En relación a la solicitud presentada por la ciudadana LILIBETH MARIA NOGUERA DE FUENTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-10.755.877, actuando en nombre y representación de los ciudadanos HECLIBETH MERCEDES FUENTES NOGUERA, JENNY DANIELA FUENTES NOGUERA y HECTOR JOSE FUENTES NOGUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-19.834.151, V-23.629.311 y V-26.460.716 respectivamente; debidamente asistidos por la abogada LAURA VEGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°77.269, donde solicitan que sean declarados como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, HECTOR ENRIQUE FUENTES MARQUEZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.739.610, fallecido ab-intestado en fecha 16 de Agosto de 2022. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia, promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos LILIBETH MARIA NOGUERA DE FUENTES, HECLIBETH MERCEDES FUENTES NOGUERA, JENNY DANIELA FUENTES NOGUERA y HECTOR JOSE FUENTES NOGUERA, antes identificados; como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, HECTOR ENRIQUE FUENTES MARQUEZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.739.610, fallecido ab-intestado en fecha 16 de Agosto de 2022, según consta en acta de defunción N° 2080, folio 080, tomo 09 del año 2022, expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia. -
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los veintiocho (28) días de Febrero 2023. Años 212 ° de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento al auto que antecede y se devuelve constante de ( ) folios utiles.-
LA SECRETARIA
Solicitud. N° TMP-7163-23
BA/SQ/lp.-