REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO
211° y 163º
Maracay, 08 de Febrero del 2023.
CAUSA Nº: 5J-2924-17
JUEZA: ABG. ZOE E. MONTAÑEZ GÁMEZ
SECRETARIA: ABG. MISLEIDY MARTÍNEZ
ACUSADO: KENDY MANUEL HERRERA GIMENEZ v-25.841.860
FISCAL: ABG. VICTOR PADRON
DEFENSA: ABG. AMALIA MAY
DELITO: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPERFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR MUERTE DEL ACUSADO
________________________________________________________________________________
IDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO
KENDY MANUEL HERRERA GIMENEZ , de nacionalidad VENEZOLANA, de 26 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio no definido, natural de Maracay edo. Aragua titular de la Cédula de Identidad Nº v-25.841.860 y residenciado BARRIO CAMPO ALEGRE, CALLE JULIO MARTÍN, VEREDA “C”, CASA 77, MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA.
DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS POR LA FISCALÍA DEL
MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO ARAGUA
En su respectiva exposición durante el desarrollo de la audiencia preliminar realizada en la presente causa el fiscal del Ministerio Público indicó que esta causa tiene sus inicios mediante acta Policial de fecha 24/02/2016, cuando funcionarios adscritos a la Comisaria Maracay-Centro del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del estado Aragua, quienes se encontraban realizando labores de patrullaje en el Sector avenida Ayacucho, se encontraban ciudadanos circulando por la vía publica razón por la cual los funcionarios en labor rutinaria verificando datos por el sistema SIIPOL lograron verificar posibles registros policiales de los mismos obteniendo como resultado que al ciudadano up supra mencionado se lograran incautar catorce (12) envoltorios elaborados en papel de aluminio contentivos en su interior de presunta droga CRACK sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, tal como se desprende de la prueba de orientación de fecha 24/02/2016 inserta en el folio 14 de presente causa, practicada por funcionarios adscrito al Laboratorio Toxicológico del Cuerpo de Investigaciones, Científicas; Penales y Criminalísticas Delegación Aragua. Es por lo que practicaron la aprehensión en flagrancia del KENDY MANUEL HERRERA GIMENEZ , de nacionalidad VENEZOLANA, de 26 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio no definido, natural de Maracay edo. Aragua titular de la Cédula de Identidad Nº v-25.841.860 y residenciado BARRIO CAMPO ALEGRE, CALLE JULIO MARTÍN, VEREDA “C”, CASA 77, MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, el cual puesto a la orden de la Fiscalía del Ministerio Público competente.
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO Y EXPRESIÓN DE LOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE MOTIVAN EL SOBRESEIMIENTO
En fecha 06/02/2023, fue consignada mediante Acuse de Recibo Oficio N° 112-23 emanado de la Coordinación Policial Maracay Sur en el cual se dejó constancia de la práctica de la Citación N°018-23 de fecha 11/01/2023 dirigida al ciudadano up supra identificado, en la cual se indica que el mismo falleció en la ciudad de Quito Ecuador el día 31 de Octubre del año 2021; se anexa Certificado de Defunción emitido por la DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR, en fecha 10/11/2021 (el cual se lee en su contenido) original inserto en la Pieza I, folio 141 de la presente causa 5J-2924-17, en la cual se logra visualizar que dicha copia establece la causa de la muerte “TRANSITO, SECCIÓN AORTA TORACICA, HEMORRAGIA AGUDA INTERNA, dicho ciudadano quien en vida respondiera al nombre KENDY MANUEL HERRERA GIMENEZ , de nacionalidad VENEZOLANA, de 26 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio no definido, natural de Maracay edo. Aragua titular de la Cédula de Identidad Nº v-25.841.860 y residenciado BARRIO CAMPO ALEGRE, CALLE JULIO MARTÍN, VEREDA “C”, CASA 77, MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA.
Ahora bien, el Artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal refiere:
“…Artículo 49. Son causas de extinción de la acción penal… 1.- La muerte del imputado o imputada…”
Por otra parte el Artículo 300 de la referida norma adjetiva penal, indica:
“…El sobreseimiento procede cuando: …3.- La acción penal se ha extinguido o resulte acreditada la cosa juzgada…”
Por lo que verificado efectivamente en fecha 06/02/2023, fue consignada mediante Acuse de Recibo Oficio N° 112-23 emanado de la Coordinación Policial Maracay Sur en el cual se dejó constancia de la práctica de la Citación N°018-23 de fecha 11/01/2023 dirigida al ciudadano up supra identificado, en la cual se indica que el mismo falleció en la ciudad de Quito Ecuador el día 31 de Octubre del año 2021; se anexa Certificado de Defunción emitido por la DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR, en fecha 10/11/2021 (el cual se lee en su contenido) original inserto en la Pieza I, folio 141 de la presente causa 5J-2924-17, en la cual se logra visualizar que dicha copia establece la causa de la muerte “TRANSITO, SECCIÓN AORTA TORACICA, HEMORRAGIA AGUDA INTERNA, dicho ciudadano quien en vida respondiera al nombre KENDY MANUEL HERRERA GIMENEZ , de nacionalidad VENEZOLANA, de 26 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio no definido, natural de Maracay edo. Aragua titular de la Cédula de Identidad Nº v-25.841.860 y residenciado BARRIO CAMPO ALEGRE, CALLE JULIO MARTÍN, VEREDA “C”, CASA 77, MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA. Con el presente recaudo es evidente que el acusad FALLECIÓ, y esta situación imposibilita se continúe con la causa en su contra es por lo que este Tribunal acuerda DECRETAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR MUERTE DEL IMPUTADO Y SUBSIGUIENTEMENTE EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa 5J-2924-17, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de acuerdo a los artículos 300 Numeral 3° y 49 Numeral 1° todos del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado KENDY MANUEL HERRERA GIMENEZ, de nacionalidad VENEZOLANA, de 26 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio no definido, natural de Maracay edo. Aragua titular de la Cédula de Identidad Nº v-25.841.860 y residenciado BARRIO CAMPO ALEGRE, CALLE JULIO MARTÍN, VEREDA “C”, CASA 77, MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA. Notifíquese lo conducente. Remítase la presente causa a la Oficina de Archivo Central del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua a los fines de su ARCHIVO DEFINITIVO. Cúmplase. Ofíciese lo conducente.-
LA JUEZA,
ABG. ZOE E. MONTAÑEZ GÁMEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MISLEIDY MARTÍNEZ
Causa Nº 5J-2924-17
ZOE/mm.-
|