Ubicación, Linderos, medidas y demás determinaciones constan en el documento de Parcelamiento, condominio y aclaratoria debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua en fecha 07 de octubre de 1994 bajo el Nº 23, Tomo 3, Folios 64 al 73, Protocolo Primero. El inmueble tiene una superficie de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42,00Mts2) y consta de las siguientes dependencias: Dos Habitaciones, Un baño, Salón-Comedor, Cocina, Lavadero y sus linderos son: NORTE: fachada norte del Edificio; SUR: Con vacío del Edificio y sistema de circulación vertical; ESTE: Con el apartamento ultimo numero termine D-8-3-7; y OESTE: Con apartamento D-8-3-5; tal como señala el documento de condominio y conforme al mismo corresponde un porcentaje de condominio con respecto a la totalidad del conjunto Residencial del Lago II, Sector D, de CERO ENTEROS, TRES MIL CUATROCIENTOS SETANTA Y DOS DIEZ MILESIMAS POR CIENTO (0,3472%) y de 3,125% con respecto al Edificio Ocho (8) del cual forma parte el apartamento adquirido según documento debidamente protocolizado ante la Oficina del Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 04 de Mayo de 2022, bajo el Nº 2022.251; Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 281.4.1.66.4494 y corresponde al Libro Real del año 2022 y su respectiva aclaratoria de fecha 04 de Mayo de 2022, la cual se encuentra Registrada bajo el Nº 2022.51, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el Nº 281.4.1.6.4494, correspondiente al Libro de Folio real del año 2022.
SEGUNDO
Yo: LUZ MARIA ROMERO BELLORIN, plenamente identificada, ADJUDICO, para su plena y exclusiva propiedad y posesión a JOSE GREGORIO MEDINA VILLEGAS, plenamente identificado, todos mis derechos y acciones, CEDIENDO mi 50% que me corresponden sobre un inmueble, conformado por una Vivienda Familiar, la cual está construida en un terreno propiedad municipal, constituido por una casa, ubicada en la Avenida Papelera, Casa Nº 4, Barrio Bolívar, Maracay, Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, Inscrito con el Nº Catastral: 01-05-03-06-U1-017-016-015-000-000-000, cuya medidas son DOCE METROS (12,00Mts) de frente por OCHO METROS (8,00Mts) de fondo, para una extensión total de NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (96,00Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de José Belazarte; SUR: Con Avenida la Papelera que es su frente; ESTE: Con casa que es o fue de Fricelio Manama y OESTE: Con casa que es fue de Luis Bonilla, documento que consta debidamente Autenticado por la Notaria Publica Primera de Maracay en fecha 28 de Diciembre de 2021, quedando inserto bajo el Nº 26, Tomo 99, Folio 85 al 87, de los libros de Autenticaciones llevados ante esa Notaria


Por los razonamientos antes expuestos por los solicitantes y los términos y condiciones previstas mediante la cual de mutuo y común acuerdo decidieron CONVENIR en liquidar y partir la comunidad de los bienes adquirido en su matrimonio, todo en virtud de la disolución del vínculo conyugal, según se desprende de las Copias Certificadas anexas al escrito Libelar; Sentencia Definitiva de divorcio, dictada por este Juzgado en fecha en 30 de Noviembre de 2023, la cual corre en el Expediente Nº T5M-M-2195-23 (Nomenclatura Interna de este Juzgado) y por cuanto dicha solicitud de partición amistosa, versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos suscritos por ambas partes en lo que respecta a los bienes señalados en el escrito de solicitud, los cuales se dan reproducidos en este acto, se ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada, a los efectos de la protocolización ante el Registro respectivo. Se da por terminado el presente Juicio y se ordena expedir Copias Certificadas a los interesados. Cúmplase.-


DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA PARTICION, en los mismos términos y condiciones suscritos por las partes, se ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se ordena expedir copias certificadas. Cúmplase.-
Publíquese, notifíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los Quince (15) días del mes de Diciembre de 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
EL JUEZ

ABG. JOSE LUIS PINTO.
LA SECRETARIA

ABG. FRANCYS AVILA.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a la anterior decisión, siendo las 09:00 am.
LA SECRETARIA
EXP. T5M-M-2211-23
JLPINTO/FA/juan