REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 23 de Enero de 2.023
212º y 163º

Por recibido el expediente proveniente del Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, signado bajo el N° 8857 (Nomenclatura de ese Tribunal) de demandada de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, que tiene incoada la Sociedad Mercantil “JS BIENES RAICES C.A”, representada por el ciudadano JOAO AVELINO DOS SANTOS SIMOES, extranjero, titular de la cedula de identidad N° E-82.056.384, en su carácter de director principal, en contra de la ciudadana ADA LISETH FRIAS COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.468.734, al cual se le asignó el número de expediente bajo el Nro. T3M-M-14.866 (Nomenclatura interna de este Despacho). En tal sentido, este Juzgador se ABOCA al conocimiento de la presente causa, y de una revisión exhaustiva de las actas del presente expediente, se aprecia que en fecha 12 de Diciembre de 2.022, fue dictada sentencia interlocutoria, en la cual el prenombrado Tribunal se declaró incompetente por la cuantía para conocer de la causa y ordenó igualmente en el particular cuarto, lo siguiente: “Notifíquese a las partes de la presente decisión.” En este sentido, no se aprecia que se haya realizado dicha actuación, en consecuencia es forzoso para este Tribunal ordena a los fines de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso de las partes, la devolución del expediente al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines dar cumplimiento a lo establecido en el particular ut supra mencionado, para que la causa siga su curso legal respectivo, y así se ordena. Es todo.
El Juez,

Héctor Enrique Tabares Agnelli
La Secretaria,

Janeth Pérez



Exp. Nº T3M-M-14.866
HT/JP/CP