REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.-

Maracay, 21 de junio de 2023
Años: 213° y 164º


DEMANDANTE: JHONNY BERNARDO ROJAS MARIN, identificado con la cédula de identidad Nº V-6.315.803, en su carácter de Director Administrativo de la Sociedad Mercantil PROMOTORA COROPO CENTER S.A., identificada con el N° R.I.F. J-29777413-0,debidamente asistido por el abogado EDIXON RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 269.538.


DEMANDADO: HIDARMI ENRIQUETA BLANCO RAMONI, identificada con la cedula de identidad Nº V-11.481.328. Sin representación judicial acreditada en autos.

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION COMPRA VENTA.

EXPEDIENTE. Nº T4M-M-2727-2023

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA. (PERENCIÓN DE LA INSTANCIA)
I
Se dio inicio al presente procedimiento en fecha 17 de abril de 2023, por Resolución de Contrato de Opción Compra Venta, presentada por el ciudadano JHONNY BERNARDO ROJAS MARIN, identificado con la cédula de identidad Nº V-6.315.803, en su carácter de Director Administrativo de la Sociedad Mercantil PROMOTORA COROPO CENTER S.A., identificada con el N° R.I.F. J-29777413-0, debidamente asistido por el abogado EDIXON RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 269.538, contra la ciudadana HIDARMI ENRIQUETA BLANCO RAMONI, identificada con la cedula de identidad Nº V- 11.481.328, la cual fue admitida en fecha 8 de mayo de 2023, en el libro respectivo bajo el N° T4M-M-2727-2023, librándose boleta de citación junto con despacho de comisión por cuanto el domicilio de la demandada se encuentra fuera del área territorial de esta Circunscripción Judicial, mediante oficio N° 234-2023.

UNICO
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que la parte actora no ha comparecido ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, a continuar con los trámites para la citación de la parte demandada.
Así las cosas, constata este Tribunal que ha transcurrido un lapso mayor de treinta (30) días, desde que se admitiera la presente demanda sin que la parte actora hubiere comparecido a impulsar la citación de la parte demandada, de allí que se han producido los efectos previstos en el ordinal primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que toda causa se extingue transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, y que el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación de la parte demandada. Tal circunstancia produce la perención de la instancia, la cual deberá decretarse en la dispositiva del presente fallo. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la presente demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION COMPRA VENTA, presentada por el ciudadano JHONNY BERNARDO ROJAS MARIN, identificado con la cédula de identidad Nº V-6.315.803, en su carácter de Director Administrativo de la Sociedad Mercantil PROMOTORA COROPO CENTER S.A., identificada con el N° R.I.F. J-29777413-0, debidamente asistido por el abogado EDIXON RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 269.538, contra la ciudadana HIDARMI ENRIQUETA BLANCO RAMONI, identificada con la cedula de identidad Nº V- 11.481.328, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la notificación de la presente decisión.
Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, a los 21 días del mes de junio de 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA;

ISABEL CRISTINA MOLINA
LA SECRETARIA

ANGELICA FERNANDEZ.

En la misma fecha, siendo las (10:00) de la mañana, se publicó y registró la anterior sentencia, así como en la página web del Tribunal Supremo de Justicia región Aragua, www.tsj.gob.ve

LA SECRETARIA

ANGELICA FERNANDEZ.

Exp. Nº T4M-M-2727-2023
ICM/AF/AA.