Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Turmero, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de reconocimiento de contenido y firma incoada por el ciudadano: MIGUEL ALEJANDRO HERNÁNDEZ CASTILLO venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V-27.048.776, debidamente asistido por la ciudadana abogada ZOBEIDA M. MENDÍA GUTIERREZ., Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-7.189.894, Inpreabogado Nº 27.963, contra el ciudadano JORGE KATTOUCHE BADRO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.511.113.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento de venta del vehículo con las siguientes características y especificaciones: Serial N.I.V.: 8Z1PJ5C58BG355336; Serial de Carrocería: 8Z1PJ5C58BG355336; Serial de Chasis: 8Z1PJ5C58BG355336; Serial de motor: F18D4221281KA; Marca: CHEVROLET; Año Modelo: 2011; Modelo: CRUZE/4P T/A C/A; Color: BEIGE; Clase: AUTOMOVIL; Tipo: SEDAN; Uso: PARTICULAR; Número de Puestos: 05; Número de Ejes: 02; Tara: 1135; Capacidad de Carga: 503 KGS; Servicio: PRIVADO; Placas Identificadoras: AB234GB, Certificado de Registro de Vehículo Número 8Z1PJ5C58BG355336-1-1, emitido por el Instituto Nacional de Trasporte Terrestre, de fecha 08 de Junio de 2012, con reserva de dominio, el cual ya fue liberado.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la decisión.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Turmero a los Diez (10) días del mes de Febrero del año Dos Mil Veintitrés (2023). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZA,
ISNELDA LOURDES MENDIA VILLEGAS.
LA SECRETARIA,
ARIADNA A. CHIONIS M.

En esta misma fecha, siendo las 11:00 de la mañana. Se publicó y se registró la anterior decisión.

La secretaria.

ILMV/Achm.-
Exp: Nº 1164-23.-