REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de julio de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
ASUNTO: AP31-F-S-2023-003364
SOLICITANTE: SARA JOSEFINA MONSALVE DE COLMENARES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.522.320.
ABOGADO APODERADO: MIGUEL BARCENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 44.051.
MOTIVO: INSERCION DE ACTA DE PARTIDA DE DEFUNCION
SENTENCIA DEFINITIVA
Por auto de fecha veintitrés (23) de mayo de 2023, se admitió la solicitud de INSERCIÓN DE ACTA DE PARTIDA DE DEFUNCION, presentada por el abogado MIGUEL BARCENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 44.051, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SARA JOSEFINA MONSALVE DE COLMENARES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.522.320.
Expresa la representación judicial de la solicitante, que el ciudadano MANUEL FELIPE ZECCHIN ARGENTA, falleció en la ciudad de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, el día veinticuatro (24) de mayo de 1967, su acta de defunción reposaba en el Registro civil competente en la población de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza, Estado Miranda, el cual fue destruido por el Terremoto ocurrido en fecha 29 de julio de 1967, por lo tanto no existe documento alguno emitido por una Oficina de Registro Civil competente, es por ello que solicita su inserción en el Libro de Registro de Defunción correspondiente.
En fecha treinta (30) de mayo de 2023, se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público. Posteriormente, por diligencia de fecha siete (07) de junio de dos mil veintitrés (2023), el Alguacil de este Tribunal, consignó recibo de notificación del Fiscal del Ministerio Público, debidamente sellado y firmado.
Medios de pruebas con la solicitud:
1. Copia simple del acta de matrimonio de GIUSEPPE ZECCHIN y FILOMENA ARGENTA.
2. Copia certificada de la sentencia de rectificación de acta de matrimonio de los ciudadanos GIUSEPPE ZECCHIN y FILOMENA ARGENTA, de fecha 22 de marzo de 2022, emanada por el Tribunal Decimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
3. Copia certificada de la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva referente a la rectificación de acta de defunción del ciudadano GIUSEPPE ZECCHIN, de fecha 02 de febrero de 2023, emanada por el Tribunal Decimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
4. Copia de oficios N° 000486 y N° 0000081 emanada de la Secretaria General Ejecutiva, Dirección de Archivos, Bibliotecas y Divulgación N° ISGE.2 ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, adjunto a las certificación de nacimiento de GIUSEPPE ZECCHIN y FILOMENA ARGENT, emanadas del Registro
Civil –Municipio de Sedico, Provincia de Belluno, Italia, debidamente apostillada.
5. Acta de Nacimiento emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Guatire, Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, inserta bajo el N° 08, Folio de fecha 10/02/1896 del libro de Registro Civil, correspondiente al ciudadano MANUEL FELIPE.
6. Acta de Nacimiento emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Guarenas del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, inserta bajo el N° 20, de fecha 11 de diciembre de 1922 del Libro Original de Registro Civil y que se corresponde al ciudadano MANUEL FELIPE ZEQUIN.
7. Registro de defunciones Libro N° 21, Folio 353, N° 1063, de fecha 014 de noviembre de 2022, llevado por la Diócesis de Guarenas, Parroquia Catedral Nuestra Señora de Copacabana, Guarenas, Estado Miranda. -
Consideraciones para decidir:
1. Consta en autos que la representación judicial de la solicitante expresa que el MANUEL FELIPE ZECCHIN ARGENTA, falleció en la ciudad de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, el día veinticuatro (24) de mayo de 1967, y que es hijo de GIUSEPPE ZECCHIN y FILOMENA ARGENTA.
2. Está probado en el expediente que su acta de defunción reposaba en el Registro civil competente en la población de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza, Estado Miranda, el cual fue destruido por el Terremoto ocurrido en fecha 29 de julio de 1967, por lo tanto no existe documento alguno emitido por una Oficina de Registro Civil competente.
3. Consta en autos, el Registro de defunciones Libro N° 21, Folio 353, N° 1063, de fecha 014 de noviembre de 2022, llevado por la Diócesis de Guarenas, Parroquia Catedral Nuestra Señora de Copacabana, Guarenas, Estado Miranda. -
Por lo tanto, como la representación judicial de la solicitante establece que el ciudadano MANUEL FELIPE ZECCHIN ARGENTA, falleció el día veinticuatro (24) de mayo de 1967, que su padre es ZECCHIN GIUSEPPE y su madre es FILOMENA ARGENTA, sin embargo, no existe documento alguno emitido por una Oficina de Registro Civil competente., por lo que carece de su Acta de Defunción, este Juzgado Decimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE DEFUNCION incoada por el abogado MIGUEL BARCENAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 44.051, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SARA JOSEFINA MONSALVE DE COLMENARES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-7.522.320. En consecuencia, de conformidad con el artículo 774 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL se ordena INSERTAR INTEGRAMENTE ESTA SENTENCIA EN EL LIBRO DE REGISTRO DE DEFUNCION, para que sirva como ACTA DE DEFUNCION del ciudadano MANUEL FELIPE ZECCHIN ARGENTA, quien falleció el día veinticuatro (24) de mayo de 1967, en la ciudad de Guarenas, Municipio Ambrosio Plaza, Estado Miranda, y es hijo de los ciudadanos GIUSEPPE ZECCHIN y FILOMENA ARGENTA.
Cuando la sentencia quede definitivamente firme, a los fines previstos en los artículos 506 y 507 del Código Civil, remítase copias certificadas de la presente decisión, al Registro Civil del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda. Líbrense Oficios.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los catorce (14) días del mes de julio de dos mil veintitrés (2023). Años 213˚ y 164˚.
EL JUEZ
ABG. ERNESTO JOSE CEDEÑO.
EL SECRETARIO,
ABG. JOHALBER G. MENDOZA R.
En esta misma fecha y siendo las dos y cuarenta de la tarde (02:40 p.m.) se registró y publicó la anterior decisión quedando anotada bajo el asiento Nº 12 del libro diario del Juzgado.
EL SECRETARIO,
ABG. JOHALBER G. MENDOZA R
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