PODER JUDICIAL

COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO MONAGAS
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, Doce (12) de Julio de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
AUDIENCIA PRELIMINAR
(CONTINUACIÓN)

N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2023-000167
PARTE ACTORA: FREDDY JOSE RUIZ CARVAJAL, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad: N° V-4.219.552., representado por los Procuradores de Trabajadores: MILA BRITO, XIOMARY CASTILLO, WILMELIS MAUNDARAIN, JORGE TIAPA, LENIS YANEZ, GILSY CARDOZO, TANIA BOLÍVAR Y SULIMAR RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, Abogados en Ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los N° 154.856, 102.750, 202.150, 285.595, 157.460,274.423,93.944 y 180.708, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: PANADERÍA, PASTELERIA LA REINA DEL TRIGO, C.A.
Representado por la Abogado: NIURVIS TAICELYS MORENO ALCALA, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado), bajo el N° 147.500.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS


En horas del día de hoy, Miércoles doce (12) de Julio de 2023, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día fijado para la celebración de la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma la parte actora el ciudadano; FREDDY JOSE RUIZ CARVAJAL venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V.- 4.219.552, representado en este acto por la Procuradora del Trabajo abogada; MILA BRITO, abogada en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado), bajo el N° 154.856, tal y como consta de poder inserto en los autos, y por la entidad de trabajo demandada: PANADERÍA, PASTELERIA LA REINA DEL TRIGO, C.A. comparece la abogada en ejercicio NIURVIS TAICELYS MORENO ALCALA, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado), bajo el N° 147.500, en su condición de apoderada judicial de la Entidad de Trabajo, y por cuanto las partes estuvieron en conversación y deliberando en relación a llegar a un acuerdo y aceptar la propuesta hecha por parte de la Entidad de Trabajo, y haciendo uso de los medios alternos de resolución de conflictos, manifiestan, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: La parte demandante el ciudadano FREDDY JOSE RUIZ CARVAJAL, representado por su procuradora Abg. MILA BRITO, manifiesta que acepta el pago del monto de SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 7.545,00), ofertado por la Entidad de Trabajo, a través de la transferencia en la cuenta de ahorro del Banco de Venezuela, Nro. 01020616290000059792 Número de Referencia 34749758. Este Tribunal procede a preguntarle a la parte actora, si está conforme en la cantidad recibida, manifestando el demandante que sí, y que para dar por concluido el presente reclamo, y por vía de mediación correspondiente a la demanda por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos. Así mismo la parte demandante manifiesta que con el presente acuerdo, no tiene nada más que reclamar a la parte demandada por concepto de algún beneficio o indemnizaciones derivadas de la relación que mantuvo con la accionada. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes, siendo acordado de conformidad. En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordenará el archivo del archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente. Se deja constancia de la devolución a las partes en el presente acto de las pruebas consignadas.- Es todo.-
La Jueza Provisoria

Abg Mayuris Elena González

Secretario (a)

Las Partes Comparecientes