En consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, PRIMERO: le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos expuestos por las partes en dicho convenimiento presentada por ante este Tribunal en fecha 25 de Mayo de 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. SEGUNDO: como consecuencia de lo anterior se declara RECONOCIDO EL CONTENIDO Y FIRMA de DOCUMENTO PRIVADO, suscrito por el ciudadano LUIS ALBERTO CASSIANI VALDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-14.437.471, y el ciudadano SIMON ALBERTO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-8.729.349, actuando en representación de la ciudadana MARIA VICTORIA PACHECO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-16.553.781; según se evidencia en poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Quinta de Maracay estado Aragua, asentada con el Nº45, tomo 158 de fecha 28 de abril de 2015; y el ciudadano NELSON DONATO FALKENHAGEN MARCHELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-4.088.481, actuando en representación del ciudadano JOSE ANTONIO FALKENHAGEN AGREDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-14.491.027, según se evidencia en instrumento de poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Tercera de Maracay estado Aragua, asentada bajo el Nº56, tomo 41, folios 189 hasta el 192 de fecha 27 de abril de 2015, asimismo, este órgano jurisdiccional, advierte a las partes que la presente homologación tiene por objeto la transferencia de la propiedad del bien inmueble ubicado en el Sector 24 de Junio, calle Darío Briceño entre calle Mariño y avenida Constitución Nº29, manzana N º50. Ahora; calle Darío Briceño entre calle Mariño y Avenida Constitución Nº29, barrio 24 de junio, Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua; comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con inmueble Nº31, lote 17. SUR: Con inmueble Nº27-B, lote 61. ESTE: Con calle Darío Briceño, su frente. OESTE: Con inmueble Nº24, lote 16.- Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los diez (10) días del mes de Julio de 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA

LA SECRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LA SECRETARIA


EXP.TMP-5195-23.-
BA/SQ/lp